Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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de CIENTO VEINTIOCHO MILLONES CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 128 004 365,00), destinada al financiamiento de los costos diferenciales en el MORDAZA de lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nºs. 1132 y 1133 a favor del pliego Ministerio del Interior, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; considerando que la citada suma total no ha sido prevista en el Presupuesto Institucional del pliego Ministerio del Interior en el presente ano fiscal; De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma total de CIENTO VEINTIOCHO MILLONES CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 128 004 365,00), destinada a financiar los costos diferenciales en el MORDAZA de lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nºs. 1132 y 1133 a favor del pliego Ministerio del Interior, correspondiente al mes de Diciembre, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACTIVIDAD En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 5 000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el articulo 1 de la presente MORDAZA no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1029739-8

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia

Aprueban Escala Remunerativa de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP
DECRETO SUPREMO Nº 321-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

TOTAL EGRESOS

128 004 365,00 --------------------128 004 365,00 ============

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 007 : Ministerio del Interior 002 : Direccion de Economia y Finanzas de la PNP

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO ACTIVIDAD 1 : Recursos Ordinarios

5001281 : Vigilancia Policial de Naturaleza Civil

GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD

119 717 703,00

5000991 : Obligaciones Previsionales

GASTOS CORRIENTES 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales

8 286 662,00 --------------------TOTAL PLIEGO 007 128 004 365,00 ============ TOTAL EGRESOS 128 004 365,00 ============

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

Que, de acuerdo al articulo 10 de la Ley N° 26366, Ley de creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos y de la Superintendencia de los Registros Publicos, la SUNARP es un organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de Registros Publicos, con personeria juridica de Derecho Publico, con patrimonio propio y autonomia funcional, juridico registral, tecnica, economica, financiera y administrativa; Que, conforme lo establecido por el articulo 22 de la Ley N° 26366, el personal de la SUNARP se rige por el regimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo Nº 728); Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30065, Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, autoriza a esta a proponer al Ministerio de Economia y Finanzas una nueva escala remunerativa que equipare a todas las zonas registrales a nivel nacional, para lo cual la exceptua, entre otros, de lo dispuesto sobre el particular, en el articulo 6 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda indole, asi como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el ano fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos en los alcances de dicha ley, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector, siendo nula toda disposicion contraria, bajo responsabilidad; Que, mediante Oficios Nº 901-2013-JUS/DM y Nº 17732013-JUS/SG, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos remite un proyecto de decreto supremo que aprueba la escala remunerativa de la SUNARP, asi como la informacion sustentatoria correspondiente, para su evaluacion con arreglo a lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General

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