Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2013 (24/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

486754
Elaboracion de Estudios de Pre Inversion (SNIP) para la Mejora de la Cadena Productiva de Cacao mediante la Instalacion de Modulos de Riego Presurizado en los Distritos de San MORDAZA , Pachiza, Huicungo, en las Provincias de Bellavista y Mariscal MORDAZA, Region San MORDAZA

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de enero de 2013

Gobierno Regional San MORDAZA 2 Direccion Regional de Agricultura

Actividad

S/. 100,000.00

02401-2012-DVOPP/PPTO

Que, se ha procedido a revisar la propuesta de precio del servicio colateral "factibilidad del servicio para nuevas habilitaciones urbanas y redes" presentada por EPS GRAU S.A., verificandose que reune los requisitos de admisibilidad y procedencia contemplados en el articulo 48 del Reglamento General de Tarifas; y, en consecuencia, corresponde a la Gerencia de Regulacion Tarifaria admitir a tramite dicha solicitud; En uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; HA RESUELTO:

TOTAL

S/. 371,566.00

TOTAL RECURSOS ORDINARIOS

S/. 2,251,724.00

893117-1

ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Admiten a tramite solicitud de la EPS GRAU S.A. de determinacion de precio de servicio colateral "factibilidad de servicio para nuevas habilitaciones urbanas y redes"
RESOLUCION DE GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA Nº 001-2013-SUNASS-GRT
MORDAZA, 17 de enero de 2013 VISTO: El Oficio Nº 2008-2012-EPS GRAU S.A-GG1, mediante el cual EPS GRAU S.A., remite su propuesta de precio de servicio colateral "factibilidad de servicio para nuevas habilitaciones urbanas y redes"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 002-2012-SUNASS-CD2 (en adelante la Resolucion) la SUNASS aprobo la formula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestion y los precios de los servicios colaterales de EPS GRAU S.A. para el quinquenio regulatorio 20122017; Que, en la Resolucion no se determino el precio del servicio colateral "factibilidad de servicio para nuevas habilitaciones urbanas y redes" debido a que EPS GRAU S.A. no presento su propuesta para dicho servicio; Que, la "factibilidad de servicio" sea para conexiones domiciliarias o para nuevas habilitaciones urbanas y redes es un servicio colateral que se encuentra regulado por la SUNASS conforme lo establece el articulo 47 del Reglamento General de Tarifas3, por tanto, este organismo regulador debe determinar el precio que corresponde pagar por su prestacion; Que, con el documento de visto EPS GRAU S.A. ha remitido su propuesta de precio del servicio colateral "factibilidad de servicio para nuevas habilitaciones urbanas y redes"; Que, el articulo 52 del Reglamento General de Tarifas establece que el procedimiento para la determinacion del precio de los servicios colaterales se inicia con la MORDAZA de la solicitud de la empresa prestadora de servicios de saneamiento a la SUNASS acompanada del proyecto de estudio tecnico y propuesta de precio correspondiente;

Articulo 1º.- Admitir a tramite la solicitud de EPS GRAU S.A. de determinacion de precio de servicio colateral "factibilidad de servicio para nuevas habilitaciones urbanas y redes". Articulo 2º.- Otorgar un plazo de diez dias habiles a EPS GRAU S.A. para solicitar a la SUNASS la celebracion de una audiencia preliminar con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de precio del servicio colateral a que se refiere el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUCICH LARRAURI Gerente de Regulacion Tarifaria

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Recibido por la SUNASS el 19 de diciembre de 2012. Publicada el 15 de enero del 2012. Aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASSCD.

891961-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT a fin de regular la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias a la venta de inmuebles gravada con el Impuesto General a las Ventas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 022-2013/SUNAT
MORDAZA, 23 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.° 940, aprobado por Decreto Supremo N.° 155-2004-EF y normas modificatorias, crea el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT), cuya finalidad es generar fondos, a traves de depositos realizados por los sujetos obligados en las cuentas abiertas en el Banco de la Nacion, destinados a asegurar el pago de las deudas tributarias, costas y gastos administrativos del titular de dichas cuentas; Que el inciso a) del articulo 3° del citado TUO establece que se entendera por operaciones sujetas al SPOT, entre otras, a la venta de bienes inmuebles gravada con el Impuesto General a las Ventas (IGV), encontrandose

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