Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (22/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de febrero de 2013 488432 Formulación de Planes Regionales de Acuicultura por parte de los Gobiernos Regionales, asimismo ha incorporado las recomendaciones, aportes y sugerencias brindadas a través de la Dirección General de Acuicultura, toda vez que se enmarca en los objetivos y lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo Acuícola 2010-2021; Que, mediante el OFICIO Nº 382-2012-GRP-GGR/ GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, adjunta el INFORME Nº 248-2012-GRP-GRPPAT/SGPEOT, de la Sub Gerencia de Planifi cación estratégica y Ordenamiento Territorial, con la que remiten el Plan Regional de Acuicultura de Pasco 2012-2021, para que se apruebe en el Consejo Regional, el mismo que se encuentra articulado con el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2010-2021, con el Plan Estratégico Institucional 2011-2014, con el Plan de Infraestructura Económica de la Provincia de Oxapampa 2008-2013, y con el Plan Estratégico de Desarrollo Económico de la Región Pasco 2012-2016; Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente. ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR Plan Regional de Acuicultura de Pasco 2012 – 2021, que anexo adjunto constituye parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DELEGAR a la Gerencia Regional Desarrollo Económico y Dirección Regional de la Producción, el cumplimiento a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Pasco la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario El Peruano y el portal electrónico del Gobierno Regional de Pasco, para el conocimiento de toda la Región. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los tres días del mes de julio del dos mil doce. SIMON RIDEL ASTETE BENITES Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los tres días del mes de julio del dos mil doce. KLEVER U. MELENDEZ GAMARRA Presidente 903669-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal de Barranco ORDENANZA Nº 376-MDB Barranco, 18 de octubre del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO: POR CUANTO: El Concejo Municipal en la XIX Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 008- 2012-CAJ-MDB del 15 de octubre del 2012, que recomienda al Pleno del Concejo la aprobación del Proyecto de Ordenanza que contiene el Reglamento Interno del Concejo, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, POR UNANIMIDAD de los miembros del Concejo, Ha dado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Barranco, que contiene 5 Títulos, 11 Capítulos, 109 artículos y 4 Disposiciones Transitorias y Finales. Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y del Reglamento Interno del Concejo en el Portal Institucional www.munibarranco.gob.pe POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESSICA A. VARGAS GÓMEZ Alcaldesa 903525-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ratifican aprobación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad y del Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo 2012 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2013/MDSMP San Martín de Porres, 11 de Enero del 2013. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo 2012 de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, ha sido elaborado y aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, como parte de sus funciones establecidas en los literales b) y c) del Reglamento de la Ley N° 29783 - de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado con Decreto Supremo N° 005- 2012-TR; Que, al respecto existen las opiniones favorables de la Gerencia de Administración y Finanzas (Memorándum Nº 2896-2012-GAF-MDSMP), Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Informe Nº 124-2012-GPP/MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 607-2012- GAJ/MDSMP); siendo necesario ratifi car la aprobación de estos instrumentos de gestión en materia de seguridad y salud en el trabajo; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas, así como Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; artículo 17 de la Ley N° 27444 – del Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29783 – de Seguridad y Salud en el Trabajo; así como el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2012-TR;