Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2013 (29/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA 29 de diciembre de 2013

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ano y de comunicar variaciones en la periodicidad de la facturacion. Descripcion del caso: Existen casos en que la Empresa Prestadora varia la periodicidad del ciclo de facturacion del servicio, modificando a su vez las fechas de emision y pago de las facturaciones reclamadas, sin haber informado previamente al usuario de dicha modificacion. Analisis: La normativa vigente establece que la facturacion de los servicios de agua potable y alcantarillado debe ser mensual19 lo que supone que deben emitirse no mas de doce (12) recibos en un ano. Asimismo, las fechas de vencimiento de dichas facturaciones deben comunicarse al usuario con ocasion de la celebracion del contrato de prestacion de servicios. La finalidad es generar certeza en el usuario sobre las fechas de pago a fin de que pueda cumplir oportunamente con su obligacion, o en caso que excepcional y justificadamente no se le remitan los recibos, pueda conocer el plazo MORDAZA de cumplimiento de dicha obligacion. Al respecto, debe tenerse presente que los servicios prestados por la Empresa Prestadora son facturados mensualmente en periodos que comprenden ciclos de facturacion no menores a 28 ni mayores a 32 dias, lo que implica que el MORDAZA de facturacion comienza en un mes y acaba en el siguiente o en el subsiguiente. En tal sentido, por ejemplo, si el ciclo de facturacion del mes de junio de 2013 va del dia 01 al dia 30, la fechas de emision y vencimiento del recibo logicamente deben ser posteriores, por ejemplo 01.07.2013 y 10.07.2013, respectivamente. Es decir, en el ejemplo todo el MORDAZA de facturacion comprende en la practica dos (2). De otro lado, las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento no siempre mantienen la misma periodicidad. En MORDAZA, normalmente el ciclo de facturacion se inicia en un mes y concluye en el siguiente mes, en que tambien se emite y se vence la facturacion. Por ejemplo, el mes de junio de 2013, podria ir del 15.05.2013 al 15.06.2013 y emitirse la facturacion el 22.06.2013, teniendo por vencimiento el 05.07.2013, con lo cual es posible concluir que se trata del consumo facturado en el mes de junio de 2013. En provincias, las Empresas Prestadoras acostumbran facturar ciclos de consumo con inicio en un mes y con final en el mes siguiente, emitiendose la facturacion en el mes subsiguiente. Asi, por ejemplo, un periodo puede

Sin embargo, la normativa regulatoria no ha previsto expresamente los requisitos del aviso a dejarse en la primera visita, detallando esos requisitos solo para la cedula de notificacion en MORDAZA visita, razon por la cual en la primera visita las Empresas Prestadoras se limitan a dejar una esquela con la nueva fecha programada. En los expedientes de reclamo se advierte, en repetidas ocasiones, que estas esquelas carecen del nombre del destinatario, del domicilio, del documento a notificar, o de las causas que impidieron la notificacion personal y ocasionaron la programacion de una MORDAZA visita, generando que el usuario, de hallar dicho aviso o esquela, no obtenga la suficiente informacion sobre el origen y objetivo de la visita y las razones por las cuales se programo una MORDAZA visita, disminuyendo asi las posibilidades de que este presente en esta MORDAZA ocasion. Por lo expuesto, el Tribunal entiende que: a) La regla de la notificacion bajo MORDAZA es excepcional y supletoria de la regla de la notificacion personal. Solo se procede a la notificacion bajo MORDAZA cuando se ha acreditado fehacientemente que la notificacion personal no fue materialmente posible en dos ocasiones. b) La notificacion bajo MORDAZA, por tanto, esta compuesta por dos momentos que deben verificarse plenamente de manera documentaria: el aviso de primera visita por no haberse podido realizar la notificacion personal y la notificacion bajo MORDAZA en MORDAZA visita por haberse reiterado dicha situacion. c) En tal sentido, el aviso o esquela a dejarse con ocasion de la primera visita debe contener informacion esencial suficiente que esta comprendida por: c.1 El nombre del destinatario, sea el titular de la conexion, el usuario o la parte accionante c.2 El domicilio donde se deja el aviso de primera visita. c.3 La descripcion del documento a notificar. c.4 Las causas que impidieron la notificacion personal en la primera visita al usuario y por las cuales se programa una MORDAZA visita. c.5 La fecha para la cual se programa una MORDAZA visita para notificar al usuario. Cabe recordar que la finalidad de toda notificacion es poner en conocimiento real del usuario los actos o documentos a notificar o, en su defecto, generar la certeza de que existe dicha posibilidad de conocimiento. En tal sentido, el objetivo de obligar a la Empresa Prestadora a realizar una notificacion bajo MORDAZA es la de realizar todos los esfuerzos posibles por lograr una notificacion personal, tanto en primera como en MORDAZA visita, no simplemente dejar documentos por debajo de la MORDAZA que para el usuario podrian no tener sentido por la falta de detalle en la informacion, y solo si en la MORDAZA ocasion no se consigue la notificacion personal correspondera a la Empresa Prestadora dejar el documento a notificar por debajo de la puerta. Lineamiento Resolutivo:

