Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2013 (25/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de enero de 2013

NORMAS LEGALES
RESUELVE

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enero de 2012, que acredita la responsabilidad del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ser quien suscribe este documento, en el que al versar sobre el reconocimiento de una asociacion, se reconoce una labor que le compete solo a la gerencia municipal o a la unidad organica encargada de asuntos sociales o de registro de asociaciones. 2. El concejo municipal no autorizo al MORDAZA regidor para realizar labor administrativa. CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso es determinar si el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrio en la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). CONSIDERANDOS

Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y CONFIRMAR el Acuerdo Nº 38-2012-MPCVZ.0692012-MDCLR, de fecha 21 de setiembre de 2012, que declaro infundado el pedido de vacancia presentado contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, por la causal prevista en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA

Cuestion previa: condiciones para la encargatura del despacho de la alcaldia 1. Este organo colegiado ha senalado, desde las Resoluciones Nº 420-2009-JNE, Nº 639-2009-JNE y Nº 777-2009-JNE, que la encargatura de funciones del MORDAZA al MORDAZA MORDAZA involucra la totalidad de las funciones politicas, ejecutivas y administrativas, en los casos en que el MORDAZA no pueda ejercerlas debido a circunstancias voluntarias o involuntarias. En ese sentido, la encargatura se diferencia de la delegacion de funciones, ya que esta MORDAZA tiene naturaleza especifica y no implica la ausencia del titular que las delega. Asimismo, cuando el MORDAZA se encuentre impedido de ejercer sus funciones por razones voluntarias o involuntarias, el MORDAZA MORDAZA esta facultado para asumir directamente la encargatura del despacho de la alcaldia, sin necesidad de contar con un acto resolutivo expreso que asi lo establezca, conforme al criterio establecido en la Resolucion Nº 1280-2006-JNE, de fecha 20 de MORDAZA de 2006. Cabe resaltar que la encargatura del despacho de alcaldia debe ser asumida por el MORDAZA MORDAZA, en la medida en que es el designado por el articulo 24 de la LOM para reemplazar al MORDAZA en su ausencia. Solamente en el caso de que el MORDAZA MORDAZA se encuentre impedido para asumir tal funcion, la encargatura debera ser asumida por el MORDAZA regidor, y asi sucesivamente. Analisis del caso concreto 2. En el presente caso de autos se advierte que el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 014-2012-A-MPCVZ, de fecha 25 de enero de 2012, encargo el despacho de alcaldia al MORDAZA regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA los dias 26 y 27 de enero de 2012. Cabe precisar que tal como se senalo en el numeral precedente, en una situacion regular, la mencionada encargatura corresponderia al MORDAZA MORDAZA o primer regidor, que para el caso en concreto era MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiestas; sin embargo, de los documentos que obran en el expediente, tales como comprobantes de pago, varios memorandum, rendicion de gastos de viaticos, entre otros, se comprueba que dicho regidor se encontraba en comision de servicios en la MORDAZA de MORDAZA, juntamente con el alcalde. Por lo tanto, es evidente que estuvo impedido de asumir el encargo y, consecuentemente, le correspondia asumir dicha responsabilidad al MORDAZA regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Purizaca. 3. En ese sentido, a juicio de este Supremo Tribunal Electoral, la Resolucion de Alcaldia Nº 016-2012-AMPCVZ, de fecha 26 de enero de 2012, que reconocio a la "Asociacion de Mujeres Unidas por un Cambio" como una organizacion social de la provincia de Contralmirante MORDAZA, dispuso su inscripcion en el Registro de Organizaciones Sociales y Vecinales de la municipalidad y reconocio a la junta directiva de la mencionada asociacion, al haber sido emitida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA regidor de la Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA, durante el periodo de ausencia del MORDAZA y del MORDAZA MORDAZA, no constituye actuacion irregular que configure causal de vacancia. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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Confirman Acuerdo que rechazo vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 1171-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-1519 SAN MORDAZA DE PORRES - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, diecinueve de diciembre de dos mil doce VISTO en audiencia publica, de fecha 19 de diciembre de 2012, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pena contra el Acuerdo de Concejo N° 0572012-MDSMP, que rechazo la vacancia de Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto de la solicitud de vacancia En fecha 15 de agosto de 2012, MORDAZA MORDAZA Pena peticiono se corra traslado de la solicitud de vacancia de Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres por considerar que habia infringido la prohibicion contenida en el articulo 63 de la Ley N° 237972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), al haber cobrado gratificaciones y bonificaciones en su provecho a las cuales no tenia derecho por ser consecuencia de la aplicacion de un convenio colectivo aprobado a favor de los trabajadores de la institucion. Dichos pagos se efectuaron durante los anos 2011 y 2012 a traves de la indebida aplicacion del convenio colectivo suscrito entre la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres y el respectivo sindicato. En tal sentido, tales cobros ilegales tienen su origen en el pago de gratificaciones y bonificaciones por MORDAZA patrias, navidad y escolaridad, en cantidades que solo resultan aplicables para los trabajadores de la municipalidad y no para el MORDAZA, pues, en su caso, se encuentran regulados normativamente. Asi, tal como lo demuestra el Cuadro Analitico de Personal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, siendo la remuneracion del MORDAZA de S/. 11000,00 (once mil y 00/100 nuevos soles), fijada por Acuerdo de Concejo N° 009-2007-MDSMP, y ratificada por Acuerdo de Concejo N° 006-2011-MDSMP, del 10 de febrero de 2011, unicamente le correspondia recibir gratificaciones por MORDAZA patrias y navidad de S/.

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