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El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511278 DEBE DECIR: (…) Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ * Viáticos por día US$ N° de días Total viáticos US$ (…) Pedro Alexander Contreras Hurtado (…) (…) En el Artículo 4°.- DICE: (…) Nombres y Apellidos 20% Viáticos por día US$ N° de días Total viáticos US$ (…) Pedro Alexander Hurtado Contreras (...) DEBE DECIR: (…) Nombres y Apellidos 20% Viáticos por día US$ N° de días Total viáticos US$ (…) Pedro Alexander Contreras Hurtado (...) 1032383-1 SALUD Instauran proceso administrativo disciplinario a ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 183-2013-SA-DVM Lima, 24 de diciembre del 2013 Visto, el Expediente Nº 13-003522-001, que contiene el Informe Nº 039-2013-CEPAD/MINSA, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud, CEPAD, y; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el día 11 de enero de 2012, mediante Ofi cio N° 0062-2013-DG-DISA-IV-LE, tomó conocimiento del Informe de Auditoría N° 044-2012-OCI-DISA IV LE, EXAMEN ESPECIAL A LA OFICINA DE LOGÍSTICA PERIODO 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010; Que, de acuerdo con el artículo 166 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de califi car las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario; gozando de las mismas facultades y similar procedimiento la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, conforme a lo dispuesto por la norma antes mencionada, según Informe Nº 039-2013-CEPAD/MINSA, la CEPAD en uso de sus facultades concluyó la existencia de presunta responsabilidad administrativa funcional del Médico Mauro Eugenio Reyes Acuña, ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este, por la Observación 04, puesto que como resultado de la atención a la elevación de observaciones a las bases administrativas de la Licitación N° 002-2009/DISA IV LE, modifi có las especifi caciones técnicas del producto “Detergente enzimático con tres encimas x 5 litros”, modifi cando las propiedades del producto, adecuándolos a la cotización presentada por la empresa ROKER PERÚ S.A. (ganadora de la buena pro), adquiriendo un producto que no se ajustaba a las características técnicas solicitadas por el área usuaria; razón por la cual al haber emitido el pronunciamiento N° 003-2009-DG/OAJ-DISA-IV- LE, inobservó lo establecido en los artículos 4° literales e) y f) y 46 de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 11 de su Reglamento; asimismo incumplió con sus funciones establecidas en el Manual de Organización y Funciones de la Dirección de Salud IV Lima Este, aprobado con Resolución Directoral N° 1149-2004-DISA IV LE. DGH. OEPE.OEA. RRHH.OAJ de fecha 23 de diciembre de 2004; Que, la CEPAD en sesión extraordinaria de fecha 18 de diciembre de 2013, acordó por unanimidad recomendar instaurar proceso administrativo disciplinario al Médico Mauro Eugenio Reyes Acuña, ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este, por la Observación 04 del Informe de Control N° 044-2012-OCI/DISA-IV- LE, por el presunto incumplimiento de sus obligaciones establecidas en los literales a), b) y d) del artículo 21 del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y la presunta comisión de la falta administrativa disciplinaria tipifi cada en los literales a) y d) del artículo 28 del mismo cuerpo legal, presumiéndose que la gravedad de las faltas puedan dar lugar a la sanción previstas en los literales c) o d) del artículo 26 del acotado Decreto Legislativo; Estando a lo recomendado en el Informe Nº 039-2013- CEPAD/MINSA, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Decreto Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa, la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial Nº 1879-2002-SA-DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disciplinario al señor Mauro Eugenio Reyes Acuña (Observación 4), ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Viceministerial y conforme a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, mediante el Informe Nº 039-2013-CEPAD/ MINSA. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para su respectivo diligenciamiento. Regístrese y comuníquese JOSÉ DEL CARMEN SARA Viceministro de Salud 1032321-1