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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de enero de 2013 487002 procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del inmueble con un área superfi cial de 26,400.00 m2, constituido por la Parcela del Fundo Santa Rosa identifi cada con Unidad Catastral Nº 10206, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11047925 de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre el cual se desarrolla la Urbanización La Alborada de Santa Rosa III, de conformidad con el Plano signado con N° 004- 2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, AUTORIZANDO a Inmobiliaria Casagrande S.R.L. para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses computados a partir del ingreso del Expediente del Visto; De conformidad con el artículo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Artículo 201º, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, Ordenanza N° 341-MML y Ordenanza Nº 1015-MML; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del inmueble con un área superfi cial de 26,400.00 m2, constituido por la Parcela del Fundo Santa Rosa identifi cada con Unidad Catastral Nº 10206, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11047925 de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre el cual se desarrolla la Urbanización La Alborada de Santa Rosa III, de conformidad con el Plano signado con N° 004- 2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DECLARAR cumplidas las obras de agua potable, alcantarillado y electrifi cación y autorizar a Inmobiliaria Casagrande S.R.L. para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses las Obras faltantes de Habilitación Urbana como son las obras de pavimentación de pistas y veredas y señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 26,400.00 m2. El inicio de la vigencia de la presente resolución será computado a partir del ingreso del expediente cuya fecha es 10 de Julio de 2012, venciendo el plazo el 09 de Julio de 2015. La prórroga deberá solicitarse dentro de los treinta días calendario, anteriores al vencimiento de la presente. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta 26,400.00 Área Útil 15,301.39 Área de Vías 11,098.61 PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a los dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACIÓN URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero del 2001. Artículo Tercero.- CONSIDERAR esta habilitación urbana con Construcción Simultánea debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción ante la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Corporación Municipal de conformidad con lo dispuesto por la Ley 29090 y su reglamento aprobado mediante DS. 024-2008-VIVIENDA. Artículo Cuarto.- DISPONER a INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.L. el pago de los défi cits de aportes de Recreación Pública por el área de 2,112.00 m2 y Otros Fines por el área de 792.00 m2, a redimirse en dinero a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, y del aporte de Ministerio de Educación por el área de 528.00 m2, a redimirse en dinero al Ministerio de Educación, quedando en garantía los lotes 1 al 47 de Manzana “A”, lotes 1 al 23 de Manzana “B”, lotes 1 al 22 de Manzana “C” y lotes 1 al 19 de Manzana “D” de la Urbanización La Alborada de Santa Rosa III, los cuales serán cancelados antes de la recepción de obras de habilitación urbana. Artículo Quinto.- DISPONER la inscripción individualizada de los lotes en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que hacen un total de 111 Lotes de Vivienda, distribuidos en 4 manzanas, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. Artículo Sexto.- AUTORIZAR a INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.L. la venta garantizada y la inscripción de los contratos de compra venta de los lotes que forman parte de la presente habilitación urbana ejecutada. Artículo Sétimo.- REMITIR un original del FUHU, de los planos de trazado y lotización, la Memoria Descriptiva y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción del lote resultante y al Ministerio de Educación para su conocimiento. Artículo Octavo.- DISPONER la Publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” para su publicación, en un plazo que no debe exceder de los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo del propietario del predio objeto de la Habilitación Urbana.