Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

el numeral 3) del Articulo 4° del Decreto Legislativo N° 674. Acuerdo que fue ratificado mediante Resolucion Suprema N° 118-2010-EF del 05 de noviembre de 2010; Que, el Comite de PROINVERSION enActivos, Inmuebles y otros Proyectos del Estado - PRO VALOR en sesion del 15 de diciembre de 2010, aprobo las Bases del Concurso y la Convocatoria respectiva, las mismas que fueron aprobadas por el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su sesion de fecha 23 de diciembre de 2010. A su vez, con fecha 04 de MORDAZA de 2011 culmino la etapa de Precalificacion, en la cual precalificaron cuatro empresas; Que, mediante Oficio N° 115-2012-JUS/DM, del 09 de febrero de 2012, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos solicito a PROINVERSION la exclusion del MORDAZA de promocion de la inversion privada, el Proyecto Servicio de Vigilancia Electronica Personal, por no contar con la disponibilidad presupuestal necesaria; Que, asimismo, el Consejo Directivo de PROINVERSION mediante Acuerdo N° 464-2-2012-CPD, adoptado en Sesion N° 464, de fecha 07 de marzo de 2012, acordo aprobar la cancelacion del Concurso para la seleccion del Operador del Servicio de Vigilancia Electronica, asi como su exclusion del MORDAZA de promocion de la inversion privada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4° del Decreto Legislativo N° 674, el Acuerdo referido a la exclusion del MORDAZA de promocion de la inversion privada, indicado en el considerando precedente, debe ser ratificado por Resolucion Suprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ratificar el Acuerdo N° 464-2-2012-CPD adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su Sesion N° 464 de fecha 07 de marzo de 2012, en virtud del cual se aprobo la exclusion del MORDAZA de promocion de la inversion privada, el Proyecto Servicio de Vigilancia Electronica Personal. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos

VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 0982012/COE-TC, del 28 de diciembre de 2012, sobre la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERON, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instruccion Nº 6 de la MORDAZA Autonoma de Buenos Aires de la Republica Argentina; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 14 de agosto de 2012, declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERON, por la presunta comision del delito de violacion sexual con fuerza o intimidacion (Expediente Nº 50-2012); Que, el literal "b" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion pasiva formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 098-2012/COE-TC, del 28 de diciembre de 2012, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires con fecha 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERON, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instruccion Nº 6 de la MORDAZA Autonoma de Buenos Aires de la Republica MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito de violacion sexual con fuerza o intimidacion y disponer su entrega por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

890095-4 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2012-EF Mediante Oficio Nº 047-2013-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 001-2012-EF, publicada en la edicion del dia 5 de enero de 2013.
DICE: Resolucion Suprema Nº 001-2012-EF DEBE DECIR: Resolucion Suprema Nº 001-2013-EF 890157-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradicion pasiva de ciudadano peruano y disponen su entrega a la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2013-JUS MORDAZA, 16 de enero de 2013

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