Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2013 (29/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el documento denominado "Lineamientos Resolutivos del TRASS, 2013", disponiendo su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional (www.sunass.gob.pe). MORDAZA MORDAZA ZEVILLANOS GARNICA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de Sala MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal

El Peruano MORDAZA 29 de diciembre de 2013

LINEAMIENTOS RESOLUTIVOS DEL TRASS, 2013 INTRODUCCION
Los Lineamientos Resolutivos que se publican contribuyen a mejorar la relacion existente entre los usuarios y las Empresas Prestadoras al generar predictibilidad en las decisiones que resuelvan los reclamos, y por tanto, reglas claras de juego para los actores del MORDAZA, labor en que se encuentra comprometido el TRASS como parte del organismo regulador, la SUNASS. Con ese proposito, en el ano 20051 se aprobo la primera version de los Lineamientos Resolutivos del Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos (en adelante, el TRASS), habiendose continuado esfuerzos similares en los anos 20062 y 20073, con la MORDAZA y tercera edicion, respectivamente. En tal sentido, el articulo 20º inciso d) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (en adelante, la SUNASS) aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2009-PCM, senala que constituye funcion del TRASS expedir lineamientos que orienten a los usuarios y a las Empresas Prestadoras sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas que regulan la prestacion de los servicios de saneamiento. Posteriormente a la Revision de los Lineamientos Resolutivos del TRASS del ano 20084 se han producido importantes modificaciones en el Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento5 (en adelante el Reglamento de Calidad) y el Reglamento General de Reclamos de Usuarios de los Servicios de Saneamiento6 (en adelante el Reglamento de Reclamos), especialmente en los aspectos de facturacion, control de consumos atipicos, ambitos de responsabilidad en la prestacion del servicio, medios probatorios, notificaciones, etc., aprobados a traves de las El impacto de estas modificaciones normativas en la actividad jurisprudencial del TRASS ha generado la necesidad de emitir en el presente ano 2013, nuevos Lineamientos Resolutivos del Tribunal. Al respecto, los Lineamientos Resolutivos no son normas en si sino criterios interpretativos emitidos segun establece el articulo VI, inciso 2) del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante LPAG, por lo que pueden ser modificados si se considera que la interpretacion anterior no es correcta o es contraria al interes general. Estos criterios no tienen efecto retroactivo salvo beneficien al administrado. Continuando con el enfoque planteado, en esta ocasion se presenta un MORDAZA documento denominado "Lineamientos Resolutivos del TRASS, 2013" el cual contiene los pronunciamientos del Tribunal respecto de los siguientes temas: 1) Calificacion de un recurso impugnatorio por la Empresa Prestadora. 2) Convalidacion de la notificacion personal a tercera persona. 3) Requisitos del aviso de primera visita en la notificacion bajo puerta. 4) Obligacion para la Empresa Prestadora de no emitir mas de doce (12) facturaciones mensuales al ano y de comunicar variaciones en la periodicidad de la facturacion. 5) Obligacion de adjuntar el plano con las curvas de nivel del sector y la ubicacion de las valvulas de purga de aire, asi como el informe de su operatividad, debidamente actualizados. 6) Verificacion de la operatividad de medidor reinstalado que fue retirado con sobreregistro.

7) Consumos atipicos en predios de uso mixto. 8) Obligacion de la Empresa Prestadora de emitir la comunicacion respecto de la programacion de las inspecciones de control de calidad de facturaciones atipicas, luego de haber descartado un error en la toma de lectura. 9) Obligacion de identificar al titular de la conexion domiciliaria, a efectos de dirigir las comunicaciones en el control de calidad de facturaciones basadas en diferencias de lecturas; 10) Obligacion de la Empresa Prestadora de realizar el control de consumo atipico del mes reclamado cuando no se siguio o se actuo invalidamente el procedimiento de control de consumos atipico de un mes anterior. 11) Aplicacion de la inspeccion por consumo atipico de un mes para el procedimiento de control de consumo atipico del mes siguiente. 12) Coherencia y consistencia del informe que sustente la aplicacion del regimen de facturacion por diferencia de lecturas con los medios probatorios que lo sustentan. Debe resaltarse la relacion existente entre los criterios de interpretacion del Tribunal y el caracter esencialmente preventivo de la funcion normativa que cumple el organismo regulador. En efecto, el MORDAZA de emision de normas por parte del organismo regulador entre el ano 2006 y el presente ano 2013, ha constituido ­y constituye- una oportunidad y un MORDAZA para el Tribunal. De un lado, le permite trasladar la experiencia adquirida en la aplicacion de las disposiciones normativas sobre el procedimiento de reclamo y la facturacion de los servicios. De otro lado, representa a futuro un trabajo minucioso del Tribunal en la aplicacion de las nuevas disposiciones y la generacion de nuevos criterios de interpretacion. Asimismo, la experiencia del Tribunal sistematizada y analizada, tiene utilidad en el MORDAZA de formacion y perfeccionamiento de la normativa. Asimismo, cabe mencionar que la emision de los Lineamientos Resolutivos forma parte de las tareas desarrolladas por el Tribunal con la finalidad de prevenir futuros conflictos. Dichas tareas de corte preventivo incluyen tambien las Audiencias de Conciliacion entre los usuarios y Empresas Prestadoras, que realiza el TRASS desde el ano 2008, en las cuales tanto los usuarios como las EPS adquieren un conocimiento cercano sobre los criterios que orientan la actuacion de este Tribunal. Finalmente, la emision de Lineamientos tiene tambien beneficios para el funcionamiento interno del Tribunal, pues al reflejar de manera indubitable el sentido de la interpretacion y su sustento, se agiliza la emision de resoluciones.7

NUEVOS LINEAMIENTOS RESOLUTIVOS DEL TRASS, 2013
1. Calificacion de un recurso impugnatorio por la Empresa Prestadora Descripcion del caso: Existen casos en que el usuario interpuso el Recurso de Apelacion ofreciendo un MORDAZA medio probatorio y si bien

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Mediante Resolucion Nº 001-2005-SUNASS-TRASS/LINEAMIENTOS, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 23 de enero de 2006. Mediante Resolucion Nº 001-2006-SUNASS-TRASS/LINEAMIENTOS, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 16 de diciembre de 2006. Mediante Resolucion Nº 001-2007-SUNASS-TRASS/LINEAMIENTOS, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 23 de diciembre de 2007. Mediante Resolucion Nº 001-2008-SUNASS-TRASS/LINEAMIENTOS, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 25 de enero de 2009. Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 011-2007-SUNASS-CD, y modificado por Resoluciones de Consejo Directivo N° 088-2007-SUNASSCD, N° 100-2008-SUNASS-CD, N° 064-2009-SUNAS-CD, Nº 061-2010SUNASS-CD, Nº 041-2011-SUNASS-CD, N° 042-2011-SUNASS-CD, N° 008-2012-SUNASS-CD y N° 028-2013-SUNASS-CD. Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 011-2008-SUNASS-CD, modificada por Resolucion de Consejo Directivo N° 088-2007-SUNASS-CD y Resolucion de Consejo Directivo N° 064-2009-SUNASS-CD. Doce (12) dias habiles ha sido el plazo promedio de atencion de los expedientes que han sido objeto de conocimiento del Tribunal, durante los anos 2007 a 2013, pese a que el TRASS cuenta con un plazo de treinta (30) dias habiles para resolver los Recursos de Apelacion. De otro lado, desde junio del ano 2006, las resoluciones se encuentran en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) a disposicion de usuarios y empresas prestadoras.

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