Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 112

El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013 509946 Que, en ese sentido, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha emitido opinión favorable respecto de la compra del inmueble sito en Ronda de Avutarda 42, esquina con Ronda Sobradiel 42 (Urbanización Conde de Orgaz), Madrid, Reino de España, identifi cado en el Registro de la Propiedad de Madrid N° 33, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, de fecha 13 de febrero de 2008, que aprueba los criterios para la selección de los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso; Que, asimismo, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ha informado previamente sobre la citada operación de compra, en aplicación del inciso 4.2 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; De conformidad con la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE y el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; DECRETA: Artículo 1°.- Autorización de compra de inmueble Autorícese al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir el inmueble ubicado en Ronda de Avutarda 42, esquina con Ronda Sobradiel 42 (Urbanización Conde de Orgaz), Madrid, Reino de España, para la sede de la residencia ofi cial de la Embajada del Perú en el Reino de España. Artículo 2°.- Representación del Estado peruano para las operaciones de compra venta y otras que resulten necesarias Autorícese al Embajador del Perú en el Reino de España para que, en nombre y representación del Estado peruano, suscriba todos los documentos que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto supremo. Artículo 3°.- Registro Encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores a realizar ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, el registro que fuera necesario en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, en mérito a la documentación sustentatoria correspondiente. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1030400-6 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores adquirir inmueble para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de España DECRETO SUPREMO Nº 071-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, a pesar de la antigüedad e importancia de nuestras relaciones diplomáticas con el Reino de España, de su previsible continuidad en el tiempo y de la especial relevancia económica y política que han adquirido en los últimos años, el Estado peruano viene alquilando inmuebles a fi n que se destinen como sede ofi cial de la Embajada, los mismos que ya no se ajustan a la nueva dimensión de las necesidades que exige lo señalado precedentemente en lo relativo a la representatividad e imagen del Estado peruano; Que, en dicho contexto, es de suma relevancia contar con una infraestructura adecuada y sufi ciente, que le permita al Estado peruano fortalecer su representación ante el referido país; así como defender sus intereses, lográndose ahorros signifi cativos respecto de la administración de recursos, al pasar de ser arrendatarios a propietarios, contando con una sede moderna, segura, y funcional que redundará en benefi cio de la imagen del Perú; Que, la Embajada del Perú en el Reino de España viene funcionando en un local arrendado por un monto mensual de € 8 500,00; Que, mediante Decreto Supremo N° 301-2013-EF se autorizó una transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma S/. 54 253 528,00 a favor del Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores para atender, entre otros, la adquisición de inmueble para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de España; Que, se ha identifi cado un inmueble sito en Calle Zurbano, 70, Madrid, Reino de España, identifi cado en el Registro de la Propiedad de Madrid N° 6; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2007-RE, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir, construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o ceder en uso una propiedad del Estado, representado por el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado; Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta o venta de inmuebles en el exterior por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0221-2008- RE, de 13 de febrero de 2008, se aprobaron los criterios para identifi car las necesidades y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Ofi cinas Consulares del Perú en el exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores les proveerá propiedades inmuebles, así como para que seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uno en el territorio nacional y aceptar a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad; Que, a través del Informe Técnico - Económico Nº (COP) 004-2013, de diciembre de 2013, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior sustenta y propone la compra del referido inmueble, señalando que su adquisición en € 3 000 000,00 (Tres millones y 00/100 Euros) resulta ser una inversión ventajosa, en términos fi nancieros de costo-benefi cio y de oportunidad, que en el largo plazo comparando los costos de arrendamiento pasados, actuales y futuros con los costos de compra actuales y proyectados, toda vez que ello permitirá la capitalización a favor del Estado peruano, así como contar con una adecuada infraestructura a fi n de optimizar la calidad de la representación ofi cial de nuestro país en el exterior; Que, asimismo, en el referido Informe Técnico – Económico, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha señalado que además del monto de la adquisición, se debe considerar el monto aproximado de € 2 650,00 (Dos mil seiscientos cincuenta y 00/100 Euros) por concepto de gastos notariales, tal como lo ha informado la respectiva Misión Diplomática, por lo que resultaría un monto total aproximado de € 3 002 650,00 (Tres millones dos mil seiscientos cincuenta y 00/100 Euros); Que, en ese sentido, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha emitido opinión favorable respecto de la compra del inmueble sito en Calle Zurbano, 70, Madrid, Reino de