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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 111

El Peruano Viernes 20 de diciembre de 2013 509945 2,231 APEC - FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DEL ASIA PACÍFICO (ADMINISTRATIVA) 1,974 APEC - FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DEL ASIA PACÍFICO (OPERATIVA) 703 COMNAP - CONSEJO DE ADMINISTRADORES DE LOS PROGRAMAS NACIONALES ANTÁRTICOS 473 ACAP - ACUERDO SOBRE LA CONSERVACIÓN DE ALBATROS Y PRETELES Relaciones Exteriores 6,562 TNP - TRATADO SOBRE LA NO PROLIFERACIÓN DE ARMAS NUCLEARES 32,514 IILA - INSTITUTO ITALO LATINOAMERICANO 29,187 APEC - ABAC - CONSEJO CONSULTIVO EMPRESARIAL DEL APEC 127 CONVENCIÓN SOBRE LA PROHIBICIÓN DEL EMPLEO, ALMACENAMIENTO, PRODUCCIÓN Y TRANSFERENCIA DE MINAS ANTIPERSONAL Y SOBRE SU DESTRUCCIÓN – OTTAWA - APLC 7,381 BIE - OFICINA INTERNACIONAL DE EXPOSICIONES 128,794 OMC - ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO 17,558 OMT - ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO 5,358 SCAR - COMITE CIENTÍFICO PARA LA INVESTIGACIÓN ANTÁRTICA 33,351 INTERPOL - ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE POLICÍA CRIMINAL (Incluye Sede Bs.As.) 84,600 OTCA - ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE COOPERACIÓN AMAZÓNICA 4,595 OIM - ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES 84,600 CTPD - PROGRAMA DE COOPERACIÓN ENTRE PAÍSES EN DESARROLLO Artículo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1030400-5 Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores adquirir inmueble para la sede de la residencia oficial de la Embajada del Perú en el Reino de España DECRETO SUPREMO Nº 070-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, a pesar de la antigüedad e importancia de nuestras relaciones diplomáticas con el Reino de España, de su previsible continuidad en el tiempo y de la especial relevancia económica y política que han adquirido en los últimos años, el Estado peruano viene alquilando inmuebles a fi n que se destinen como sede de la residencia ofi cial de la Embajada, los mismos que ya no se ajustan a la nueva dimensión de las necesidades que exige lo señalado precedentemente en lo relativo a la representatividad e imagen del Estado peruano; Que, en dicho contexto, es de suma relevancia contar con una infraestructura adecuada y sufi ciente, que le permita al Estado peruano fortalecer su representación ante el referido país; así como defender sus intereses, lográndose ahorros signifi cativos respecto de la administración de recursos, al pasar de ser arrendatarios a propietarios, contando con una sede moderna, segura, y funcional que redundará en benefi cio de la imagen del Perú; Que, la residencia ofi cial de la Embajada del Perú en el Reino de España viene funcionando en un local arrendado por un monto mensual de € 7 301,00; Que, mediante Decreto Supremo N° 301-2013-EF se autorizó una transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 54 253 528,00 a favor del Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores para atender, entre otros, la adquisición de inmueble para la sede de la residencia ofi cial de la Embajada del Perú en el Reino de España; Que, se ha identifi cado un inmueble sito en Ronda de Avutarda 42, esquina con Ronda Sobradiel 42 (Urbanización Conde de Orgaz), Madrid, Reino de España, identifi cado en el Registro de la Propiedad de Madrid N° 33; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2007-RE, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir, construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o ceder en uso una propiedad del Estado, representado por el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado; Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta o venta de inmuebles en el exterior por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0221-2008- RE, de 13 de febrero de 2008, se aprobaron los criterios para identifi car las necesidades y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Ofi cinas Consulares del Perú en el exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores les proveerá propiedades inmuebles, así como para que seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uno en el territorio nacional y aceptar a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad; Que, a través del Informe Técnico - Económico Nº (COP) 005-2013, de diciembre de 2013, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior sustenta y propone la compra del referido inmueble, señalando que su adquisición en € 3 500 000,00 (Tres millones quinientos mil y 00/100 Euros) resulta ser una inversión ventajosa, en términos fi nancieros de costo-benefi cio y de oportunidad, que en el largo plazo comparando los costos de arrendamiento pasados, actuales y futuros con los costos de compra actuales y proyectados, toda vez que ello permitirá la capitalización a favor del Estado peruano, así como contar con una adecuada infraestructura a fi n de optimizar la calidad de la representación ofi cial de nuestro país en el exterior; Que, asimismo, en el referido Informe Técnico – Económico, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha señalado que además del monto de la adquisición, se debe considerar el monto aproximado de € 2 800,00 (Dos mil ochocientos y 00/100 Euros) por concepto de gastos notariales y registrales, tal como lo ha informado la respectiva Misión Diplomática, por lo que resultaría un monto total aproximado de € 3 502 800,00 (Tres millones quinientos dos mil ochocientos y 00/100 Euros);