Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2013 (17/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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actuaciones que no MORDAZA privativas del Ministro conforme a la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de facultades al Secretario General Delegar en el Secretario General del Ministerio de la Produccion, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1 En materia Presupuestaria: a) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, de acuerdo con el numeral 40.2 del articulo 40° de la Ley N° 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Publico, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. b) Aprobar la formalizacion de Notas para la Modificacion Presupuestaria en el Nivel Funcional Programatico. c) Designar a los responsables de las Metas Presupuestarias Programadas en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Produccion. d) Aprobar las transferencias al CAFAE del Pliego 0038: Ministerio de la Produccion. e) Suscribir, en nombre y representacion del Ministerio de la Produccion, los Convenios a que se hace referencia en el articulo 11° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. f) Aprobar la evaluacion semestral y anual del Presupuesto Institucional del Ministerio de la Produccion y suscribir la Ficha Tecnica del Indicador de Desempeno, establecida en la Directiva N° 005-2012-EF/50.01 "Directiva para la Evaluacion Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Ano Fiscal 2012", aprobada por Resolucion Directoral N° 017-2012-EF/50.01. 1.2 En materia de Tesoreria:

b) Resolver en MORDAZA instancia, los recursos administrativos interpuestos en el MORDAZA de lo establecido por el Decreto Legislativo N° 276, a excepcion de aquellos que MORDAZA de competencia exclusiva del Titular del Pliego. c) Disponer el encargo de puesto, encargo de funciones o la suplencia de funciones de los Directores que no tengan el nivel de Director General en los empleados publicos del Ministerio de la Produccion, cuando corresponda y previo informe tecnico sustentatorio. 1.5 En materia Administrativa y de Gestion:

Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Produccion. 1.3 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, conforme a lo dispuesto por el articulo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017 y el articulo 8° y 9° del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF. b) Aprobar las bases de los procesos de seleccion que convoque la Entidad, las provenientes de exoneraciones. c) Aprobar el MORDAZA de estandarizacion de bienes de acuerdo a lo prescrito por el articulo 11° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. d) Resolver los recursos de apelacion que interpongan los postores contra los actos dictados durante el desarrollo del MORDAZA de seleccion, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos MORDAZA de la celebracion del contrato, en los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia. e) Resolver los recursos de apelacion cuando el Ministerio de la Produccion actue en compras corporativas facultativas como entidad encargada. 1.4 En materia Laboral: a) Autorizar y resolver acciones de personal adscrito al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-5. Esta facultad no incluye la de designar y remover a la que alude el articulo 25º inciso 5) de la Ley Nº 29158.

a) Suscribir, en el ambito de su competencia y de acuerdo a la normatividad legal vigente, convenios interinstitucionales, asi como disponer su modificacion, ampliacion o resolucion. b) Suscribir convenios y/o contratos con entidades publicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad del Ministerio de la Produccion o bajo administracion estatal. c) Regular los actos de administracion, disposicion, adquisicion, registro y supervision de los bienes nacionales, con excepcion de la aceptacion de donacion de bienes inmuebles, de acuerdo a la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA. d) El cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, en los terminos del articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93-JUS. e) Aprobar los requerimientos de contratacion del personal sujeto al regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios, formulados por los organos de apoyo y asesoramiento del Ministerio de la Produccion. f) Representar al Ministerio de la Produccion en la suscripcion de contratos de auditoria a suscribirse con las sociedades de auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control y sus modificatorias y el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria aprobado por Resolucion de Contraloria N° 063-2007-CG. g) Designar a los integrantes del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del Ministerio de la Produccion - CAFAE PRODUCE para el Ejercicio Fiscal 2013. h) Autorizar las contrataciones y suscribir los Terminos de Referencia del Servicio, asi como los contratos, las prorrogas o renovaciones de los mismos, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 238-2009-EF/10, cuya vigencia fue prorrogada para el Ano Fiscal 2013, mediante Resolucion Ministerial N° 700-2012-EF/10, que se requiera en el Despacho Ministerial y Despachos Viceministeriales, previa solicitud e informe tecnico sustentatorio de las dependencias requirentes. Asimismo, emitir la conformidad del servicio de los referidos contratos. Articulo 2º.- Delegacion de facultades al Director General de la Oficina General de Administracion Delegar en el Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion, las siguientes facultades y atribuciones: 2.1 En materia Presupuestaria: a) Aprobar directivas internas para la racionalizacion del gasto y para el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2013, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias, conforme a las disposiciones de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. b) Supervisar y controlar la correcta implementacion de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto publico a ser ejecutadas por la Entidad, contenidas en la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y demas normas complementarias vinculadas a la materia. 2.2 En materia de Contrataciones del Estado:

a) Aprobar las modificaciones al Plan Anual de Contrataciones ­ PAC, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. b) Aprobar los expedientes de contratacion, a excepcion de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, cuyos

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