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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (29/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 512982 MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa M & M SERVICIOS Y SUMINISTROS S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión o el cambio de motor correspondiente y operar en el local ubicado en la Av. La Marina Nº 440, Distrito de Pueblo Libre, Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Segundo.- La empresa M & M SERVICIOS Y SUMINISTROS S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 28 de octubre de 2014 Segunda Inspección anual del taller 28 de octubre de 2015 Tercera Inspección anual del taller 28 de octubre de 2016 Cuarta Inspección anual del taller 28 de octubre de 2017 Quinta Inspección anual del taller 28 de octubre de 2018 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo Tercero.- La empresa M & M SERVICIOS Y SUMINISTROS S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2014 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2015 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2016 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2017 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 19 de setiembre de 2018 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo Sexto.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 1031944-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Establecen monto correspondiente a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público efectuará con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007, para diversos proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2013-VIVIENDA Lima, 28 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29800, Ley que promueve la intervención de las entidades de los Gobiernos Nacional, Regional y Local en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento prioriza los proyectos que se ejecutan en el marco de dicha Ley; Que, mediante el Decreto Supremo N° 014-2013- VIVIENDA, se aprobó la priorización de los Proyectos de Inversión Pública conforme el orden establecido en el Anexo que forma parte integrante del mismo Decreto; Que, el artículo 3 del referido Decreto Supremo, dispone que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se establecerán los montos correspondientes a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas efectuará a favor de las entidades ejecutoras que lo soliciten, para el fi nanciamiento de los Proyectos de Inversión Pública que sean priorizados; Que, el Anexo del Decreto Supremo N° 014-2013- VIVIENDA, considera los Proyectos de Inversión Pública: “Mejoramiento de la Calle Principal de la Zona A, Distrito de Huancano – Pisco – Ica”, con Código SNIP Nº 224172; “Creación de Pistas y Veredas en las Ca. Juan José Miranda, Sánchez Cerro, Los Nardos, Los Claveles, Cieneguilla, Marta Reyes, La Esperanza, Los Rosales, San Miguel, Jorge Chávez y Pasaje Las Amapolas en el Distrito de Pisco, Provincia de Pisco – Ica”, con Código SNIP Nº 225262; “Creación de Pistas y Veredas en el Asentamiento Humano Las Dunas, Distrito de Túpac Amaru Inca, Provincia de Pisco – Ica”, con Código SNIP Nº 208547; “Creación de Pistas y Veredas de los Asentamientos Humanos Pachacutec y Nuevo Amanecer del Distrito de Túpac Amaru Inca, Provincia de Pisco – Ica”, con Código SNIP Nº 222802; Que, mediante Informe N° 1187-2013-VIVIENDA-VMVU/ PMIB, de fecha 24 de diciembre de 2013, el Programa Mejoramiento Integral de Barrios emitió el Informe sobre Asignación de Recursos para los citados Proyectos de Inversión Pública; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el monto correspondiente a los Proyectos de Inversión Pública antes descritos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer el monto correspondiente a la asignación de recursos que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas efectuará con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007, creado mediante el Decreto de Urgencia N° 026- 2007, hasta cubrir la disponibilidad de recursos, de los siguientes proyectos: