Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2013 (22/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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El Peruano MORDAZA 22 de diciembre de 2013

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Declaran como necesidad publica e interes regional la educacion sexual integral como prioridad educativa en la region de Tumbes
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2013-GOB.REG.TUMBES-CR POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL TUMBES El Consejo Regional de Tumbes, en sesion Extraordinaria de Consejo Nº 25-2013 de Feche 21 de Octubre del 2013, aprobo mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 078-2013/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, la siguiente ordenanza. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con este proposito se ha otorgado a los gobiernos regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Gobierno Regional de Tumbes, al MORDAZA de las politicas del Acuerdo Nacional, y la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que en su Articulo 60º, establece como funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social, en concordancia con la politica general del Gobierno Nacional, los Planes Sectoriales y los Programas correspondientes de los Gobiernos Locales; asi como formular politicas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la violencia politica, familiar y sexual. Que la Ley Nº 28983 "Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres" Articulo 6º.- De los lineamientos del Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales. El Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales, en todos los sectores, adoptan politicas, planes y programas. Integrando los principios de la presente Ley de manera transversal. Para tal efecto, son lineamientos: Inc. C) Desarrollar politicas, planes y programas para la prevencion, atencion y eliminacion de la violencia en todas sus formas y en todos los espacios, en especial la ejercida contra las mujeres. Inc. I) Garantizar el derecho a la salud en cuanto a la disponibilidad, calidad, aceptabilidad y accesibilidad a los servicios, con especial enfasis en la vigencia de los derechos sexuales y reproductivos, la prevencion del embarazo adolescente, y en particular el derecho a la maternidad segura. Inc. I) Promover el desarrollo pleno y equitativo de todos los ninos, ninas y adolescentes, asegurandoles una educacion sexual integral con calidad cientifica y etica. Que en el articulo 11º y 12º, Capitulo II: Educacion en Poblacion, Titulo II: Politicas de Poblacion, de la Ley de Politica Nacional de Poblacion, Decreto Legislativo Nº 346, indica el garantizar la existencia de programas de educacion en poblacion en todos los niveles y modalidades del sistema educativo que incluye a la educacion familiar y sexual, que incluya aspectos sobre la paternidad responsable y el valor del sentido de la sexualidad. Que en el inciso c), articulo 14º, indica que la educacion sexual sera orientada a desarrollar un comportamiento personal basado en concepciones integrales de la sexualidad

humana, abarcando las dimensiones biologicas, psicosociales y eticas. Que en el inciso g), articulo 15º, Capitulo II: Derechos Economicos, Sociales y Culturales, Libro Primero: Derechos y Libertades, del Codigo de los Ninos y Adolescentes, Ley Nº 27337, indica que el Estado garantizara que la educacion basica comprenda la orientacion sexual y planificacion familiar. Que en la Convencion de los Derechos del MORDAZA, la Ley Nº 26.061 y la Ley Nº 26.150 reconocen a los ninos, ninas y adolescentes como sujetos portadores de derechos, tomando en consideracion las distintas etapas evolutivas. Que en la Ley General de Educacion 28044, articulo 2, establece que La educacion es un MORDAZA de aprendizaje y ensenanza que se desarrolla a lo largo de toda la MORDAZA y que contribuye a la formacion integral de las personas, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creacion de cultura, y al desarrollo de la familia y de la comunidad nacional, latinoamericana y mundial. Se desarrolla en instituciones educativas y en diferentes ambitos de la sociedad. Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, senala que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 2982011/MINSA, se aprobo la Guia Tecnica de Gestion de Promocion de la Salud en Instituciones Educativas para el Desarrollo Sostenible, la cual tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral sostenible de los y las estudiantes y al optimo desarrollo de sus capacidades, promoviendo una cultura de salud en el ambito escolar. Que, el articulo 60º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modificatorias, estipula que la Direccion General de Promocion de la Salud es el organo tecnico normativo, responsable de la conduccion del MORDAZA de Promocion de la Salud, la que a traves de la Direccion de Educacion para la Salud se encarga de desarrollar alianzas estrategicas intra e intersectoriales con instituciones y organizaciones sociales que permitan el desarrollo de la educacion para la salud, asi como coordinar con el Ministerio de Educacion la incorporacion en el curriculo educativo de contenidos de salud. Que de las normas citadas lineas arriba se reconoce expresamente que toda persona tiene derechos sexuales y reproductivos, de los cuales el derecho a le educacion sexual integral, busca mejorar las capacidades de las y los adolescentes para la comunicacion, la equidad de genero y para prevenir o evitar problemas en su salud sexual y salud reproductiva (embarazo no deseado, infecciones de transmision sexual, VIH/SIDA, violencia sexual, etc.). Constituye un componente fundamental para el desarrollo de su personalidad, habilidades sociales para MORDAZA, y el ejercicio de una sexualidad placentera, responsable y sin riesgos. En Tumbes de acuerdo a la encuesta demografica y de salud familiar (ENDES 2012) de cada 100 adolescentes, 27 estan embarazadas o ya tienen su primer hijo, la ENDES CONTINUA 2000 ­ 2012 ha registrado en los dos ultimos anos un alarmante aumento de embarazo en adolescentes con mas del 14%, actualmente ocupando el tercer puesto a nivel nacional y situandose por encima de regiones de la MORDAZA como Ucayali y Amazonas. El plan regional concertado de salud menciona que de los 649 casos registrados con VIH desde el 1989 hasta agosto de 2010, mas del 50% de casos al momento de ser identificados son menores de 29 anos. Estas cifras nos muestran que los casos se infectan en etapas tempranas de la MORDAZA y un gran porcentaje de ellos son captados en fases tardias. En tal sentido y entendiendo la problematica por la que hoy esta atravesando la Region de Tumbes en relacion al ejercicio de los estilos de MORDAZA sexuales no saludables resulta importante y urgente la generacion

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