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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (22/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Domingo 22 de diciembre de 2013 510299 de acuerdo al estudio de suelos, bajo responsabilidad del propietario, teniendo en cuenta lo siguiente: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura .- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg/ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001- MTC/15.04, fecha 07 de Febrero de 2001. Ornamentación de Parque.- El Parque comprenderá la ejecución de veredas perimetrales, muros de contención, parapetos, senderos, colocación de bancas, sembrío de árboles diversos, iluminación y área de recreación activa. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que los Aportes Reglamentarios para la zonifi cación Residencial de Densidad Media “R-3” correspondiente a Recreación Pública tiene un área de 7,361.68 m2, Ministerio de Educación con 2,000.00 m2 ubicado en el lote 16 de la Mz. “J1” y Otros Fines con 2,000.00 m2 ubicado en el lote 21 de la Mz. “B1”. Artículo Cuarto.- DISPONER, que los lotes del 17 al 22 y del 30 al 34 de la manzana “Ñ-1” quedan en garantía de pago por el défi cit del aporte reglamentario de Parques Zonales, el cual deberá ser cancelado antes de la Recepción de Obra de Habilitación Urbana. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”, en el plazo de 30 días contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia; a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para los efectos de la inscripción de la Habilitación Urbana, al Ministerio de Educación, Serpar-Lima a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CELIA VARGAS DE NÚÑEZ Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 1030458-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban el “Plan de Gestión de los Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición depositados en Espacios Públicos y de Obras menores” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2013-MDCH Chaclacayo, 18 de diciembre del 2013 VISTO: El Informe Nº 025-2013-MDCH/GGA del Gerente de Gestión Ambiental, el Informe Nº 02888- 2013-MDCH/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0279-2013-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 290-2013 que modifi ca la Resolución de Alcaldía Nº 128-2013 se designa a los integrantes del Equipo Técnico de Trabajo responsable del cumplimiento de las metas referente a los Residuos de la Construcción y Demolición planteadas por el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF; Que, la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emitió el “instructivo para el cumplimiento de la Meta 09 y 32”, estableciendo en el artículo 6.2 del Instructivo 32 que “se considerará que cumplen con la meta las municipalidades que presentan el Informe fi rmado por el funcionario que preside el equipo técnico de trabajo, que logren un puntaje mínimo total de 75 puntos y que además acreditan la aprobación del plan de gestión vía Decreto de Alcaldía debidamente publicado”; Que, mediante Informe Nº 025-2013-MDCH/GGA el Gerente de Gestión Ambiental en su calidad de presidente de trabajo de la formulación del Plan de Gestión y responsable de la Meta Nº 32, presenta el proyecto del “Plan de Gestión de los Residuos de la Construcción y Demolición depositados en Espacios Públicos y de obras menores” elaborado por el equipo técnico de trabajo asignado al cumplimiento de esta meta; Que, mediante Informe Nº 0288-2013-MDCH/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que es procedente la aprobación del “Plan de Gestión de Residuos Sólidos de la construcción y Demolición depositados en Espaciós Públicos y de Obras Menores” mediante Decreto de Alcaldía; Estando al Informe Nº 0279-2013-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal y de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “Plan de Gestión de los Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición depositados en Espacios Públicos y de Obras menores” el mismo que fi gura como Anexo del presente Decreto de Alcaldía y que constituye parte integrante del mismo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental y demás unidades orgánicas