Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2013 (25/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 17 de setiembre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita ante el MORDAZA Nacional de Elecciones la vacancia de MORDAZA MORDAZA Zumba y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Distrital de Chazuta, por haber ejercido funciones administrativas y ejecutivas. Dicha solicitud origino el Expediente Nº J-2012-1202. El solicitante alego como fundamentos de su pedido lo siguiente: a) El regidor MORDAZA MORDAZA Zumba contraviniendo lo establecido en el articulo 11 de la LIM, emitio la Ordenanza Nº 004-2011-A/MDCH, del 23 de marzo de 2011, a traves de la cual declara en estado de emergencia el local de la Epidemia, asi como la demolicion de dicho inmueble, afectando por tanto la propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Taboada. b) Por su parte, el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Resolucion de Alcaldia Nº 093-2012-MDCH, del 14 de junio de 2012, a traves de la cual lo sanciono y le impuso una multa ascendente a 10% de la UIT. Asi tambien, en dicha resolucion, dispuso la demolicion de su local. Respecto a la posicion de la Municipalidad Distrital de Chazuta En la Sesion Extraordinaria Nº 015-2012-MDCH, del 2 de octubre de 2012, los miembros de la Municipalidad Distrital de Chazuta, declararon, por unanimidad, improcedente la solicitud de vacancia. Respecto al recurso de apelacion Al no estar conforme con la decision adoptada por la Municipalidad Distrital de Chazuta, el solicitante, dentro del plazo de ley, interpuso recurso de apelacion, reproduciendo los argumentos expuestos en su solicitud de vacancia y agregando que si bien los regidores cuestionados han senalado que la emision, tanto de la ordenanza municipal como de la resolucion de alcaldia, obedecio a que se encontraban encargados del despacho de alcaldia, se debe tener en cuenta que, de conformidad con el articulo 20 de la LOM, el MORDAZA delega solo las atribuciones politicas en un regidor habil y las administrativas en el gerente municipal, por lo que los regidores no debieron emitir los documentos MORDAZA citados. CUESTION EN DISCUSION Este Supremo Tribunal Electoral debe determinar si en el presente caso MORDAZA MORDAZA Zumba y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Distrital de Chazuta, han incurrido en la causal contemplada en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. FUNDAMENTOS DE LA DECISION Los alcances del MORDAZA parrafo del articulo 11 de la LOM 1. El articulo 11 de la LOM dispone en su MORDAZA parrafo lo siguiente: "[...] Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de cargos de MORDAZA o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdiccion. Todos los actos que contravengan esta disposicion son nulos y la infraccion de esta prohibicion es causal de vacancia en el cargo de regidor". 2. En ese sentido, resulta importante para este organo electoral recordar que, mediante la Resolucion Nº 2412009-JNE, se realizo una interpretacion de la referida disposicion, en la que se senala que esta "[...] responde a que de acuerdo al numeral 4 del articulo 10 de la citada ley, el regidor cumple una funcion fiscalizadora, siendo ello asi, se encuentra impedido de asumir funciones administrativas o ejecutivas dentro de la misma municipalidad, de lo contrario entraria en un conflicto de intereses asumiendo un doble papel, la de administrar y fiscalizar". 3. En otras palabras, la finalidad de la causal de declaratoria de vacancia, prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 11 de la LOM, es la de evitar la anulacion o

