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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2013 (17/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de enero de 2013 486295 a) Aprobar la formalización de Notas para Modifi cación Presupuestaria en el Nivel Funcional Programático. b) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. c) Suscribir y remitir a las instancias pertinentes, la documentación relativa a la formulación del Presupuesto Institucional del ejercicio presupuestal subsiguiente que corresponden al(la) Titular del Pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que no sean privativas a su función de Ministro(a) de Estado. d) Suscribir y remitir a las instancias pertinentes, la documentación relativa a la evaluación semestral y anual del presupuesto, así como los formatos de indicadores de desempeño que corresponden al(la) Titular del Pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que no sean privativas a su función de Ministro(a) de Estado. e) Aprobar Directivas en materia presupuestal. f) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios defi nitivos, así como la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) declarados viables. Artículo 2º.- Del plazo de las delegaciones Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el año 2013. Artículo 3º.- De las actuaciones realizadas El(la) funcionario(a) a quien se le delega las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución, está obligado(a) a dar cuenta trimestralmente al(la) Ministro(a) de Justicia y Derechos Humanos respecto de las actuaciones realizadas en el marco de la delegación otorgada. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 889956-1 PRODUCE Conforman el Comité de Seguimiento de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 025-2013-PRODUCE Lima, 14 de enero de 2013 VISTOS: El memorando Nº 3568-2012-PRODUCE- OGPP/Opi de la Ofi cina de Programación e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el informe Nº 014-2012-PRODUCE/OGAJ-ngaldos de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Producción tiene competencias en materia de pesquería, acuicultura, industria, comercio interno, promoción y fomento de cooperativas, micro y pequeña empresa y las demás que se le asignen por Ley. Se extienden a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades vinculadas al ámbito de sus competencias; Que, mediante Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, se creó el Sistema Nacional de Inversión Pública, con la fi nalidad de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión; Que, el numeral 3.2 del artículo 3° de la Ley N° 27293, señala que los Órganos Resolutivos y las Ofi cinas de Programación e Inversiones – OPI, o las que hagan sus veces, en cada Sector, forman parte del Sistema Nacional de Inversión Pública, siendo el Ministro el Órgano Resolutivo del Sector; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso i) del artículo 28° del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, preside el Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de la Producción, en coordinación con los órganos del sector, a fi n de dirigir el seguimiento y monitoreo de ejecución de los proyectos de inversión, en el marco de la normatividad vigente; Que, el numeral 26.1 del artículo 26° de la Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, defi ne el Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo (SOSEM) como el conjunto de procesos, herramientas e indicadores que permiten verifi car los avances de la ejecución de los proyectos con el fi n de supervisar que la fase de inversión sea coherente y consistente con las condiciones y parámetros de la declaratoria de viabilidad; Que, la Directiva N° 001-2011-EF/68.01 establece también en su artículo 26 numeral 26.2 que el seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública, está a cargo de la Ofi cina de Programación e Inversiones que declaró la viabilidad del PIP, la cual podrá solicitar toda la información que considere necesaria a los órganos relacionados con la ejecución del mismo, en las oportunidades que estime pertinentes; Que, el numeral 26.3 del artículo 26° de la Directiva acotada dispone que la Ofi cina de Programación e Inversiones de la Entidad Pública conformará un Comité de Seguimiento, a fi n que las áreas, órganos o dependencias citadas a sus sesiones, les brinden toda la información correspondiente al avance de la ejecución y liquidación de los Proyectos de Inversión Pública; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 319-2011- PRODUCE, se conformó el Comité de Seguimiento de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio de la Producción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 343-2012- PRODUCE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, efectuado en el marco del proceso de reestructuración facultado mediante la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto el Sector Público para el Año Fiscal 2012; Que, en virtud de la estructura vigente del Ministerio de la Producción, es necesario dictar el acto de administración correspondiente; Con el Visado de los Despachos Viceministeriales de Pesquería y de MYPE e Industria, de la Secretaría General, de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, el Decreto Supremo N° 102-2007-EF, Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, la Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva N° 001- 2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Resolución Ministerial 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Conformar el Comité de Seguimiento de Proyectos de Inversión Pública del Ministerio de la Producción de conformidad con lo señalado en la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, el cual estará integrado de la siguiente forma: • Un representante del Despacho Viceministerial de Pesquería. • Un representante del Despacho Viceministerial de Mype e Industria. • El Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante. • El Director de la Ofi cina de Programación e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante. • El Director General de la Ofi cina General de Administración o su representante. • Los Responsables de las Unidades Ejecutoras o sus representantes. La Presidencia del Comité de Seguimiento será ejercida por el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mientras que la Secretaría Técnica será desempeñada por el Director de la Ofi cina