Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2013 (20/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013

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adyacente al Lote Z-2B-Zocalo Continental en el area norte de Lobitos, correspondiendole las coordenadas geograficas UTM senaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II que forman parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- El periodo de afectacion del area de servidumbre a la que hace referencia el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema sera hasta la conclusion del Contrato de Operaciones de Exploracion y Explotacion por Hidrocarburos en el Lote Z-2B-Zocalo Continental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-93-EM; sin perjuicio de las causales de extincion previstas en el referido Contrato y en el articulo 312 del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2004-EM. Articulo 3.- El monto de compensacion por la imposicion de la servidumbre, asciende a la suma total de S/. 25,833.55 (Veinticinco Mil Ochocientos Treinta y Tres y 55/100 Nuevos Soles), que debera ser cancelado por la empresa Savia Peru S.A., dentro del plazo establecido en el articulo 110 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, debiendo comunicar el cumplimiento de dicho pago a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 4.- La aprobacion de la presente servidumbre no constituye el otorgamiento de autorizaciones, permisos y otros, que por leyes organicas o especiales, tenga que obtener Savia Peru S.A. para cumplir con las exigencias de proteccion del ambiente y de seguridad asociadas a sus instalaciones dentro del area descrita en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema constituye titulo suficiente para la inscripcion de la servidumbre en los Registros Publicos. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas y por el Ministro de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego ANEXO I DESCRIPCION DEL AREA Titular Ubicacion Area total del terreno afectada

tomando en cuenta que la empresa Savia Peru S.A., ha solicitado la constitucion de derecho de servidumbre sobre predios de propiedad del Ministerio de Defensa ­ Ejercito Peruano y del Estado, resulta de aplicacion lo establecido en el articulo 297 del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, el cual senala que la constitucion del derecho de servidumbre sobre predios cuya titularidad corresponde al Estado sera gratuita, salvo que el predio a ser gravado este incorporado a algun MORDAZA economico o fin util, en cuyo caso el Contratista pagara la correspondiente compensacion, conforme a la normatividad legal vigente; Que, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, mediante Resolucion Directoral N° 1282012-MEM/DGH de fecha 18 de MORDAZA de 2012, designo al Colegio de Ingenieros del Peru, como entidad tasadora, a efectos que este lleve a cabo la valorizacion pericial por la afectacion del predio de propiedad del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, inscrito en la Partida Registral N° 11011983 del Registro de Predios de MORDAZA, equivalente a 85.86% (8 302.37 m2); Que, el Centro de Peritaje del Consejo Departamental de MORDAZA del Colegio de Ingenieros del Peru, mediante el Expediente N° 2256550, de fecha 02 de enero de 2013, remitio el Informe del Dictamen Pericial Tecnico denominado: "Valuacion Comercial por establecimiento de Servidumbre" del predio de propiedad del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, senalando que el monto establecido por imposicion de servidumbre sobre el terreno de propiedad de la referida institucion es de S/. 25 833.55 (Veinticinco Mil Ochocientos Treinta y Tres con 55/100 Nuevos Soles); Que, por lo expuesto, corresponde continuar con el tramite para la constitucion de la servidumbre solicitada por la citada empresa, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos; Que, por otro lado, el periodo de imposicion de la servidumbre sobre el terreno afectado se prolongara hasta la conclusion del Contrato de Operaciones de Exploracion y Explotacion por Hidrocarburos en el Lote Z-2B-Zocalo Continental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-93-EM, sin perjuicio de las causales de extincion previstas en el referido Contrato y en el articulo 312 del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos; Que, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas ha emitido opinion favorable a la constitucion del derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA sobre el predio MORDAZA descrito a favor de Savia Peru S.A., cumpliendo con expedir el Informe Nº 16-2013 /DGH/EEH y el Informe Legal Nº 0035-2013-EM-DGH/DNH; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por Savia Peru S.A. y de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 0422005-EM, asi como a lo dispuesto por el Titulo VII "Uso de bienes publicos y de propiedad privada" del Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, se ha dado cumplimiento al procedimiento necesario para la constitucion de derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA, sobre bienes del Estado, a favor de Savia Peru S.A.; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, el Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, y por el Contrato de Operaciones de Exploracion y Explotacion por hidrocarburos en el Lote Z-2B-Zocalo Continental; SE RESUELVE: Articulo 1.- Constituir el derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de la empresa Savia Peru S.A., sobre predios de propiedad del Ministerio de Defensa ­ Ejercito Peruano, inscrito en la Partida Registral Nº 11011983 del Registro de Predios de MORDAZA y del Estado Peruano, inscrito en la Partida Registral Nº 11009758 del Registro de Predios de Sullana, ubicados en el distrito de Lobitos, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, para la ejecucion del Proyecto "Punta Folche" el cual permitira realizar sobre un area de 9 669.68 m2 la perforacion de once (11) pozos dirigidos con fines de desarrollo en el ambito terrestre de la faja costera

las Partidas Ministerio de Predios inscritos en11011983 y Defensa ­ Registrales Nos. Ejercito del Peru 11009758 del Registro de Predios distrito y del Estado de Sullana, ubicados en el Talara, de Lobitos, provincia de Peruano departamento de MORDAZA

9 669.68 m2.

COORDENADAS UTM AREA DE SERVIDUMBRE (9 669.68 m2)
COORDENADAS DE UBICACION DE PLATAFORMA DE PERFORACION WGS84 VERTICE A B C D E F G Punta Folche ESTE 469,870.92 469,908.56 469,942.74 469,861.20 469,824.83 469,797.01 469,837.08 469,858.00 NORTE 9,509,203.76 9,509,203.76 9,509,171.44 9,509,085.24 9,509,085.24 9,509,111.55 9,509,167.98 9,509,169.00 ESTE 470,118.67 470,156.32 470,190.49 470,108.95 470,072.59 470,044.77 470,084.84 470,105.76 PSAD56 NORTE 9,509,578.75 9,509,578.75 9,509,546.43 9,509,460.22 9,509,460.22 9,509,486.54 9,509,542.97 9,509,543.99

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