Tratandose de una notificacion bajo MORDAZA, si en la primera visita la Empresa Prestadora no puede realizar la notificacion personal, por ausencia u oposicion del usuario o el tercero relacionado, debe dejar aviso programando una MORDAZA visita. Dicho aviso debe contener informacion esencial suficiente que permita al usuario conocer la finalidad de la notificacion, a fin de estar presente en esta MORDAZA ocasion, la cual esta comprendida por: 1) 2) 3) 4) 5) El nombre del destinatario, sea el titular de la conexion, el usuario o la parte accionante El domicilio donde se deja el aviso de primera visita. La descripcion y breve resena del documento a notificar. Las causas que impidieron la notificacion personal en la primera visita al usuario y por las cuales se programa una MORDAZA visita. La fecha para la cual se programa una MORDAZA visita para notificar al usuario 18.

4. Obligacion para la Empresa Prestadora de no emitir mas de doce (12) facturaciones mensuales al

18 Bajo el criterio senalado se ha pronunciado el TRASS en la Resolucion N° 05520-2013-SUNASS/TRASS/SALA 1, en los seguidos contra SEDAPAL, en donde la Empresa Prestadora omitio indicar el motivo por el cual se programaba en el aviso o esquela de primera visita, una MORDAZA visita para notificar la resolucion apelada. Asimismo, en la Resolucion N° 092512013-SUNASS/TRASS/SALA 1, en los seguidos contra SEDAPAR S.A., y en la Resolucion N° 09836-2013-SUNASS/TRASS/SALA 1 en los seguidos contra SEDAPAR S.A. en las cuales la Empresa Prestadora no indico el documento que se pretendia notificar en el aviso o esquela de primera visita, no existiendo certeza en ambos casos de que la parte accionante MORDAZA tomado conocimiento del documento que se pretendia notificar, es decir la resolucion apelada, en MORDAZA visita. Por tales motivos, el TRASS invalido las notificaciones bajo MORDAZA de las resoluciones apeladas, emitidas por la Empresa Prestadora, declarandose la aplicacion del Silencio Administrativo Positivo y fundados los referidos reclamos. 19 Reglamento de Calidad Articulo 109°.- De la Emision del Comprobante de pago. (...) b) La emision del comprobante para los servicios de agua potable y/o alcantarillado sera realizada mensualmente y con posterioridad a la prestacion del servicio. La periodicidad de las fechas de vencimiento de los comprobantes debera ser previamente definida por la EPS e incluida en el Contrato de Prestacion de Servicios. Articulo 110°.- De la entrega del Comprobante de pago a) Domicilio y plazo. La EPS debera entregar el comprobante en el domicilio senalado por el Titular de la Conexion con no menos de diez (10) dias calendario MORDAZA de la fecha de vencimiento. b) Falta de entrega. Cuando de manera excepcional y justificada no fuere entregado el comprobante, la EPS pondra este a disposicion del Titular de la Conexion en la oficina autorizada para tal efecto. La falta de entrega del comprobante no suspende la obligacion de pagar por la prestacion del servicio, en las fechas establecidas previamente por la EPS y conocidas por el Titular de la Conexion. (...)

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