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El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 512985 11. Que, mediante el Informe Nº 083-2012/SBN-DGPE- SDDI del 11 de abril de 2013, la brigada a cargo opinó por la factibilidad del inicio del presente procedimiento administrativo de compraventa directa a favor de IPAE por la causal prevista en el literal c) del Artículo 77º de “el Reglamento” (foja 55). 12. Que, mediante el escrito presentado el 18 de abril de 2013 (foja 64) IPAE presentó los documentos siguientes: 1) Plano de localización y ubicación elaborado por el arquitecto Omar Marroquín Hoyos (fojas 66); 2) Plano denominado “Planta gral. 1º nivel” elaborado por el arquitecto Omar Marroquín Hoyos (foja 67); 3) Plano denominado “Planta gral. 2º nivel” elaborado por el arquitecto Omar Marroquín Hoyos (foja 68); 4) Plano denominado “Planta gral. 3º nivel” elaborado por el arquitecto Omar Marroquín Hoyos (foja 69); 5) Plano de ubicación elaborado por el ingeniero Mejer Alberto Vargas Machuca Bartoli (foja 70), 6) Plano denominado “Planta general sede IPAE Surco” elaborado por el ingeniero Mejer Alberto Vargas Machuca Bartoli (foja 71); 7) Plano denominado “Planta parcial – Segundo Piso Sector 1, 2 y 3” elaborado por el ingeniero Mejer Alberto Vargas Machuca Bartoli (foja 72); 8) Plano denominado “Planta parcial – Segundo Piso Sector 1, 2 y 3 (áreas)” elaborado por el ingeniero Mejer Alberto Vargas Machuca Bartoli (foja 73); 9) Plano denominado “Planta parcial – Tercer piso Sector 1, 2 y 3” elaborado por el ingeniero Mejer Alberto Vargas Machuca Bartoli (foja 74); 10) Plano denominado “Planta parcial – Tercer piso Sector 1, 2 y 3 (áreas)” elaborado por el ingeniero Mejer Alberto Vargas Machuca Bartoli (foja 75); y, 11) Memoria Descriptiva del 08 de abril de 2013 suscrita por el ingeniero Mejer Alberto Vargas Machuca Bartoli (fojas 76-86). 13. Que, el 27 de abril de 2012 la brigada instructora del presente procedimiento administrativo llevó a cabo la inspección ocular en “el predio”, la cual fue registrada en la Ficha Técnica Nº 0136-2013/SBN-DGPE-SDDI del 09 de agosto de 2013 (foja 176), y en la que se verifi có lo siguiente: 1. Predio localizado en un medio urbano consolidado de importante valor del mercado. 2. Terreno de topografía plana habilitado con obras de servicios básicos completos. 3. Predio ocupado por las instalaciones de IPAE, con posesión y actividad que data de antes de abril de 2006, de acuerdo con las imágenes proporcionadas por el programa Google Earth, las que son usadas como apoyo técnico, cuando la fecha y la resolución lo permiten. Esta posesión se verifi ca en la actividad educativa que se desarrolla en el inmueble, con obras civiles que se constituyen en las edifi caciones de tipo pabellones, aulas, áreas de tránsito y otras instalaciones del Instituto; asimismo, se aprecia que el predio se encuentra delimitado por vías y propiedad privada, y cercado en todos sus linderos, restringiendo el acceso de terceros. 4. La zonifi cación es E2, la cual, de acuerdo al Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de Santiago de Surco, corresponde a Instituto Superior, siendo compatible con el uso de IPAE. 5. El plano inscrito (429-2000/SBNDAT) mantiene medidas correctas; sin embargo, tiene una imprecisión menor en sus coordenadas respecto a la base de manzaneo del IGN. 14. Que, mediante carta presentada el 10 de junio de 2013, Quantum Valuaciones remitió el Informe de Valuación Comercial del 29 de mayo de 2013, mediante el cual “el predio” ha sido tasado US$ 12 911 804.31 (Doce millones novecientos once mil ochocientos cuatro con 31/100 Dólares Americanos (fojas 112). 15. Que, mediante el escrito presentado el 15 de julio de 2013, IPAE, representado por el señor Amadeo Drinot Vasquez de Velasco, Gerente de Administración y Finanzas, aceptó el valor comercial de la tasación de “el predio” (foja 173). 16. Que, en mérito a lo dispuesto por el artículo 78º de “el Reglamento”, el 25 de setiembre de 2013 se llevó a cabo la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” (foja 200) y en el Diario “Expreso” (foja 202), así como en la página web de esta Superintendencia, del aviso que publicita la compraventa directa de “el predio”, a valor comercial, con la fi nalidad de que los terceros que se consideren afectados pudiesen formular oposición debidamente sustentada y, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de efectuada la última publicación, esto es, el 25 de setiembre de 2013. 