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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2013 (24/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2013 486752 Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ABC DEL CONDUCTOR S.C.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehículos autorizados mediante Resolución Directoral Nº 2929-2012-MTC/15. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 4882-2012-MTC/15 de fecha 06 de diciembre de 2012. Artículo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Quinto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ABC DEL CONDUCTOR S.C.R.L., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 891952-1 VIVIENDA Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2013-VIVIENDA Lima, 15 de enero de 2013 VISTO, el Memorándum N° 066-2013/VIVIENDA- OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Informe N° 003-2013/VIVIENDA-OGPP- UPPR de la Unidad de Planifi cación, Programación y Racionalización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece entre las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, la correspondiente a diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 22.2 del artículo 22 de la referida Ley, señala que corresponde a los Ministerios ejecutar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio es el organismo rector del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, y tiene competencia para formular, aprobar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, correspondiéndole dictar las normas sectoriales de alcance nacional y supervisar su cumplimiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y modifi catorias, se defi nieron y establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; Que, el artículo 3 del precitado Decreto Supremo, señala que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, la que deberá ser aprobada dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; asimismo, dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios; Que, con documento de Visto, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 003-2013-VIVIENDA-OGPP-UPPR de la Unidad de Planifi cación, Programación y Racionalización, y propone la aprobación de las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente al año 2013; Con la visación del Viceministro de Vivienda y Urbanismo, de la Viceministra de Construcción y Saneamiento, de la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 027- 2007-PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2013, contenidas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, a través de la Unidad de Planifi cación, Programación y Racionalización, es la responsable de elaborar los informes de evaluación semestral de las Metas e Indicadores de Desempeño a que hace referencia el artículo precedente. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 893068-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Aprueban transferencias financieras a favor de diversas entidades ejecutoras, para el financiamiento de actividades y proyectos de inversión correspondientes al PIRDAIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 015-2013-DV-PE Lima, 23 de enero de 2013