Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2013 (25/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de enero de 2013

por lo que cualquier interpretacion en contrario no tiene asidero legal. 11. En ese sentido, los actos imputados al regidor apelante no se subsumen en la causal de vacancia previsto en el articulo 11 de la LOM, por cuanto, como encargado temporal del despacho de alcaldia, la ley lo envistio, entre otras facultades, de la de emitir y suscribir memorandum y resoluciones de alcaldia. Asi, por ejemplo, estuvo facultado para expedir la Ordenanza Nº 004-2011-A/MDCH, del 23 de marzo de 2011, por lo que debe desestimarse el recurso de apelacion en este extremo. Respecto al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12. El solicitante alega que el citado regidor ejercio funciones ejecutivas y administrativas pese a la prohibicion establecida en el articulo 11 de la LOM, al haber emitido la Resolucion de Alcaldia Nº 093-2012-MDCH, del 14 de junio de 2012. En dicha resolucion, se dispone sancionar al administrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA (solicitante de la vacancia), con una mula ascendente al 105 de la UIT, por la comision de la infraccion tipificada en el articulo VII, prevista en el cuadro de infracciones administrativas, de la Ordenanza Nº 009-2012-MDCH, esto es, por realizar construcciones, ampliaciones, remodelaciones y refacciones sin contar con la licencia de construccion. Asimismo, se dispuso la demolicion de la construccion MORDAZA mencionada. Cabe senalar que la sancion impuesta tuvo como origen el inicio de un procedimiento sancionador contra el MORDAZA mencionado por haber construido una infraestructura sin contar con la licencia de construccion, a la altura de la cuadra 11 de la avenida Chazuta (ex epidemia), en el barrio Huayco. 13. En efecto, de la revision de autos se tiene a foja 9 a 10, la resolucion de alcaldia MORDAZA mencionada fue suscrita por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de MORDAZA encargado, toda vez que mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 089-2012-MDCH, del 6 de junio de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chazuta le encargo el despacho de alcaldia mientras dure su ausencia. Dicha encargatura se debio a que en la sesion ordinaria del 28 de MORDAZA de 2012, el concejo distrital autorizo el viaje del MORDAZA titular del 10 al 15 de junio de 2012, a fin de suscribir el convenio con el Instituto Nacional de Neoplasicas, para la instalacion de un centro preventorio de cancer en el distrito de Chazuta. Asi tambien, el viaje era para realizar el seguimiento de los proyectos presentados ante el Ministerio de Vivienda. 14. Segun la conformacion de la Municipalidad Distrital de Chazuta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es el MORDAZA regidor, y en ese sentido, y tal como lo ha establecido este organo colegiado en reiterada jurisprudencia la encargatura del despacho de alcaldia debe ser asumida por el MORDAZA MORDAZA, en la medida en que es el designado legalmente para reemplazar al MORDAZA en su ausencia. Solamente en el caso de que el MORDAZA MORDAZA se encuentre impedido para asumir tal funcion, la encargatura debera ser asumida por el MORDAZA regidor, y asi sucesivamente. 15. El regidor cuestionado en la sesion extraordinaria del 2 de octubre de 2012, senalo que en efecto emitio la Resolucion de Alcaldia Nº 093-2012-MDCH, del 14 de junio de 2012, al encontrarse encargado del despacho de alcaldia, al haberse otorgado autorizacion de viaje al MORDAZA titular y al primer regidor. En efecto de la lectura de lo MORDAZA senalado, se advierte que en la citada resolucion, se autoriza el viaje del MORDAZA en compania del primer regidor, MORDAZA MORDAZA Zumba, en ese sentido, y ante la ausencia de ambos, resulta legal que el despacho de la alcaldia MORDAZA sido encargado al regidor MORDAZA MORDAZA Flores. 16. En ese sentido, se tiene que el regidor cuestionado no ha incurrido en la causal de vacancia establecida en el articulo 11 de la LOM, por l que debe desestimarse el recurso de apelacion en este extremo. CONCLUSION Por consiguiente, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 23 de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios, concluye, que.

a) MORDAZA MORDAZA Zumba, regidor de la Municipalidad Distrital de Chazuta, provincia y departamento de San MORDAZA, no ha incurrido en la causal establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. b) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de Chazuta, provincia y departamento de San MORDAZA, no ha incurrido en la causal establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Por lo tanto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en ejercicio de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en consecuencia CONFIRMAR la decision contenida en el Acta de Sesion Extraordinaria Nº 015-2012-MDCH, del 2 de octubre de 2012, que declaro improcedente la solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA Zumba, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Distrital de Chazuta, provincia y departamento de San Martin. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

893245-3

Confirman Acuerdo que rechazo solicitud de vacancia presentada contra regidores del Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1159-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-01515 SAN MORDAZA DE PORRES - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, diecisiete de diciembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica, de fecha 17 de diciembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 058-2012-MDSMP, de fecha 5 de octubre de 2012, que rechazo la solicitud de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA Beas MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barca, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yessicca MORDAZA Sueyoshi MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Sobre la conformacion del Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres En la sesion ordinaria de concejo, de fecha 14 de junio de 2012 (fojas 67 a 79), en la estacion orden del dia se trato, entre otros, el Dictamen Nº 002-2012-CAJyDE-SR/ MDSMP, emitido por la Comision de Desarrollo Humano y Programas Sociales, que recomendo aprobar el proyecto de acuerdo de concejo que conforma el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de

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