menoscabo relevante a las funciones fiscalizadoras que son inherentes al cargo de regidor. En ese sentido, si los hechos imputados a algun regidor no suponen, en cada caso concreto, una anulacion o afectacion del deber de fiscalizacion de la citada autoridad municipal, no deberia proceder una solicitud de declaratoria de vacancia. Condiciones para la encargatura del despacho de la alcaldia 4. En las Resoluciones Nº 420-2009-JNE, Nº 639-2009JNE, Nº 777-2009-JNE, Nº 020-2010-JNE, Nº 4949-2010JNE, Nº 736-2011-JNE y Nº 828-2012-JNE este organo colegiado ha senalado que la encargatura de funciones del MORDAZA al MORDAZA MORDAZA involucra la totalidad de las funciones politicas, ejecutivas y administrativas, en los casos en que el MORDAZA no pueda ejercer sus funciones debido a circunstancias voluntarias o involuntarias. De esa manera, las funciones administrativas que el primer regidor lleve a cabo como consecuencia de la ausencia del MORDAZA no pueden ser calificadas como configuradoras de causal de vacancia. En ese sentido, la encargatura se diferencia de la delegacion de funciones, que tiene naturaleza especifica y no implica la ausencia del titular que las delega. 5. Asimismo, se ha senalado que cuando el MORDAZA se encuentre impedido de ejercer sus funciones por razones voluntarias o involuntarias, el MORDAZA MORDAZA esta facultado para asumir directamente la encargatura del despacho de la alcaldia, sin necesidad de contar con un acto resolutivo que asi lo establezca, conforme al criterio establecido en la Resolucion Nº 1280-2006-JNE, de fecha 20 de MORDAZA de 2006. No obstante, el MORDAZA o el concejo municipal podran emitir tal acto resolutivo que formalice la encargatura otorgada, con el proposito de salvaguardar la validez de los actos que ejecute el MORDAZA MORDAZA encargado durante su gestion. 6. Cabe resaltar que la encargatura del despacho de alcaldia debe ser asumida por el MORDAZA MORDAZA en la medida en que es el designado legalmente para reemplazar al MORDAZA en su ausencia. Solamente en el caso de que el MORDAZA MORDAZA se encuentre impedido para asumir tal funcion, la encargatura debera ser asumida por el MORDAZA regidor, y asi sucesivamente. Desde esta perspectiva, se debe considerar que el desarrollo de esta posicion se da con el fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades municipales y la continuidad de los servicios que se presta a favor de la localidad en caso de ausencia del MORDAZA titular. Analisis del caso concreto Respecto al regidor MORDAZA MORDAZA Zumba 7. De la revision de lo actuado en el Expediente Nº J-2012-1202, a traves del cual se le corrio traslado de la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a los miembros de la Municipalidad Distrital de Chazuta, se aprecia a fojas 47 la Resolucion de Alcaldia Nº 030-2011-A-MDCH, del 15 de marzo de 2011, a traves de la cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la entidad MORDAZA MORDAZA citada, encarga el despacho de alcaldia al regidor MORDAZA MORDAZA Zumba del 16 al 26 de marzo de 2011. 8. Dicha encargatura obedecio a que en la Sesion Extraordinaria Nº 012-2011-MDCH, del 11 de marzo de 2011, los miembros del concejo distrital autorizaron el viaje del MORDAZA distrital, a efectos de que realice la MORDAZA de proyectos y perfiles, asi como diversas gestiones en la MORDAZA de Lima. 9. Es precisamente en este contexto en que MORDAZA MORDAZA Zumba, como MORDAZA encargado de la Municipalidad Distrital de Chazuta, emitio con fecha 23 de marzo de 2012 la Ordenanza Nº 004-2011-A/MDCH, a traves de la cual declara en estado de emergencia el local Epidemia (ubicado a la altura de la cuadra 11 de la avenida Chazuta, en el distrito Huayco), con la finalidad de salvaguardar la MORDAZA de las personas que transitan por el lugar, en vista de que esta en una MORDAZA vulnerable del distrito. Asimismo, ordeno el desalojo inmediato y la demolicion fisica del citado inmueble. 10. Teniendo en cuenta lo MORDAZA expuesto, se advierte que durante el periodo del 16 al 26 de marzo de 2011, asumio, por MORDAZA de la ley, la representacion legal de la entidad edil. Esto significa que como MORDAZA encargado desempeno dicho cargo como si fuera el propio titular,

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