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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (22/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Domingo 22 de diciembre de 2013 510301 Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de La Molina, a la Ofi cina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Distrital de La Molina. Articulo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a las Unidades Orgánicas involucradas de la Municipalidad Distrital de La Molina, a fi n que asuman las competencias, y apoyen a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Articulo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de La Molina, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1030534-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 193-MDL que dispone beneficios extraordinarios de regularización de obligaciones tributarias sustanciales, formales y multas administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2013/MDLCH Chosica, 18 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA Visto el Informe Nº 550-2013/MDLCH-GR, de la Gerencia de Rentas, sobre prórroga de plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 193-MDL. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 193-MDL, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 01DIC2013, se dispone ‘Benefi cios Extraordinarios de Regularización de Obligaciones Tributarias, Sustanciales, Formales y Multas Administrativas’, cuya vigencia vence el sábado 21 de diciembre del 2013, según lo establecido en la Primera Disposición Final de la citada Ordenanza, facultándose en la Segunda Disposición Final de la misma, al señor Alcalde para que dicte las medidas necesarias a fi n de prorrogar su vigencia; y, Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; SE DECRETA: Primero.- PRORROGAR, hasta el día martes 10 DE ENERO 2014, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 163-MDL. Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1030571-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de Punta Hermosa a las metas establecidas en el Decreto Supremo Nº 002-2013- EF ORDENANZA Nº 257-2013-MDPH Punta Hermosa, 12 de diciembre del 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 12 de diciembre del 2013, el Informe Nº574-2013-DGPISP-DUCT de fecha 11 de diciembre del 2013, emitido por la Jefa de la División de Gestión de Proyecto de Infraestructura Social y Productiva – Desarrollo Urbano y Control territorial, y el Informe legal Nº0 198-2013-OAJ/MDPH. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado prescribe que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, está vigente la Ordenanza Nº 009-2000-MDPH, publicada el 29 de junio de 2000 que aprueba el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Punta Hermosa. Que, mediante Ordenanza Nº 246-2013-MDPH, se aprueba el Nuevo Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Punta Hermosa, el mismo que se encuentra en etapa de evaluación por la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación. Que, el numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General prescribe que: “Una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos , se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de Rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realizara conforme el mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modifi cación según lo dispuesto por el numeral 38.3”. Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-2013- EF- Aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, y tiene por fi nalidad “Establecer