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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de enero de 2013 487000 participar de un espacio nutrido presididos por importantes fi guras regionales, internacionales y locales, que debatirán el intercambio de experiencias en seguridad ciudadana, buenas prácticas en la formación y capacitación de gestores públicos bajo el respeto integral de los derechos humanos y la equidad de género; Que, el Despacho de Alcaldía, considerando la importancia del mismo, ha recomendado que la Licenciada en Psicología, Srta. Catherine Roxana Vera Novoa encargada del Programa de la Mujer de la Sub Gerencia de Promoción Social y Económica, asista en su representación al citado evento; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece las normas que regulan la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público, en concordancia con la Ley de Presupuesto y las normas de austeridad vigentes; Que, el artículo 10 de la Ley N° 29951 de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013, establece que el requerimiento de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en el numeral 10.1, en el caso de gobiernos locales, se autoriza mediante Acuerdo del Concejo y se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Memorándum Nº 158-2013/MDJM/ GPP del 22 de enero del 2013, la Gerencia Planeamiento y Presupuesto ha determinado que los gastos que irroga la asistencia al referido evento, comprende pasajes de ida y vuelta, cuyo monto total asciende a S/. 3,519.20; y que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva de acuerdo a la Partida Presupuestal 2.3.2.1.11; Que, con Informe Nº 074-2013-MDJM-GAJyRC del 21 de enero de 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina se autorice por excepción el viaje al exterior de la Lic. Catherine Roxana Vera Novoa a la ciudad de Porto Alegre, República de Brasil, que mantiene vínculo laboral con la Municipalidad bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS y que corresponde que su autorización para viajar al exterior se formalice mediante Acuerdo de Concejo, en aplicación de lo dispuesto por el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29951; EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY N° 27972 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL, ARRIBO AL SIGUIENTE; ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORÍZASE, por excepción, el viaje en representación y comisión de servicios a la señorita Lic. Catherine Roxana Vera Novoa, servidora bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios – CAS- de la Municipalidad de Jesús María, a la ciudad de Porto Alegre, República Federativa de Brasil, los días 30 y 31 de enero de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Los costos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a los recursos según se detalla en la parte considerativa del presente Acuerdo, ascendiendo al monto de S/. 3,519.20. Artículo Tercero.- La citada persona efectuará al Concejo Municipal un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Municipalidad de Jesús María, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo no otorga derecho de exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 894240-2 Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 395-MDJM mediante la cual se aprobaron diversos beneficios tributarios y administrativos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2012-MDJM Jesús María, 21 de diciembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA VISTO; el Memorando Nº 565-2012-MDJM-GR de la Gerencia de Rentas, de fecha 21 de diciembre del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Ordenanza Nº 395-MDJM, se aprobaron diversos benefi cios tributarios y administrativos para que, de manera excepcional, los contribuyentes e infractores pudieran regularizar sus obligaciones pendientes, con las mayores facilidades, fi jándose el vencimiento para el 07 de diciembre del 2012; Que, el Artículo Décimo de la Ordenanza precitada faculta al Alcalde para dictar las medidas complementarias para la aplicación adecuada de la norma, así como para la prórroga del vencimiento de los benefi cios que la misma prevé; Que, resulta necesario ampliar los benefi cios otorgados a fi n de que un número mayor de vecinos, pueda dar cumplimiento a la totalidad de sus obligaciones; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY Nº 27972, ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 12 de enero del 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 395-MDJM. Artículo Segundo .- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión de la misma. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su promulgación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 894233-1 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2013-MDJM Jesús María, 11 de enero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA; VISTO; el Memorando Nº 027-2013-MDJM-GR de la Gerencia de Rentas, de fecha 11 de enero del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Ordenanza Nº 395-MDJM, se aprobaron diversos benefi cios tributarios y administrativos para que, de manera excepcional, los contribuyentes e infractores pudieran regularizar sus obligaciones pendientes, con las mayores facilidades, fi jándose el vencimiento para el 07 de diciembre del 2012; Que, el Artículo Décimo de la Ordenanza precitada faculta al Alcalde para dictar las medidas complementarias para la aplicación adecuada de la norma, así como para la prórroga del vencimiento de los benefi cios que la misma prevé; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 017-2012- MDJM, se prorrogó hasta el 12 de enero del 2013 la vigencia de la referida Ordenanza;