Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2013 (27/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486973

Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero veintiocho expedida con fecha nueve de MORDAZA de dos mil doce, de fojas cuatrocientos treinta y cuatro. CONSIDERANDO: Primero. Que se atribuye al servidor judicial MORDAZA MORDAZA Rejas MORDAZA haber ejercido el MORDAZA legal incompatible con el cargo; asi como haber usado los bienes del Poder Judicial para fines distintos a sus funciones -litigio judicial-. Segundo. Que investigado en su informe de descargo de fojas ciento veintisiete niega haber efectuado absoluciones de consultas en los Expedientes numeros dos mil seis guion ciento setenta y dos guion SB y dos mil seis guion trescientos veinticuatro guion SA, los mismos que se encuentran vinculados con terceras personas a quienes el desconoce. Indica, que no obstante que los escritos fueron encontrados en el disco duro de la computadora que el Poder Judicial le asigno, esta no era de su total disposicion, pues tambien era usada por otros trabajadores de la secretaria judicial. Tercero. Que la presente investigacion se inicio a merito de la Visita Judicial Extraordinaria de Puntualidad y Permanencia llevada a cabo el veintinueve de enero de dos mil nueve en el Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha -ordenada mediante Resolucion de Jefatura N° 28-2009-J-OCMA/PJ-. En dicha visita judicial, segun consta del acta de fojas tres, se intervinieron los equipos de computo de los servidores judiciales MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alli se encontraron los archivos word denominados "XXX.DOC" y "EDDY.DOC". En el primero -hallado en la computadora del Secretario Judicial MORDAZA Torres-, se verifico la existencia de dos escritos, uno dirigido al MORDAZA Juzgado de Familia de Chincha, Expediente numero dos mil seis guion cientos setenta y dos guion SB, en el que se solicita tener por absuelto el traslado de una excepcion de incompetencia por razon de la materia, y otro dirigido al Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, Expediente numero dos mil seis guion trescientos veinticuatro guion SA, en el que se absuelve el traslado de una demanda. El ultimo escrito que se menciona aparecio tambien en el archivo "EDDY. DOC" encontrado en la computadora del Tecnico Judicial MORDAZA Felix. Los citados escritos no guardan relacion con la labor jurisdiccional, asimismo, fueron elaborados en la epoca en que las computadoras materia de auditoria estaban asignadas al Secretario Judicial investigado Rejas Almeyda. CUARTO. Que de la revision de los autos se advierte la existencia de prueba suficiente que acredita la responsabilidad funcional del servidor judicial investigado. Asi se tiene: a) El Informe numero ciento uno guion dos mil nueve guion KJHN guion UVP guion OCMA, y las hojas de propiedades de fojas setenta y ochenta y uno, que corroboran que los documentos "XXX.DOC" y "EDDY. DOC", asi como los cuestionados escritos que contienen, fueron modificados por MORDAZA vez el veintitres de noviembre de dos mil seis -en horario de trabajo-, es decir, cuando el servidor judicial MORDAZA MORDAZA se desempenaba como secretario judicial del Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha, y tenia a su disposicion la computadora que posteriormente utilizo el servidor judicial MORDAZA MORDAZA, quien lo sustituyo en el cargo. b) La MORDAZA certificada de fojas ciento treinta y cinco, perteneciente al Expediente numero dos mil seis guion ciento setenta y dos guion SB, seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, sobre nombramiento de curadora, por la cual no solo se constata que dicho escrito se presento al MORDAZA Juzgado de Familia de Chincha el veinticuatro de noviembre de dos mil seis, sino que guarda estrecha relacion con el documento que se encontro en el archivo "XXX.DOC". c) La MORDAZA certificada del escrito de fojas ciento setenta y dos, del Expediente numero dos mil seis guion trescientos veinticuatro guion SA, seguido por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Chincha contra Neptali MORDAZA MORDAZA, sobre indemnizacion por danos y perjuicios, que acredita que el citado escrito fue presentado

al Juzgado Especializado en lo Civil de Chincha con fecha veintitres de noviembre de dos mil seis, y que a su vez guarda particular similitud con el escrito incompleto de fojas setenta y cuatro, encontrado en el archivo "EDDY. DOC". d) La declaracion indagatoria de la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de fojas trescientos cuarenta y uno, en la cual reconoce como suya la firma que aparece en el escrito de fojas ciento setenta y dos. Asimismo, refiere que este se lo hizo firmar su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que su abogado era el doctor MORDAZA MORDAZA Matias; y, e) La declaracion del abogado MORDAZA MORDAZA de fojas trescientos cuarenta y tres, en la que senala que la firma que aparece en el escrito de fojas ciento treinta y cinco -Expediente numero dos mil seis guion ciento setenta y dos guion SB, es la del abogado MORDAZA Rejas Almeyda. Quinto. Que, en consecuencia, se infiere que el investigado Rejas MORDAZA no solo ejercio el MORDAZA legal incompatible con su calidad de servidor del Poder Judicial, sino que ademas uso los bienes de este Poder del Estado para actividades distintas a las funciones propias de su cargo. Asi las cosas, incurrio en notoria conducta irregular, vicios y costumbres que menoscaban el decoro y la responsabilidad del cargo; infringio los deberes y prohibiciones establecidos en la ley; e incumplio la prohibicion de usar los bienes del Poder Judicial para fines e intereses particulares, de conformidad con los articulos 201°, incisos 1 y 6, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial -vigente a la fecha de ocurridos los hechos-, y 43°, inciso f, del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial. Por lo que corresponde imponerle la medida disciplinaria de destitucion, de conformidad con el articulo 211° del Texto Unico Ordenado del Poder Judicial, tambien vigente al tiempo de los hechos, materia de investigacion. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 9262012 de la cuadragesima novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro Guerra; de conformidad con el informe del senor Chaparro Guerra; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por Unanimidad. SE RESUELVE: Primero. Imponer medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor judicial MORDAZA MORDAZA Rejas MORDAZA, en su actuacion como Secretario Judicial del Juzgado Especializado Civil de Chincha, Corte Superior de Justicia de Ica. Segundo. Disponer la inscripcion de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 894283-8

Sancionan con destitucion a Juez de Paz del distrito de San MORDAZA de MORDAZA, Distrito Judicial de Ica
INVESTIGACION ODECMA N° 524-2008-ICA MORDAZA, veinte de agosto de dos mil doce.VISTA: La Investigacion ODECMA numero quinientos veinticuatro guion dos mil ocho guion Ica seguida contra el senor HULVI MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Juez de Paz del Distrito de San MORDAZA de MORDAZA, Distrito Judicial de Ica, a merito de la propuesta de destitucion formulada

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