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El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 512981 SALUD FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 796-2013/MINSA Mediante Ofi cio Nº 4058-2013-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 796-2013/MINSA, publicada en la edición del día 20 de diciembre de 2013. DICE: SE RESUELVE: “Artículo 1º.- Excluir del Anexo N° 1 que contiene el Listado de Productos Farmacéuticos de la Compra Corporativa para el abastecimiento del año 2013 aprobado con Resolución Ministerial N°448-2013/MINSA, al producto farmacéutico denominado “Atazanavir 300 mg tableta”, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial”. DEBE DECIR: SE RESUELVE: “Artículo 1º.- Excluir del Anexo N° 1 que contiene el Listado de Productos Farmacéuticos de la Compra Corporativa para el abastecimiento del año 2014 aprobado con Resolución Ministerial N°448-2013/MINSA, al producto farmacéutico denominado “Atazanavir 300 mg tableta”, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial”. 1033006-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan funcionamiento de M & M Servicios y Suministros S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5246-2013-MTC/15 Lima, 6 de diciembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 160786, 174157 y 177720 presentados por la empresa denominada M & M SERVICIOS Y SUMINISTROS S.A.C., mediante los cuales solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local ubicado en la Av. La Marina Nº 440, Distrito de Pueblo Libre, Provincia y Departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008- MTC, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, mediante Parte Diario Nº 160786 de fecha 04 de noviembre de 2013 la empresa denominada M & M SERVICIOS Y SUMINISTROS S.A.C., solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local ubicado en la Av. La Marina Nº 440, Distrito de Pueblo Libre, Provincia y Departamento de Lima, con la fi nalidad de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto manifi esta disponer de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión; Que, mediante Ofi cio Nº 7553-2013-MTC/15.03 de fecha 14 de noviembre de 2013 y notifi cado el 21 de noviembre de 2013, esta Administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, y mediante Parte Diario Nº 174157 de fecha 26 de noviembre de 2013, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el ofi cio indicado; Que, mediante Parte Diario Nº 177720 de fecha 02 de diciembre de 2013, La Empresa presenta documentación adicional a fi n de ser anexada al Parte Diario Nº 160786, escrito en el cual se desisten de la propuesta del señor Jenry Gómez Delgado como Técnico Electricista Automotriz, proponiendo en su reemplazo al señor Miguel Ángel Aquino Casimiro; Que, de acuerdo al Informe Nº 2053-2013-MTC/15.03. AA.vh, elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa M & M SERVICIOS Y SUMINISTROS S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; y la Directiva Nº 001-2005- PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION