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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (22/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de febrero de 2013 488437 Cuarta.- Modifícase el artículo 12º de la Ordenanza Municipal Nº 020-2011/MDV que aprueba la Política Ambiental de Ventanilla y crea el Sistema de Gestión Ambiental Local en relación a la tramitación del Certifi cado de Conformidad Ambiental anterior o posterior a la Licencia de Funcionamiento, quedando éste como requisito para obtener la Licencia de Funcionamiento para los proyectos de inversión regulados a través de esta ordenanza. Quinta.- Incluir en el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas- RAMSA las infracciones y sanciones que se derivan de la presente Ordenanza Municipal o modifi car las existentes en los casos oportunos. Sexta.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA con las especifi caciones derivadas de la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 903170-2 Disponen aplicar para el Ejercicio 2013 la determinación de Tasas de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito, según lo establecido en la Ordenanza Nº 025-2009/MDV ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2013/MDV-CDV Ventanilla, 17 de enero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal del 17 de enero del 2013, el Dictamen Nº 03-2013 MDV-CRM del 15 de enero del 2013 de la Comisión de Rentas Municipales; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúan que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe del visto, la Gerencia de Rentas Municipales señala que la Municipalidad Provincial del Callao, con fecha 28 de diciembre del 2012, remitió a este Corporativo Edil el Acuerdo de Concejo Nº 165-2012 de fecha 21 de diciembre del 2012 en el que se desestima la ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 018-2012/ MDV que aprobó el Régimen Tributario de los arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, para el ejercicio 2013. El artículo 69º-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasa cobradas al 1º de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de precios al consumidor, vigente en la capital del departamento, correspondiente a dicho ejercicio fi scal. Que, mediante Ordenanza Nº 025-2009/MDV ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 000317 publicada el 30 de Diciembre del 2009, se aprobó el Régimen de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2010, siendo de aplicación también para el ejercicio 2011 según lo estableció en la Ordenanza Nº 025-2010 modifi cada por Ordenanza Nº 031-2010, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 316 de la Municipalidad Provincial del Callao; así como para el ejercicio 2012, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 030-2011/MDV. Que, con la fi nalidad de brindar los servicios públicos de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2013, así como efectuar la cobranza correspondiente de dicho ejercicio, resulta necesario aprobar la Ordenanza que disponga la aplicación de lo dispuesto en el artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, asimismo, resulta pertinente establecer las fechas de vencimiento para el pago de los arbitrios municipales del ejercicio 2013, teniendo en cuenta que la norma XII del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que “para efectos de los plazos establecidos en las normas tributarias deberá considerarse lo siguiente (…) b) Los plazos expresados en días se entenderán referidos a días hábiles; por lo que es necesario publicar el calendario de vencimientos. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º numeral 8 y 9 y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, y artículo 41 del Texto Único Ordenado del Código Tributario; el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE DISPONE LA APLICACIÓN PARA EL EJERCICIO 2013 LA DETERMINACIÓN DE LAS TASAS DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO EN EL DISTRITO DE VENTANILLA SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA Nº 025-2009/MDV Artículo Primero.- Marco legal aplicable. Aplíquese para el ejercicio 2013, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 025-2009/MDV, ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 000317 de la Municipalidad Provincial del Callao y publicado el 30 de Diciembre del 2009. Artículo Segundo.- Determinación de los costos y las tasas de los arbitrios municipales. Para el ejercicio 2013, se aplicarán los costos y tasas de los servicios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo, el monto de las tasas cobradas al 1 de enero del año fi scal anterior, conforme a la determinación establecida en la Ordenanza Nº 025-2009/ MDV, reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor del año 2012. Artículo Tercero.- Vencimiento de plazos para el pago de los arbitrios municipales. Establecer las fechas de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2013, conforme a lo siguiente: • 1º Cuota (Enero, Febrero y Marzo) : 28 de Febrero • 2º Cuota (Abril, Mayo y Junio) : 31 de Mayo • 3º Cuota (Julio, Agosto y Setiembre) : 29 de Agosto • 4º Cuota (Octubre Noviembre y Diciembre) : 29 de Noviembre Artículo Cuarto.- Deróguese todas las normas y/o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 903173-1