Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

expedientes seran aprobados por el funcionario a cargo de la Oficina de Logistica. c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa, y Adjudicacion de Menor Cuantia. En este ultimo caso, podra designar un Comite Especial Ad Hoc o Permanente, cuando lo considere conveniente. Asimismo, podra aprobar la recomposicion de los mismos. d) Aprobar la reserva del valor referencial en los procesos de seleccion. e) Aprobar las bases de los procesos de seleccion que convoque la Entidad, con excepcion de las provenientes de exoneraciones. f) Aprobar previo al otorgamiento de la buena pro, las propuesta de los postores que superen el valor referencial en los procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite MORDAZA del diez por ciento (10%) del mismo, siempre que se cuente con la asignacion suficiente de recursos, de acuerdo a lo prescrito por el articulo 33° de la Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 76° de su Reglamento. g) Aprobar la cancelacion parcial o total de los procesos de seleccion, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias. h) Aprobar la resolucion de contratos suscritos para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras, con excepcion de los provenientes de exoneraciones. i) Autorizar, salvo en el caso de obras, la ejecucion de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, respecto de los contratos suscritos por la entidad, asi como las contrataciones complementarias, hasta por los montos maximos previstos en la legislacion vigente. j) Resolver las solicitudes de ampliacion del plazo contractual. k) Aprobar el expediente de contratacion y las bases administrativas cuando el Ministerio de la Produccion actue en compras corporativas facultativas como entidad encargada. l) Suscribir convenios interinstitucionales para la realizacion de compras corporativas facultativas. m) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion, que tengan que realizarse ante el OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, asi como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de las contrataciones estatales. El Director General de la Oficina General de Administracion esta obligado a dar cuenta mensualmente a la Secretaria General respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. 2.3 En materia administrativa y de gestion a) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades publicas y/o privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2013, asi como a las disposiciones internas del Ministerio de la Produccion. b) Representar al Ministerio de la Produccion ante cualquier MORDAZA de autoridades y dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos; formular solicitudes y presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnacion, en los que sea parte interesada o tenga legitimo interes. Para el caso de representacion ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria SUNAT, se hace extensiva dicha atribucion, en su nivel y competencia, al Director de la Oficina de Contabilidad y al Director de la Oficina de Tesoreria; y, Articulo 3º.- Delegacion de facultades al Director General de la Oficina General de Recursos Humanos Delegar en el Director General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Produccion, las siguientes facultades y atribuciones:

a) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, renuncias, rotaciones, encargo de funciones y puestos, reconocimiento de remuneraciones, destaques, prorrogas o renovaciones de contratos, y todas aquellas que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal, adscrito al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-3. b) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades publicas y/o privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Recursos Humanos, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2013, asi como a las disposiciones internas del Ministerio de la Produccion. c) Constituir el Comite Electoral para la eleccion de los representantes de los trabajadores ante el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo CAFAE. d) Constituir el Comite Electoral para la Eleccion de los representantes de los trabajadores ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. e) Suscribir los contratos relativos a la prestacion de los servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 276 y Decreto Legislativo N° 1057 asi como sus adendas y resolucion. El Director General de la Oficina General de Recursos Humanos esta obligado a dar cuenta mensualmente a la Secretaria General, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 4º.- De la observancia de los requisitos legales La presente delegacion de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Articulo 5º.- De la vigencia Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolucion Ministerial tendran vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion

889012-2

Aprueban formato de "Convenio de abastecimiento de anchoveta para consumo humano directo"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 039-2012-PRODUCE/DGCHD
MORDAZA, 8 de noviembre de 2012 VISTOS: El Informe N° 332-2012-PRODUCE/DGCHDDepchd, de fecha 08 de noviembre de 2012, de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Produccion es competente en pesqueria, acuicultura, industria y comercio interno. Es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesqueria industrial, acuicultura de mayor escala, normalizacion industrial y ordenamiento de productos fiscalizados, de acuerdo a lo establecido en el articulo 3° del Decreto Legislativo N° 1047 -- Ley de Organizacion y Funciones del Ministerial de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2010PRODUCE se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) para Consumo Humano Directo, a fin de establecer las normas para una explotacion racional, sostenible y sanitariamente MORDAZA del recurso anchoveta para consumo humano directo, conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca, su

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