Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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para la reconstruccion de embarcaciones existentes, y en dicho supuesto la administracion se encuentra plenamente habilitada para determinar con antelacion cuales seran las caracteristicas que debera cumplir dicha embarcacion para el desarrollo de actividades extractivas respecto de los recursos solicitados"; en ese sentido, corresponde a la Administracion, autorizar la modificacion estructural de la embarcacion pesquera "MODESTO 6", de matricula CO11716-PM, para la instalacion del sistema de preservacion RSW, a efectos de aplicar el saldo reconocido mediante Resolucion Directoral Nº 083-2012-PRODUCE/DGEPP, manteniendose inalterable la capacidad de bodega de dicha embarcacion; Que, tomando en consideracion, que en el Contrato de Asociacion en Participacion de fecha 10 de MORDAZA de 2011, modificado mediante addenda de fecha 29 de febrero de 2012, se acuerda que la ejecucion de las autorizaciones de incremento de flota otorgada por la Resolucion Directoral Nº 156-2008-PRODUCE/DGEPP y prorrogada mediante Resolucion Directoral Nº 351-2010-PRODUCE/DGEPP, sera ejecutado en la embarcacion pesquera MORDAZA 6, de matricula CO-11716-PM, con la aplicacion del saldo reconocido mediante Resolucion Directoral Nº 083-2012PRODUCE/DGEPP, a efectos de que pueda operar en la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo, sin perjuicio de los recursos de anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto que tiene autorizado en su permiso de pesca, estableciendose que el abastecimiento de los recursos jurel y caballa proveniente de dicha embarcacion se realizara en la planta de EL ASOCIADO, cumpliendo con las condiciones establecidas en el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 156-2008-PRODUCE/DGEPP, prorrogada mediante Resolucion Directoral Nº 351-2010-PRODUCE/ DGEPP; por lo que de acuerdo a los actuados anteriores, es procedente la modificacion estructural solicitada para la aplicacion del saldo reconocido mediante Resolucion Directoral Nº 083-2012-PRODUCE/DGEPP, a favor de la empresa PESQUERA NIROCI S.A.C.; Que, resulta pertinente senalar que con referencia a los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa se ha emitido en fecha 05 de septiembre del 2002, el Decreto Supremo N°001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturutus Murphy) y caballa (Scombrer japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo; Que, efectuada la modificacion estructural de la embarcacion pesquera MORDAZA 6, de matricula CO11716-PM, en el extremo referido a la instalacion del sistema de preservacion RSW, manteniendose inalterable la capacidad de bodega de dicha embarcacion de 200.17 m3, a efectos de aplicar el saldo de 498.34 m3 de capacidad de bodega reconocido mediante Resolucion Directoral Nº 083-2012-PRODUCE/DGEPP, no se generara remante de capacidad de bodega, en cumplimiento del articulo 4º de la citada Resolucion, en la que senala que no se puede dividir saldos porque se vulneraria el articulo 38º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, no facultando la divisibilidad de los saldos; Que, por lo expuesto, la empresa PESQUERA NIROCI S.A.C., en su condicion de ASOCIANTE en el Contrato de Asociacion en Participacion que tiene celebrado con su ASOCIADO, INVERSIONES REGAL S.A., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo mediante Informe Tecnico Nº 152-2012-PRODUCE/ DGEPP-Dch, Informe Legal Nº 398-2012-PRODUCE/DGEPP e Informe Legal Nº 291-2012-PRODUCE/DGCHD; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa PESQUERA NIROCI S.A.C., autorizacion para la modificacion

estructural de la embarcacion pesquera MORDAZA 6, de matricula CO-11716-PM, en el extremo referido a la la instalacion del sistema de preservacion RSW, manteniendose inalterable la capacidad de bodega de dicha embarcacion de 200.17 m 3, a efectos de aplicar el saldo de 498.34 m 3 de capacidad de bodega reconocido mediante Resolucion Directoral Nº 0832012-PRODUCE/DGEPP, para que pueda operar en la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo, con el uso de red de cerco con abertura minima de malla 38 mm (1 ½ pulgadas), y con sistema de preservacion a bordo RSW, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, contados desde la publicacion de la presente Resolucion, pudiendo por razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas, por unica vez solicitar la ampliacion del plazo para ejecutar la construccion o adquisicion de la embarcacion pesquera por doce (12) meses improrrogables; siempre y cuando, en el caso de construccion, se MORDAZA realizado un avance de obra fisica de por lo menos el cincuenta por ciento (50%), debidamente acreditado. La referida ampliacion debe ser solicitada con treinta (30) dias de anticipacion al vencimiento del plazo original; y, declarada, expresamente por la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo. Articulo 3º.- Ejecutada la modificacion estructural de la embarcacion senalada en el articulo 1º de la presente Resolucion, la empresa PESQUERA NIROCI S.A.C., debera solicitar el respectivo permiso de pesca dentro del plazo improrrogable de un (01) ano contado a partir de la acreditacion del termino de construccion o de la adquisicion de la embarcacion pesquera. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de modificacion estructural caducara de pleno derecho. Articulo 4º.- No se reconoceran saldos de capacidad de bodega que se generen por la ejecucion de lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion, en concordancia a lo dispuesto en el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 083-2012-PRODUCE/DGEPP. Articulo 5º.- Disponer que la autorizacion otorgada en el articulo 1º de la presente Resolucion, quedara sin efecto ante la perdida de la titularidad de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 221-2004PRODUCE/DNEPP a favor de INVERSIONES REGAL S.A.; asimismo, sin perjuicio de lo senalado precedentemente, en el caso de que se produjera la resolucion del contrato de asociacion en participacion suscrito con fecha 10 de MORDAZA de 2011, entre la empresa PESQUERA NIROCI S.A.C. (ASOCIANTE) e INVERSIONES REGAL S.A. (ASOCIADO) la autorizacion otorgada tambien quedara sin efecto alguno. Asimismo, el permiso de pesca correspondiente, que se otorgue a favor de la empresa PESQUERA NIROCI S.A.C., en cumplimiento de la presente Resolucion, quedara sin efecto ante el incumplimiento de lo dispuesto en el parrafo precedente, sin perjuicio de las causales de caducidad de los permisos de pesca establecidas en la normatividad vigente. Articulo 6º.- Incluir a la embarcacion pesquera MORDAZA 6, de matricula CO-11716-PM, en el Anexo VI de la Resolucion Ministerial Nº 347-2011-PRODUCE, en virtud a la presente Resolucion Directoral que otorga autorizacion de modificacion estructural. Articulo 7º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SHIBATA Directora General de Extraccion y Produccion y Pesquera para Consumo Humano Directo (e)

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