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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (22/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Domingo 22 de diciembre de 2013 510300 el cumplimiento de la presente disposición municipal, disponiendo las acciones que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 1030937-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 027-2013 La Molina, 16 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Memorando N° 688-2013-MDLM-GSCGA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Memorando N° 756-2013-MDLM-GPPDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y el Informe N° 389-2013-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre el cumplimiento de la Meta 32 del Plan de Incentivos para la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal 2013, en el marco del Decreto Supremo N° 002-2013-EF de fecha 09 de enero de 2013; CONSIDERANDO: Que, La Municipalidad Distrital de La Molina en su condición de gobierno local, cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene el régimen especial en la Ley de Descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades y ejerce sus competencias dentro del ámbito del distrito de La Molina, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en concordancia con lo señalado en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley N° 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los Principios de Minimización, Prevención, de Riesgo Ambiental y Protección de la Salud y el bienestar de la persona humana; la gestión de los residuos sólidos en el país tiene como fi nalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los residuos sólidos; Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo N° 057-2004-PCM, establece la obligación de una adecuada disposición fi nal de residuos cualquiera sea su origen así como la importación de residuos sólidos, por lo que esta obligación se hace extensiva a los residuos sólidos de la construcción y demolición resultante de actividades de construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y demolición de edifi caciones e infraestructura; Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los residuos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, y conforme al numeral 2.1 del artículo 73°, tienen, dentro del marco de las competencias y funciones específi cas la que sumen con carácter compartido el saneamiento ambiental, salubridad y salud, que conlleven al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizar en estrecha coordinación y en forma compartida con la Municipalidad Provincial y los Órganos Regionales, conforme lo establece el artículo 75° de la citada Ley; Que, los numerales 3.1 y 3.4 del artículo 80° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, así como fi scalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013-EF publicado en el Diario Ofi cial el Peruano de la fecha 10 de enero de 2013 se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, donde la Municipalidad Distrital de La Molina deberá cumplir metas respecto a la mejora de la gestión de los residuos sólidos de la construcción y demolición y el propósito de establecer una adecuada gestión de los residuos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores, a nivel municipal; Que, la Municipalidad Distrital de la Molina, por medio de la Ordenanza N° 215 de fecha 19 de julio de 2011, aprobó el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de La Molina, instrumento de planifi cación estratégica que parte de un diagnóstico en la gestión y manejo a nivel distrital, que contempla los residuos domiciliarios, residuos generados del mantenimiento de áreas verdes (maleza) y residuos de construcción que son abandonados en espacios públicos; Que, a través de la Resolución de Alcaldía N° 181- 2013 de fecha 23 de mayo de 2013, la Municipalidad Distrital de La Molina conformó el Equipo Técnico de Trabajo de la Municipalidad Distrital de La Molina para el cumplimiento de la “Meta 09: Identifi cación, cuantifi cación y clasifi cación de los residuos de la construcción y la demolición depositados en espacios públicos” y de la “Meta 32: Elaborar un plan de gestión de residuos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores”, en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2013, conforme a los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 002-2013-EF; Que, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, mediante el Memorándum N° 688-2013- MDLM-GSCGA, señala que se ha elaborado de manera conjunta con el Equipo técnico de Trabajo aprobado por Resolución de Alcaldía N° 181-2013-MDLM, el proyecto del Plan de Gestión de Residuos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores, el cual cumple con los requerimientos de contenido y forma necesarios para el cumplimiento de la Meta 32 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2013; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Gestión Ambiental, a través del Memorándum N° 756- 2013-MDLM-GPPDI, emite opinión favorable respecto a la aprobación del Plan de Gestión de Residuos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores, en lo que respecta al tratamiento presupuestal que se realizará para su ejecución; lo cual permitirá cumplir con la Meta 32 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2013; asimismo, precisó que el objetivo del referido Plan, se encuentra enmarcado dentro de los Objetivos Estratégicos de la Entidad, respecto a brindar un ambiente ecoeficiente, saludable y sostenible al distrito; De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20 °, artículo 39 ° y artículo 42 ° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de La Molina. Articulo Segundo.- DISPONER que se remita la publicación del presente Decreto de Alcaldía, así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y