Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2013 (19/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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los argumentos expuestos en su solicitud de vacancia y, ademas, argumentando que la causal que motivo su pedido de vacancia es la de restricciones de contratacion, distinta de la causal de nepotismo que planteo anteriormente y que fue resuelta por este Supremo Tribunal Electoral. CUESTIONES EN DISCUSION En el presente caso corresponde determinar: i) si deben ampararse las excepciones de cosa decidida y cosa juzgada, formuladas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y ii) si la mencionada autoridad incurrio en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 9, de la LOM. CONSIDERANDOS 1. El Concejo Distrital de Cerro Colorado declaro fundadas las excepciones de cosa decidida y de cosa juzgada formuladas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senalando que existe identidad en cuanto a las partes, al objeto de la causa que motiva el pedido y en el objeto, tanto en la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA Jessenia MORDAZA MORDAZA el 8 de febrero de 2012, que fue declarada improcedente, mediante Acuerdo de Concejo Nº 020-2012-MDCC, y es materia de los presentes autos, habida cuenta que: i) la solicitante y la autoridad cuya vacancia se solicita son las mismas; ii) MORDAZA solicitudes se refieren a la contratacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y iii) la finalidad de las dos solicitudes es vacar al referido alcalde. Por ello, el Concejo Distrital de Cerro Colorado indico que esta nueva solicitud de vacancia ya habia sido resuelta en dicha instancia, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 020-2012-MDCC, decision que fue confirmada por el MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 201-2012-JNE. 2. Para amparar las excepciones propuestas por el MORDAZA cuestionado no solo debe existir un pronunciamiento emitido en un procedimiento anterior seguido entre las mismas partes y sobre los mismos hechos, sino que la pretension invocada debe ser la misma en MORDAZA solicitudes de vacancia, es decir, deben fundamentarse en la misma causal. En el caso de autos, tenemos que en el Expediente Nº J-2012-0234 se tramito la solicitud de vacancia formulada por MORDAZA Jessenia MORDAZA MORDAZA contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la causal de nepotismo, contemplada en el articulo 22, inciso 8, de la LOM, exponiendo como fundamentos de su solicitud los mismos hechos que sustentan la presente. Dicha solicitud fue declarada improcedente por el concejo distrital, y confirmada mediante Resolucion Nº 201-2012-JNE. La presente solicitud de vacancia se sustenta en la causal de contratar sobre bienes de propiedad municipal, mediante interposita persona, prescrita en el articulo 22, inciso 9, de la LOM, la cual es, evidentemente, una causal distinta a la que fue materia de la anterior solicitud. 3. De lo expuesto, tenemos que las causales en las que se sustento la solicitud de vacancia tramitada con Expediente Nº J-2012-0234, son distintas de aquellas con que se tramitan los presentes autos, por lo que no se produce la identidad requerida ­que MORDAZA las mismas partes, hechos y pretensiones­ para amparar las excepciones de cosa decidida y de cosa juzgada, propuestas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paredes. 4. En ese sentido, este colegiado no puede avocarse al conocimiento del MORDAZA punto controvertido, ya que, en atencion a los fundamentos previamente expuestos, se debe devolver los actuados al Concejo Distrital de Cerro Colorado, a fin de que proceda a resolver sobre el fondo de la controversia, es decir, que se pronuncie sobre los argumentos de defensa expuestos por el MORDAZA en relacion a la solicitud de vacancia. CONCLUSION Por consiguiente, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 23 de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios ofrecidos por MORDAZA partes procesales, concluye que se debe amparar el recurso de apelacion.

Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones RESUELVE Articulo primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Jessenia MORDAZA MORDAZA y, en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Nº 080-2012-MDCC por el cual se declararon fundadas las excepciones de cosa decidida y de cosa juzgada formuladas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y se declaro concluido el procedimiento de vacancia seguido contra dicha autoridad, en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Cerro Colorado, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, consecuentemente, declarar INFUNDADAS las excepciones MORDAZA mencionadas, y DISPONER que el referido concejo distrital continue el tramite del procedimiento de vacancia seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a su estado. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Cerro Colorado, con el objeto de que se proceda a observar lo senalado en los considerandos de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 890989-1

Confirman Acuerdo que rechazo solicitud de vacancia presentada contra regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1173-2012-JNE Expediente Nº J-2012-01527 MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, diecinueve de diciembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica, del 19 de diciembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 02512-MDS, de fecha 6 de noviembre de 2012, que rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de Wilbert MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal de nepotismo, estipulada en el inciso 8 del articulo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, asi como oidos los informes orales. ANTECEDENTES Con fecha 14 de setiembre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta solicitud de vacancia contra Wilbert MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, por haber supuestamente influenciado en la contratacion de su hermano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde el 3 de noviembre hasta el 18 de noviembre de 2011, para prestar servicios de difusion y sensibilizacion a la poblacion, a traves de un programa televisivo, en lo concerniente al Plan Articulado Nutricional, un

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