Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2013 (22/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA 22 de diciembre de 2013

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de accesibilidad, de distribucion de agua y recoleccion de desague, de distribucion de energia e iluminacion publica, pistas y veredas; adicionalmente, el terreno podra contar con redes para la distribucion de gas y redes de comunicaciones; concepto del que se desprende su naturaleza eminentemente tecnica del procedimiento de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada. En tal sentido, el Informe Tecnico Nº 065-2013-DVF-SGCyHUGDU-MDSMP del 25/10/2013 e Informe Tecnico Nº 077-2013-DVF-SGCyHU-GDU-MDSMP de fecha 07-112013, constituye el sustento principal para la decision administrativa que debe tomar la autoridad competente, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, mediante el acto administrativo correspondiente, coadyuvado por el informe legal, para resolver el pedido; Que, habiendo cumplido los administrados con los requisitos y disposiciones que senala el citado informe tecnico, cuya opinion es favorable, y estando a la titularidad del predio por parte de la Lotizadora Virgen del MORDAZA S.R.L y otros, que demuestra personeria juridica y representacion, corresponde aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, en atencion a las disposiciones de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Articulo 23º, sus modificatorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, art. 38º; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 65 del Texto Unico de Procedimientos Administrativo ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres ­ MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 294-MDSMP, publicado el 14/08/2010 y modificatorias, cuya reconversion de los nuevos terminos porcentuales de los derechos administrativos vigentes fue aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 003-2013-AL/MDSMP, publicado en el diario oficial El Peruano el 26/01/2013, la Unidad Organica encargada de resolver los tramites de aprobacion de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, como el caso de autos, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP y modificatorias, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario oficial El Peruano el 20/07/2011, por el que las subgerencias estan facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, como el caso de autos, debiendo aprobarse la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada solicitada, en concordancia con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado que senala que: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo", siendo competentes, entre otros, para: Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; y el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ­ LOM que senala que: "Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion"; en estricto desempeno de sus atribuciones como autoridad local establecidas en el numeral 3) del articulo 79º de la LOM, en cuanto organizacion del espacio fisico y uso del suelo; Que, con Informe Nº 0296-2013-CAST-SGCHU-GDUMDSMP de fecha 11 de noviembre del 2013, emitido por el Asesor Legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, recomienda emitir el acto administrativo correspondiente, aprobando el pedido de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, declarar cumplidas las obras ejecutadas, conforme al articulo 23º de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones ­ Ley Nº 29090 y articulo 38º y 39º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 008-2013VIVIENDA y sus modificatorias; considerando asimismo lo establecido en los articulos 147º y 2013º del Codigo Civil, y otros conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 077-2013-DVF-SGCyHU-GDU-MDSMP; notificandose conforme a Ley; Que, del mismo modo debe tenerse presente que, con el Informe Nº 283-2012-GAJ/MDSMP del 11/05/2012, la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Corporacion MORDAZA

29090, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, el Reglamento Nacional de Edificaciones para una Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, y cumple con los planes urbanos respecto a la zonificacion. Sin embargo, se observa que para la Av. El Sauce se incumple con la seccion normativa, por lo que se indica que los lotes que afectan esta via deberan ser excluidas de la Habilitacion MORDAZA, ademas que queda pendiente la MORDAZA del requisito de la MORDAZA legalizada de la minuta que acrediten la transferencia de las areas de aportes a las entidades receptoras de los mismos y aclarar en lo referente al calculo de areas considerada para los aportes; Que, evaluando la documentacion presentada con el Exp. Nº 60087-13 del 07/11/2013, el profesional tecnico mediante el Informe Tecnico Nº 077-2013-DVF-SGCyHUGDU-MDSMP de fecha 08-11-2013, senala que el administrado ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, ademas de haber subsanado y sustentado las observaciones tecnicas indicadas en la Esquela de Notificacion Nº 403-2013-SGCHU-GDU-MDSMP de fecha 28/10/2013, por lo que se considera PROCEDENTE aprobar la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada del Programa de Vivienda Virgen del MORDAZA III Etapa, terreno ubicado en el Lote 32 U.C 10126 del Ex Fundo Chuquitanta, Distrito de San MORDAZA de Porres, y adjunta el proyecto de Resolucion, respecto del cual requiere el visto MORDAZA del area legal; Que, en cuanto a la propiedad y copropiedad del terreno materia de esta habilitacion MORDAZA, tal como lo indica el administrado, asi como en el Informe Tecnico Nº 065-2013-DVF-SGCyHU-GDU-MDSMP del 07/11/2013, conforme a las partidas registrales de propiedad, de personeria juridica y representacion, para el tramite de autos deben tenerse en cuenta lo dispuesto por el Articulo 147º y 2013º del Codigo Civil, en cuanto a que: "Cuando son varios los representantes se presume que lo son indistintamente, salvo que expresamente se establezca que actuaran conjunta o sucesivamente o que esten especificamente designados para practicar actos diferentes" y "El contenido de la inscripcion se presume MORDAZA y produce todos sus efectos, mientras no se rectifique o se declare judicialmente su invalidez", respectivamente; Que, sobre el incumplimiento de la seccion de via normativa de la Av. El Sauce, y de acuerdo a lo indicado en los Informes Tecnicos, segun inspeccion ocular, los lotes que se ubican hacia esta avenida quedaran pendientes de habilitar, lo que se ha indicado en planos y en la respectiva Memoria Descriptiva, quedando excluidos de la Habilitacion MORDAZA los siguientes lotes: de la Mz. F el Lote 14, de la Mz. B los Lotes 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14, y de la Mz. A los Lotes 23 y 24, por lo tanto el area que conforman estos lotes (2,660.45m2), sera excluido del Area total del terreno (24,690.52m2), quedando unicamente habilitado la diferencia (22,030.07 m2); Que, el articulo 23º de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones ­ Ley Nº 29090 y modificatorias establece los requisitos y el procedimiento a seguir respecto de la aprobacion de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, procedimiento al que se acoge los administrados. Del mismo modo, el articulo 39º del Reglamento de Licencias de Habilitacion Urbanas y de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, establece los requisitos y el procedimiento para la aprobacion de la Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, senalando que de ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emitira la Resolucion de aprobacion dentro de los dos (02) dias habiles siguientes, la misma que constituye titulo suficiente para su inscripcion en el Registro de Predios, y de ser el caso la recepcion de obras, como ocurre en el caso de autos, tal como senala el referido Informe Tecnico respecto de agua potable, alcantarillado y electrificacion, otorgandose el plazo de treinta y seis (36) meses para la ejecucion de las demas obras, correspondientes a pavimentacion de pistas y veredas, senalizacion y ornamentacion de parque; Que, el tramite de Habilitacion MORDAZA, en general, en sus diversas variantes (Nueva, Regularizacion y de Oficio) y modalidades que establece la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, es el MORDAZA de convertir un terreno MORDAZA o eriazo en MORDAZA, mediante la ejecucion de obras

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