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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2013 (25/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2013 486879 Urbano y Ambiental, respectivamente, consideran necesario ampliar la vigencia del plazo establecido para que los administrados se acojan a los benefi cios de la Ordenanza N° 387-MDJM; Que, mediante Informe Nº 1757-2012-MDJM/GAJyRC de fecha 20 de diciembre del 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil opina por la procedencia de la ampliación propuesta; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA REGULARIZAR EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE EDIFICACIÓN Artículo Único.- MODIFÍCASE el Artículo 9 de la Ordenanza Nº 387-MDJM de fecha 10 de mayo del 2012, el mismo que tendrá el siguiente texto: “Artículo 9.- PLAZO PARA ACOGERSE El plazo para acogerse al benefi cio de la presente Ordenanza vence el 30 de junio del 2013”. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 893113-2 Aprueban Directiva “Plan de Prevención de Siniestros del Archivo Central, Periféricos y Archivos de Gestión de la Municipalidad Distrital de Jesús María” DECRETO DE ALCALDÍA N° 018-2012-MDJM Jesús María, 28 de diciembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO; el Informe N° 074-2012-MDJM/SG/SGTDyA-A de fecha 27 de diciembre de 2012, remitido la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos, establece que el Archivo General de la Nación es la institución que formula y emite las normas y disposiciones que regulan los procedimientos archivísticos del conjunto de las instituciones públicas del país, estableciendo con ello, la política nacional referente a la defensa y conservación del Patrimonio Documental de la Nación, y a su uso racional, responsable y transparente; Que, mediante Resolución Jefatural N° 073-85-AGN/ J, el Archivo General de la Nación aprobó las Normas Generales del Sistema Nacional de Archivos, de obligatorio cumplimiento para todos los organismos y reparticiones del Sector Público Nacional; Que, mediante con Resolución Jefatural N° 159-97- AGN/J se aprobó el Plan de Prevención y Recuperación de Siniestros por Inundación en Archivos, documento práctico que ayuda a los archivos, para su participación organizada de protección y seguridad en caso de suscitarse un siniestro por inundación; Que, mediante Memorándum N° 459-2012-MDJM/ SG/SGTDyA de fecha 20 de diciembre de 2012, la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo comunica a la Sub Gerencia de Defensa Civil, la reformulación del “Plan de Prevención de Siniestros del Archivo Central, Periféricos y Archivos de Gestión de la Municipalidad Distrital de Jesús María”; Que, la Sub Gerencia de Defensa Civil mediante Memorándum N° 1042-2012/MDJM-GDUyA de fecha 26 de diciembre de 2012, remite debidamente visado el indicado Plan de Prevención contra Siniestros; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, dispone que el Alcalde es el órgano ejecutivo del gobierno local, su representante legal y la máxima autoridad administrativa; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APRUÉBASE la Directiva Nº 03- 2012-MDJM-SG “Plan de Prevención de Siniestros del Archivo Central, Periféricos y Archivos de Gestión de la Municipalidad Distrital de Jesús María” que consta de Cuatro (04) Capítulos, Trece (13) Artículos, Una (01) Disposición Complementaria Transitoria y Dos (02) Anexos; que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- PUBLÍCASE el presente Decreto en el diario ofi cial El Peruano e íntegramente la Directiva referida en el Artículo Primero, en el Portal institucional de la corporación edil: www.munijesusmaria.gob.pe Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia Municipal, la Secretaría General, la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo y a todas las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Jesús María, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- DERÓGASE la Resolución de Alcaldía Nº 534-2010 de fecha 13 de mayo de 2010 y demás disposiciones que se opongan a la presente Directiva. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 893113-3 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Establecen metodología para la determinación de la base imponible de las instalaciones fijas y permanentes para el cálculo del Impuesto Predial vigente para el Ejercicio Fiscal 2013 ORDENANZA Nº 212-MDPP Puente Piedra, 21 de enero de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 029-2013 de la Gerencia de Administración Tributaria, el Proyecto de Ordenanza que dispone la metodología para la determinación de la Base Imponible de las Instalaciones Fijas y Permanentes para el cálculo del Impuesto Predial, vigente para el ejercicio fi scal 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, señala que, las instalaciones fi jas y permanentes serán valorizadas por el contribuyente de acuerdo a la metodología aprobada en el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 241-2012-VIVIENDA de fecha 30 de octubre del 2012, considerando la depreciación de acuerdo a su antigüedad y estado de conservación; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF, señala en el último párrafo del Artículo 14º que, la actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligación contemplada por