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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (19/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013 509661 del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, en el marco de los dispositivos citados en los considerandos precedentes, es necesario aprobar una nueva escala remunerativa para la SUNARP; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Ley N° 30065, Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, y en la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Del Objeto de la norma Apruébese la nueva escala remunerativa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y de la SUNARP (www.sunarp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- De la aplicación de la escala remunerativa 2.1 En ningún caso la remuneración para cada trabajador podrá ser diferente al monto establecido en la Escala Remunerativa aprobada en el artículo precedente. El Titular de la SUNARP velará por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. 2.2 La SUNARP sólo reconocerá a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones anuales más dos gratifi caciones, una por Fiestas Patrias y otra por Navidad, así como la bonifi cación por escolaridad, en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Artículo 3.- De la prohibición Prohíbase la percepción por parte del personal de la SUNARP sujeto a la escala remunerativa aprobada en el artículo 1 de la presente norma, de cualquier otro ingreso, subvención o asignación por cualquier concepto o fuente de fi nanciamiento, en especie o dineraria, en forma adicional al monto establecido en dicha escala remunerativa, salvo los aprobados por norma legal expresa. Artículo 4.- Del fi nanciamiento El presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la SUNARP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1029739-9 Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar el pago de gastos por desplazamiento de los docentes que participen en la evaluación para acceder a cargos de Director y Sub Director DECRETO SUPREMO Nº 322-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0262- 2013-ED, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 0460-2013-ED, Nº 501-2013-ED y Nº 0548-2013- ED, se aprobó la Directiva Nº 018-2013-MINEDU- VMGP-DIGEDD, “Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular – 2013”, estableciéndose los lineamientos para la organización, implementación y ejecución del concurso para el acceso a los cargos de Director y Subdirector de instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular; Que, mediante la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se faculta al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales, hasta el 31 de diciembre de 2013, para realizar un pago, por única vez, por gastos por desplazamiento de los docentes que participen en la evaluación docente para acceder a cargos de Director y Sub Director previsto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, y que para tal efecto tengan que desplazarse desde su lugar habitual de trabajo, hasta la sede de evaluación fi jada por el Ministerio de Educación. Dicho pago es de carácter excepcional y extraordinario, y se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Para la aplicación de lo antes señalado, se exonera por única vez al Ministerio de Educación, de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; Que, asimismo, para la aplicación de lo señalado en el considerando precedente, la norma antes citada autoriza al Ministerio de Educación a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de gobiernos regionales, las mismas que se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.2 280 780,00) , debiendo contar con informe previo favorable a la transferencia de recursos, de la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, así como con el informe previo favorable de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas vinculado a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Público; Que, en aplicación a la norma antes citada, el Ministerio de Educación mediante Ofi cio Nº 2646-2013-MINEDU/SG solicita la aprobación del Decreto Supremo que autoriza transferencia de partidas del pliego Ministerio de Educación a favor de los pliegos de los Gobiernos Regionales para fi nanciar el pago de gastos por desplazamiento de docentes que participen en la Evaluación para Acceder a Cargos de Director y Sub Director en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento; Que, para tal fi n, mediante los Informes Técnicos Nºs. 016-2013-MINEDU/ DIGEDD/DIED y 018-2013-MINEDU/- DIGEDD/DIED, la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, remite la información referida al número total de postulantes a nivel nacional al Concurso de Acceso a Cargos de Director y Sub Director de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular – 2013; Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 316-2013-MINEDU/SPE-UP, opina favorablemente para que se transfi era recursos a favor de los Gobiernos Regionales, con cargo al Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios hasta por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 983 000,00), a fi n de fi nanciar los gastos de desplazamiento de los docentes