Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2013 (22/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 22 de diciembre de 2013

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e implementacion de la educacion sexual integral en la region de Tumbes, primero porque la educacion sexual integral constituye un derecho de todas y todos los ciudadanos y MORDAZA por la razones ya expuestas, es una necesidad publica que debe atenderse a la mayor brevedad, para la proteccion y el cuidado de las y los jovenes y adolescentes, y se reconoce tambien, que es importante articular acciones con otros sectores competentes como la direccion regional de salud y darle viabilidad a planes regionales como el PRANNAT. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; El Consejo Regional de Tumbes, en Sesion Ordinaria de fecha xx de MORDAZA del 2013, aprobo la siguiente ordenanza: Ha dado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR, como necesidad publica e interes regional a la educacion sexual integral como prioridad educativa en la region de Tumbes e implementarla en todos los niveles de la educacion basica regular. Articulo Segundo.- DECLARAR de interes regional el fortalecimiento de la tutoria en las instituciones educativas. Articulo Tercero.- INCORPORAR, las politicas 8,9 20 y 44 entre las politicas priorizadas del PERT e incorporar en el Diseno curricular o propuesta pedagogica regional, las rutas, dominios, estrategias a fin que nuestros y nuestras adolecentes puedan tomar decisiones de erradicacion del embarazo adolecente, involucrado asi a las instituciones de formacion Superior. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Social, dinamizar el funcionamiento del Equipo Tecnico Regional, involucrando a la Direccion Regional de Educacion de Tumbes, Direccion Regional de Salud de Tumbes, Proyecto Nº 00082983, ONG, INPPARES como parte responsable de la ejecucion de los planes propuestos. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social propiciar y vigilar la implementacion del plan regional de accion por los ninos, ninas y adolescentes de Tumbes. Articulo Sexto.- DISPONER a la Gerencia Regional de Desarrollo Social que incluya en el presupuesto anual los recursos necesarios para el desarrollo de las acciones del plan estrategico para la implementacion de la educacion sexual integral. Articulo Septimo.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone el articulo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de Tumbes, bajo responsabilidad. Articulo Octavo.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion. En Tumbes, a los 21 dias del mes de Octubre del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Consejera Delegada POR TANTO Registrese, comuniquese y cumplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 31 NOV. 2013 MORDAZA MORDAZA VINAS MORDAZA Presidente Regional 1030477-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban proyectos modificados correspondientes a la habilitacion MORDAZA denominada "Asociacion Residencial MORDAZA - II Etapa" para uso residencial de terreno, ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUB GERENCIA Nº 1430 Ate, 5 de diciembre de 2013 LA SUB GERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 11071 de fecha 11 de Agosto de 2000, Exped. Nº 16788-2000 y acumulados, asi como el Codificado Nº 118385-2007/MML y el Expediente Nº 1271-2013, seguido por el Sr. MORDAZA MORDAZA POPPE HAGUE su conyuge MORDAZA MORDAZA PINILLA y COOPROPIETARIOS, por el cual solicitan la aprobacion de los Proyectos Modificados correspondiente a la habilitacion MORDAZA denominada "Asociacion Residencial MORDAZA ­ II Etapa" para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" del terreno de 100,000.00 m2, constituido por el sector 1 parte del predio MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 281-97MML-DMDU de fecha 06 de Noviembre de 1997, se aprueba los Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA en via de Regularizacion para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" del terreno de 100,000.00 m2, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; autorizando a don MORDAZA Poppe Hague a elaborar los Proyectos Definitivos en base al Plano Nº 179-97-MML-DGO-DHU, Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0858 de fecha 21 de Junio de 2005, la Municipalidad Distrital de Ate, Aprueba de conformidad con el Plano Nº 0572004-SGPUC-GDU/MDA, los Proyectos Modificados correspondiente a la habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" del terreno de 100,000.00 m2, constituido por el sector 1 parte del predio MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, de conformidad con el siguiente cuadro de areas: AREA BRUTA TOTAL: AREA UTIL TOTAL: - Vivienda - Ministerio Educacion - Otros Fines - Parques Zonales AREA DE VIAS: RECREACION PUBLICA: 100,000.00 m2 65,882.99 m2 60,771.46 m2 2,000.00 m2 2,000.00 m2 1,111.53 m2 26,755.33 m2 7,361.68 m2

Que, mediante Resolucion Nº 379-2007-MMLGDU-SPHU, de fecha 12 de Noviembre de 2007, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establece la NO conformidad de la Resolucion de Alcaldia Nº 0858 de fecha 21 de Junio de 2005, indicando que incumple los Planes Urbanos en lo referente a la zonificacion, por cuanto existe mas del 80% de lotes que no respetan el frente minimo de 8.00 ml. y otros que no cumplen con el area de 150.00 m2, establecidos en el Reglamento Nacional de Construcciones para Uso Residencial de

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