Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2013 (31/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2013

i) SUNAT : Al sistema informatico disponible en la Internet, que Operaciones permite realizar operaciones en forma telematica, en Linea entre el usuario y la SUNAT. j) SUNAT Virtual : Al MORDAZA de la SUNAT en la Internet, cuya direccion es http://www.sunat.gob.pe.

2. Si tiene saldo a favor por rentas del capital ­ MORDAZA categoria y/o rentas de fuente extranjera: a) Haber presentado el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas a traves de SUNAT Virtual consignando la opcion (1) en la MORDAZA 361 y un monto mayor a cero (0) en la MORDAZA 360 del citado formulario. b) Ingresar al enlace "Solicitud de devolucion ­ Rentas del Capital ­ MORDAZA Categoria", habilitado en SUNAT Operaciones en Linea, inmediatamente despues de haber realizado la MORDAZA a que se refiere el literal anterior. De no ingresar al citado enlace en dicha oportunidad, el declarante solo podra solicitar la devolucion del saldo a favor por rentas del capital ­segunda categoria y/o rentas de fuente extranjera, presentando en la dependencia de la SUNAT que corresponda, el escrito fundamentado al que adjuntara el Formulario Nº 4949 "Solicitud de devolucion", salvo que rectifique o sustituya el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas. c) No tener una solicitud de devolucion de pagos indebidos o en exceso del Impuesto a la Renta por rentas del capital ­ MORDAZA categoria correspondiente al ejercicio gravable 2012 o del saldo a favor por rentas del capital ­ MORDAZA categoria y/o rentas de fuente extranjera que se encuentre pendiente de atencion por la SUNAT. d) No haber sido notificado por la SUNAT con una resolucion que declare improcedente, procedente o procedente en parte una solicitud de devolucion de pagos indebidos o en exceso del impuesto a que se refiere el literal anterior o de devolucion del saldo a favor por rentas del capital ­ MORDAZA categoria y/o rentas de fuente extranjera. 3. Si tiene saldo a favor por rentas del trabajo: a) Haber presentado a traves de SUNAT Virtual, el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas consignando la opcion (1) en la MORDAZA 140 o el Formulario Virtual Nº 681 ­ Simplificado Renta Anual 2012 ­ Persona Natural seleccionando la opcion "Devolucion", y un monto mayor a cero (0) en la MORDAZA 141 de dichos formularios. b) Ingresar al enlace "Solicitud de devolucion ­ Rentas del Trabajo", habilitado en SUNAT Operaciones en Linea, inmediatamente despues de haber realizado la MORDAZA a que se refiere el literal anterior. De no ingresar al citado enlace en dicha oportunidad, el declarante solo podra solicitar la devolucion del saldo a favor por rentas del trabajo presentando en la dependencia de la SUNAT que corresponda el escrito fundamentado al que adjuntara el Formulario Nº 4949 "Solicitud de devolucion", salvo que se rectifique o sustituya la declaracion a que alude el literal anterior. c) No tener una solicitud de devolucion de pagos indebidos o en exceso del impuesto a que se refiere el articulo 53° de la Ley correspondiente al ejercicio gravable 2012 o del saldo a favor por rentas del trabajo que se encuentre pendiente de atencion por la SUNAT. d) No haber sido notificado por la SUNAT con una resolucion que declare improcedente, procedente o procedente en parte una solicitud de devolucion de pagos indebidos o en exceso del impuesto a que se refiere el literal anterior o de devolucion del saldo a favor por rentas del trabajo. 4. Si tiene saldo a favor por rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera: a) Haber presentado a traves de SUNAT Virtual, el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas consignando la opcion (1) en la MORDAZA 140 y un monto mayor a cero (0) en la MORDAZA 141 de dicho formulario. b) Ingresar al enlace "Solicitud de devolucion ­ Rentas del Trabajo", habilitado en SUNAT Operaciones en Linea, inmediatamente despues de haber realizado la MORDAZA a que se refiere el literal anterior. De no ingresar al citado enlace en dicha oportunidad, el declarante solo podra solicitar la devolucion del saldo a favor por rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera presentando en la dependencia de la SUNAT que corresponda el escrito fundamentado al que adjuntara el Formulario Nº 4949 "Solicitud de devolucion", salvo que se rectifique o sustituya el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas. c) No tener una solicitud de devolucion de pagos indebidos o en exceso del impuesto a que se refiere el articulo 53° de la Ley correspondiente al ejercicio gravable 2012 o del saldo a favor por rentas del trabajo y/o rentas de

