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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2013 (25/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de enero de 2013 486871 por el que se da cuenta de la referida transacción bancaria, tal como consta en el voucher de depósito obrante a foja 158 del expediente, mediante transferencia entre cuentas realizada en fecha 23 de agosto de 2012. 9. De las anteriores, ha quedado demostrado que Freddy Santos Ternero Corrales ha efectuado la devolución de la totalidad de lo indebidamente percibido como parte de conceptos de gratifi caciones y bonifi caciones. Ello, conforme al criterio sostenido de este Supremo Tribunal Electoral, ha permitido descartar la existencia de un confl icto de intereses en la actuación del alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, razón por la cual debe desestimarse la pretensión de la vacancia de su cargo. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Sergio Sequeiros Peña, y CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N° 057-2012- MDSMP, que rechazó la vacancia de Freddy Santos Ternero Corrales al cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 893245-6 Establecen sedes, conformación definitiva y competencia territorial de los Once Jurados Electorales Especiales para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, a realizarse el 17 de marzo de 2013 RESOLUCIÓN N° 060-2013-JNE Lima, veintitrés de enero de 2013 VISTAS la Resolución N° 1189-2012-JNE, de fecha 27 de diciembre de 2012; la Resolución de Presidencia N° 817-2012-CSJLN/PJ, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y la Resolución N° 1809-2012- MP-FN-PJFS-LN, de la presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte; así como el Ofi cio N° 1975-2012-P-CSJLI/PJ, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, el Ofi cio N° 1069-2013- PJFSDJL-MP-FN, de la presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, y la Resolución N° 23-2013-MP-PJFSLE-DJ-LIMA ESTE, de la presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Este; además del Ofi cio N° 2530-2012-P-CSJLIMASUR/ PJ, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, y la Resolución N° 399-2012-MP-FN-PJFS-DJLS, del presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, todos documentos mediante los cuales comunica la elección, en Sala Plena, de los magistrados designados como presidentes titulares y la designación de los fi scales superiores como miembros titulares, así como el acta de sesión pública, de fecha 20 de diciembre de 2012, sobre la realización del sorteo para la designación de los miembros titulares y suplentes del Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Norte (sede Puente Piedra), el Tercer Jurado Electoral Especial de Lima Norte (sede Comas), el Primer Jurado Electoral Especial de Lima Oeste (sede Pueblo Libre), el Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Oeste (San Isidro), el Primer Jurado Electoral Especial de Lima Este (sede Santa Anita), el Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Este (San Juan de Lurigancho), el Primer Jurado Electoral Especial de Lima Sur (sede San Juan de Mirafl ores) y el Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Sur (Villa María del Triunfo), para el Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales a realizarse el 17 de marzo de 2013. CONSIDERANDOS 1. Mediante Resolución N° 1055-2012-JNE, de fecha 9 de noviembre de 2012, se establecieron once circunscripciones administrativo-electorales, con sus respectivas sedes, en las cuales se constituirán los Jurados Electorales Especiales para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales a realizarse el 17 de marzo de 2013. 2. Con la Resolución N° 1189-2012-JNE, de fecha 27 de diciembre de 2012, se dispuso que la instalación de los Jurados Electorales Especiales se realizará en fechas diferenciadas; en ese sentido, se estableció que los siguientes Jurados Electorales Especiales se instalarían a partir del 1 de febrero de 2013: N° JURADO ELECTORAL ESPECIAL (JEE) 1 SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA NORTE 2 TERCER JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA NORTE 3 PRIMER JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE 4 SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE 5 PRIMER JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE 6 SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE 7 PRIMER JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA SUR 8 SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA SUR 3. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 33, literales a y b, de la Ley N° 26486, y 45, de la Ley N° 26859, modifi cados por la Ley N° 29688, las Cortes Superiores de Justicia y las presidencias de la Juntas de Fiscales Superiores de los distritos judiciales respectivos cumplieron con designar a los presidentes y a los miembros titulares de los antes citados Jurados Electorales Especiales. Asimismo, mediante sorteo, en sesión pública, de fecha 20 de diciembre de 2012, se estableció el orden de prelación de los veinticinco ciudadanos de las once sedes de los Jurados Electorales Especiales seleccionados por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil para el cargo de miembro de los Jurados Electorales; en tal sentido, efectuada la depuración de los ciudadanos con impedimento o causa justifi cada, y al no haberse presentado tachas, corresponde convocar a los ciudadanos que hayan resultado designados por medio de sorteo para integrar dichos órganos electorales. Sobre la competencia territorial y funciones de los once Jurados Electorales Especiales a partir del 1 de febrero de 2013 4. Con la Resolución N° 1055-2012-JNE, se establecieron las circunscripciones administrativo- electorales de competencia de cada uno de los once Jurados Electorales Especiales a instalarse con motivo del presente proceso electoral. Sin embargo, ante la necesidad de atender las labores de acreditación de personeros, fi scalización y emisión de resoluciones respecto de los procedimientos de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, entre otras, con la Resolución N° 1189-2012- JNE, se dispuso que el Primer Jurado Electoral Especial de Lima Norte, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro y el Tercer Jurado Electoral Especial de Lima Oeste, instalados a partir del 2 de enero de 2013, asumieran dichas funciones respecto de circunscripciones de los ocho Jurados Electorales Especiales aún no instalados. 5. Por consiguiente, tomando en cuenta que la instalación de los ocho Jurados Electorales Especiales, señalados en el segundo considerando, se producirá el 1 de febrero de 2013, es necesario dejar sin efecto la delimitación de la competencia territorial y de funciones provisionales dispuesta por la Resolución N° 1189-2012- JNE, y establecer la competencia territorial y funciones