Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2013 (27/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

487001

Que, resulta necesario ampliar los beneficios otorgados a fin de que un numero mayor de vecinos, pueda dar cumplimiento a la totalidad de sus obligaciones; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTICULO 20 DE LA LEY Nº 27972, ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGUESE hasta el 02 de febrero del 2013, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 395-MDJM. Articulo MORDAZA .- ENCARGUESE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente MORDAZA, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusion de la misma. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en MORDAZA al dia siguiente de su promulgacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 894233-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban regularizacion de habilitacion MORDAZA de inmueble ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 007-2013-SGCHU-GDU/MDSMP San MORDAZA de Porres, 17 de enero de 2013 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Expediente Nº 36235-01-2012 de fecha 10 de MORDAZA de 2012 y acumulados, promovido por INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.L., representado por su Gerente General Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Refulio, mediante el cual solicita la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" del inmueble con un area de 26,400.00 m2, constituido por la Parcela del Fundo MORDAZA MORDAZA identificada con Unidad Catastral Nº 10206, inscrito en la Partida Electronica Nº 11047925 de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre el cual se desarrolla la Urbanizacion La Alborada de MORDAZA MORDAZA III, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de

derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones Nº 29090, vigente cuando se inicio el presente tramite, en su Art. 1º establece la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de las licencias de habilitacion MORDAZA y de edificacion, con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria; Que, mediante Expediente N° 36235-01-2012 de fecha 10 de MORDAZA de 2012 y acumulados, INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.L., representada por su Gerente General Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Refulio, solicita la aprobacion del tramite de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del inmueble con una extension superficial de 26,400.00 m2, constituido por la Parcela del Fundo MORDAZA MORDAZA identificada con Unidad Catastral Nº 10206, donde se desarrolla la Urbanizacion La Alborada de MORDAZA MORDAZA III, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, con Codificado Nº 68351-01-2012 de fecha 28 de Diciembre de 2012, INMOBILIARIA CASAGRANDE S.R.L. adjunta documentacion tecnica rectificando las observaciones senaladas en Oficio Nº 1221-2012SGCyHU-GDU/MDSMP de fecha 10 de Diciembre del 2012; Que, mediante Valorizacion Nº 027-2012-SGCyHUGDU-MDSMP de fecha 28 de Diciembre del 2012, se calculo el deficit de aportes de Recreacion Publica en un area de 2,112.00 m2 y de Otros Fines en un area de 792.00 m2, cuyos montos ascienden a la suma de S/. 13,578.38 y S/. 7,920.00 nuevos soles, respectivamente, y el valor por Proyectos y Control de Obras cuyo monto total asciende a la suma de S/. 7,742.50 nuevos soles. Posteriormente, mediante Recibo de Pago Nº 4313000366 de fecha 11 de Enero de 2013, pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, acredita la cancelacion de la valorizacion por Proyectos y Control de Obras, quedando en garantia de pago por los deficit de aportes por Recreacion Publica, Otros Fines y Ministerio de Educacion a los lotes 1 al 47 de la Manzana "A", lotes 1 al 23 de la Manzana "B", lotes 1 al 22 de la Manzana "C" y lotes 1 al 19 de la Manzana "D" de la Urbanizacion La Alborada de MORDAZA MORDAZA III, cumpliendo en superar las areas de 2,112.00 m2, 792.00 m y 528.00 m2, respectivamente, resultantes del calculo de deficits de los aportes de Recreacion Publica, Otros Fines y Ministerio de Educacion a traves del Reglamento Nacional de Edificaciones; Que, mediante el Informe Nº 024-2013-GRNDSGCyHU-GDU-MDSMP de fecha 14 de Enero del 2013, el tecnico del area de habilitaciones urbanas senala que el administrado ha cumplido con la MORDAZA de los requisitos establecidos en la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29090 y el MORDAZA de esta corporacion; y la inspeccion ocular practicada verifica que el plano presentado coincide con lo fisicamente existente en el terreno, observandose que existe una consolidacion de viviendas (al 100%), constatandose la existencia de los servicios de energia electrica, agua potable y alcantarillado. Asimismo se indica que la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del inmueble constituido por la Parcela del Fundo MORDAZA MORDAZA identificada con Unidad Catastral Nº 10206, calificado con Uso Residencial de Densidad Media "RDM", sobre el que se desarrolla la Urbanizacion La Alborada de MORDAZA MORDAZA III, cumple con los planes urbanos respecto a la zonificacion, vias y aportes reglamentarios; Que, estando el Informe Nº 008-2013-RPG-GDU/ MDSMP de fecha 17 de Enero del 2013, emitido por el area legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta entidad administrativa, donde senala que habiendose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley,

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