Articulo 2°.- SUPUESTOS EN LOS QUE PROCEDE PRESENTAR LA SOLICITUD DE DEVOLUCION DEL SALDO A FAVOR POR RENTAS DEL CAPITAL Y/O RENTAS DEL TRABAJO Y/O RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL El declarante que presente el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas o el Formulario Virtual Nº 681 ­ Simplificado Renta Anual 2012 ­ Persona Natural a traves de SUNAT Virtual, puede solicitar la devolucion del saldo a favor por rentas del capital ­ primera categoria, rentas de capital ­ MORDAZA categoria y/o rentas de fuente extranjera, y rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera; o por rentas de capital ­ primera categoria y/o por rentas del trabajo; respectivamente, a traves del Formulario Nº 4949 "Solicitud de devolucion" o mediante SUNAT Virtual. Articulo 3°.- FORMA DE MORDAZA DE LA SOLICITUD DE DEVOLUCION DEL SALDO A FAVOR POR RENTAS DEL CAPITAL Y/O RENTAS DEL TRABAJO Y/O RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA A TRAVES DE SUNAT VIRTUAL El declarante que opte por solicitar, a traves de SUNAT Virtual, la devolucion de los saldos a favor por las rentas senaladas en el articulo anterior, debera utilizar un Formulario Virtual Nº 1649 "Solicitud de Devolucion" por cada uno de dichos saldos. Para tal efecto, la informacion que hubiera correspondido consignar en el escrito fundamentado a que se refiere el articulo 31° del Reglamento de Notas de Credito Negociables, aprobado por el Decreto Supremo Nº 126-94EF y normas modificatorias, debera ser incorporada en el Formulario Virtual Nº 1649 "Solicitud de devolucion". Articulo 4°.- CONDICIONES PARALAPRESENTACION DEL FORMULARIO VIRTUAL Nº 1649 "SOLICITUD DE DEVOLUCION" Para solicitar la devolucion del saldo a favor por rentas del capital ­ primera categoria, y/o del saldo a favor por rentas del capital ­ MORDAZA categoria y/o rentas de fuente extranjera, y/o del saldo a favor por rentas del trabajo, y/o del saldo a favor por rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera del ejercicio gravable 2012 mediante el Formulario Virtual Nº 1649 "Solicitud de devolucion", el declarante debera cumplir con cada una de las siguientes condiciones: 1. Si tiene saldo a favor por rentas del capital ­ primera categoria: a) Haber presentado a traves de SUNAT Virtual, el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 ­ Persona Natural ­ Otras Rentas consignando la opcion (1) en la MORDAZA 160 o el Formulario Virtual Nº 681 ­ Simplificado Renta Anual 2012 ­ Persona Natural seleccionando la opcion "Devolucion", y un monto mayor a cero (0) en la MORDAZA 159 de dichos formularios. b) Ingresar al enlace "Solicitud de devolucion ­ Rentas del Capital ­ Primera Categoria", habilitado en SUNAT Operaciones en Linea, inmediatamente despues de haber realizado la MORDAZA a que se refiere el literal anterior. De no ingresar al citado enlace en dicha oportunidad, el declarante solo podra solicitar la devolucion del saldo a favor por rentas del capital ­ primera categoria presentando en la dependencia de la SUNAT que corresponda el escrito fundamentado al que adjuntara el Formulario Nº 4949 "Solicitud de devolucion", salvo que se rectifique o sustituya la declaracion a que alude el literal anterior. c) No tener una solicitud de devolucion de pagos indebidos o en exceso del Impuesto a la Renta por rentas del capital ­ primera categoria correspondiente al ejercicio gravable 2012 o del saldo a favor por rentas del capital ­ primera categoria que se encuentre pendiente de atencion por la SUNAT. d) No haber sido notificado por la SUNAT con una resolucion que declare improcedente, procedente o procedente en parte una solicitud de devolucion de pagos indebidos o en exceso del impuesto a que se refiere el literal anterior o de devolucion del saldo a favor por rentas del capital ­ primera categoria.

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