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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2013 (19/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2013 486479 CONTRALORIA GENERAL Nombran Vocal Alterno del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 036-2013-CG Lima, 17 de enero de 2013 VISTO, la Hoja Informativa N° 00003-2013-CG/RH elaborada por la Gerencia de Recursos Humanos de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que la Ley N° 29622 que modifi ca la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley N° 27785 y amplía las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional, establece que el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas constituye la última instancia administrativa en el procedimiento sancionador, siendo un órgano colegiado adscrito a la Contraloría General, con independencia técnica y funcional en las materias de su competencia y autonomía en sus decisiones; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 29622 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 023-2011-PCM, la sala del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas está conformada por (5) vocales titulares, pudiendo contar con hasta (5) vocales alternos, todos elegidos a través de concurso público de méritos y nombrados mediante Resolución de Contraloría, permaneciendo en el cargo por un periodo de (5) años; Que, conforme a los resultados del Concurso Público de Méritos para la elección de vocales para el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, mediante Resolución de Contraloría N° 299-2012-CG se nombró a (5) Vocales Titulares y a (1) Vocal Alterno; Que, en consideración al documento de Visto, corresponde nombrar como Vocal Alterno del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas al profesional que se indica en la parte resolutiva de la presente resolución; En uso de las Facultades conferidas en el artículo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, conforme a lo previsto en el numeral 49.3 del artículo 49° y artículo 50° del Reglamento de la Ley N° 29622, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2011- PCM y a lo señalado en el numeral 4.8 de las bases del Concurso Público de Méritos para la elección de Vocales para el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar como Vocal Alterno del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas al Sr. Luis Alfonso García-Corrochano Moyano. Artículo Segundo.- El Vocal Alterno del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas nombrado, prestará juramento ante el Contralor General de la República, permaneciendo en el cargo por un periodo de (5) años, a partir del día siguiente de su juramentación. Artículo Tercero.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución en el Portal del Estado Peruano y en el Portal de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 890481-1 Aprueban Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 039-2013-CG Lima, 18 de enero de 2013 Visto, la Hoja Informativa Nº 031-2013-CG/RH de la Gerencia de Recursos Humanos, mediante la cual se propone la modifi cación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República establece que la Contraloría General es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera, que tiene por misión dirigir y supervisar con efi ciencia y efi cacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social; Que, el Plan Estratégico Institucional 2012 – 2014 aprobado por Resolución de Contraloría Nº 039- 2012-CG considera entre sus objetivos estratégicos la reorganización, descentralización e integración de la Contraloría General de la República, mejorando la cobertura, administración y efectividad del control mediante el desarrollo de una organización descentralizada y la ejecución de procesos estandarizados para ejercer el control gubernamental en todo el territorio nacional en forma efi caz, oportuna, económica y con valor agregado, estableciendo la necesidad de adecuar la estructura orgánica de la Contraloría General para implantar el Nuevo Modelo de Gestión; Que, con ese objetivo, la Contraloría General de la República elaboró un nuevo Modelo de Gestión Institucional, que viene implementando paulatinamente mediante ajustes en su estructura orgánica y Reglamento de Organización y Funciones; Que, en ese contexto, resulta pertinente realizar ajustes complementarios en la organización de la Contraloría General y en las funciones de sus unidades orgánicas conformantes: en la Gerencia Central de Calidad se ha propuesto la modifi cación de su denominación, organización y funciones, creando unidades orgánicas que se encarguen de la implantación y aseguramiento del sistema de gestión de la calidad y del sistema de control interno, e incorporando a su dependencia a la Gerencia de Desarrollo y a la Escuela Nacional de Control; así como, trasladando la Gerencia del Sistema Nacional de Atención de Denuncias a la dependencia de la Gerencia Central de Operaciones; Que, asimismo, en la Gerencia de Control Especializado se ha propuesto el cambio de su denominación y la creación de un Departamento que se encargue del control sobre las modalidades de participación de la inversión privada en la provisión de infraestructura y servicios públicos y evaluar las solicitudes de opinión previa sobre los contratos de Asociaciones Público Privadas, proponiendo también la modifi cación de las funciones de los Departamentos de Obras, Presupuesto Público e Inversiones, Programas Sociales, Medio Ambiente y Cultura y Auditoría de Desempeño; Que, igualmente, se ha propuesto trasladar la Gerencia del Procedimiento Sancionador a la competencia funcional de la Secretaría General y Asuntos Externos; Que, en la Gerencia Central de Operaciones se ha propuesto establecer una organización basada en la especialización por sectores, desdoblando la Gerencia de Control Sectorial en producción y servicios, organizando cada