17. Que, mediante el Memorando Nº 713-2013/SBN- SG-UTD del 16 de octubre de 2013, la Unidad de Trámite Documentario de esta Superintendencia deja constancia que no se presentó oposición dentro del plazo señalado en el considerando anterior (foja 203). 18. Que, mediante escritos presentados el 04 de noviembre de 2013 (fojas 210-211 y 603-604), IPAE, representado por el señor Amadeo Drinot Vasquez de Velasco, Gerente de Administración y Finanzas, presentó los siguientes documentos: 1) Copia certifi cada de Vigencia de Poder a favor de María Susana Elespuru Guerrero, David Chimper Ackerman y Claudio Juan Eugenio Herzka Buchdahl (fojas 212 y 213), 2) Copia literal de la Partida Nº 11007802 del Registro de Personas Jurídicas de Lima (fojas 212-337), 3) Copias certifi cadas notarialmente de recibos de pago de agua que fl uctúan desde el 2004 al 2010 (fojas 337-384) 4) Copias certifi cadas notarialmente de recibos de luz que fl uctúan desde el 2004 al 2010 (fojas 385-475), 5) Copias certifi cadas notarialmente de recibos de pago de teléfono que fl uctúan desde el 2005 al 2010 (fojas 476-569 y 606-636); 5) Copias certifi cadas notarialmente de pago de tributos que fl uctúan desde el 2004 al 2009 (fojas 570- 600); 6) Plano Perimétrico y de localización elaborado por el arquitecto Omar Marroquín Hoyos (foja 601); 7) Copia del Certifi cado Nº 009841 del 31 de marzo de 2003 expedido por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (foja 605); 8) Constancias Certifi cadas de Autoavalúo (HR y PU) que fl uctúan desde el 1999 al 2010 (fojas 637-708). 19. Que, en virtud de lo expuesto, ha quedado demostrado que IPAE tiene una posesión consolidada sobre “el predio”, la cual ejerce desde antes del 25 de noviembre de 2010, encontrándose el área delimitada en su totalidad con obras civiles, y destinada a fi nes educativos compatibles con la zonifi cación vigente; por lo tanto, la solicitud de compraventa formulada debe ser estimada. 20. Que, mediante el Memorando Nº 712-2013/SBN- PP del 09 de diciembre de 2013, la Procuraduría Pública informa que sobre “el predio” no recaen procesos judiciales en trámite en los cuales se haya emplazado a esta Superintendencia (foja 713). 21. Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 204- 2013/SBN-DGPE-SDDI del 11 de diciembre de 2013, la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario y la brigada instructora del presente procedimiento administrativo opina por la procedencia de la compraventa directa de “el predio” a favor de IPAE, así como por la extinción de la afectación en uso por consolidación de dominio (fojas 714-722). 22. Que, mediante el Memorando Nº 1690-2013/SBN- DGPE del 12 de diciembre de 2013, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal da su conformidad respecto a la compraventa directa de “el predio” a favor de IPAE (foja 724). 23. Que, mediante el Memorando Nº 771-2013/OAJ del 16 de diciembre de 2013, la Ofi cina de Asesoría Jurídica da su conformidad respecto a la compraventa directa de “el predio” a favor de IPAE (foja 732-735). 24. Que, mediante el Memorando Nº 152-2013/SBN del 18 de diciembre de 2013, la Superintendente Nacional de Bienes Estatales da su conformidad a la compraventa directa de “el predio” a favor de IPAE, de conformidad con lo dispuesto en el literal n) del artículo 11º del ROF de la SBN, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 016- 2010-VIVIENDA (foja 736). De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, la Directiva Nº 003-2011/SBN y el Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la COMPRAVENTA DIRECTA por la causal de posesión consolidada a favor del Instituto Peruano de Acción Empresarial (IPAE), respecto del predio de 7 971,09 m², ubicado en la Av. Valle Hermoso (actual Av. Los Ingenieros), Segunda Fase de la Segunda Etapa de la Urbanización “Valle Hermoso de Monterrico Residencial”, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado en la Partida Nº 11301691 del Registro de Predios de Lima, y signado con Código CUS Nº 26339 en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales (SINABIP). Artículo 2º.- Aprobar la EXTINCIÓN DE LA AFECTACIÓN EN USO por consolidación del dominio del predio descrito en el artículo precedente, que fuera afectado en uso mediante la Resolución Suprema Nº 125-80-VC- 5600 del 05 de junio de 1980, la Resolución Suprema Nº