Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2013 (28/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2013

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Aprueban actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Superintendencia del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE SUPERINTENDENTE Nº 029-2013-SMV/02
MORDAZA, 27 de febrero de 2013 La Superintendente del MORDAZA de Valores VISTOS: El Expediente 2013006475 y el Informe Nº 190-2013SMV/07 del 25 de febrero de 2013, presentado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendente Nº 1102012-SMV/02 del 13 de septiembre de 2012 se efectuo el reordenamiento de los cargos contenidos en el CAP de la SMV, a fin de optimizar la operatividad del Organo de Control Interno, de la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial y de la Oficina de Asesoria Juridica; Que, el ultimo parrafo del articulo 16° de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las entidades de la Administracion Publica, aprobados mediante Decreto Supremo N°043-2004PCM (en adelante, Los Lineamientos), dispone que en el supuesto mencionado anteriormente, debe actualizarse el CAP y autorizarse su publicacion mediante Resolucion del titular; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 13º y 16° de Los Lineamientos, los articulos 2° y 3° de la Ley N° 29091, los numerales 3.2 y 3.3 del articulo 3° y el articulo 4° del Reglamento de la Ley N° 29091 aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2008-PCM asi como el numeral 21 del articulo 3° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por el Decreto Ley N° 26126; RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, la que como anexo se adjunta a la presente. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA de Estado Peruano y en el MORDAZA de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 3°.- Disponer la publicacion del anexo de la presente resolucion en el MORDAZA de Estado Peruano y en el MORDAZA de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores

Primera.- De acuerdo con lo establecido en el Articulo 12º de la Ley N° 29325, la funcion de supervision directa puede ejercerse a traves de terceros supervisores, en cuyo caso las disposiciones del presente Reglamento les resultan aplicables en lo que fuere pertinente, independientemente de su modalidad de contratacion. En este MORDAZA, para efectos de lo que establece el Articulo 425º del Codigo Penal, las personas naturales independientes y las personas naturales responsables de los informes que emitan las personas juridicas, asi como sus representantes legales, seran consideradas como funcionarios publicos. Segunda.- Conforme a la actual estructura organica del OEFA, entiendase que: (i) la Autoridad de Supervision Directa es la Direccion de Supervision, (ii) la Autoridad Instructora es el organo correspondiente de la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos, y (iii) la Autoridad de Evaluacion Ambiental es la Direccion de Evaluacion. Tercera.- Mediante directivas aprobadas por Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo se podran desarrollar procedimientos especificos de supervision que complementen el presente Reglamento u otros mecanismos de supervision a los administrados. Cuarta.- En un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles contado a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Reglamento, los administrados bajo el ambito de competencias del OEFA deberan remitira a esta entidad: (i) el formato digital de los instrumentos de gestion ambiental y sus modificaciones, respecto de las actividades bajo su responsabilidad; y (ii) los requisitos de seguridad y material de capacitacion en dicha materia que permitan a los supervisores acceder a sus instalaciones sin restricciones adicionales. Quinta.- Si como resultado de las acciones de supervision directa efectuadas por el OEFA se advierten deficiencias de los instrumentos de gestion ambiental, la Autoridad de Supervision Directa informara de manera sustentada acerca de dicha situacion ante la autoridad de certificacion ambiental competente para que adopte las medidas correspondientes, sin perjuicio de disponer, mediante mandatos de caracter particular, que el administrado solicite a la autoridad competente la actualizacion de su instrumento de gestion ambiental. Sexta.- En un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicado el presente Reglamento, el Consejo Directivo del OEFA aprobara el Procedimiento para el Reporte de Emergencias Ambientales. En tanto no se apruebe dicho procedimiento, seran de aplicacion los procedimientos de reporte de emergencias actualmente vigentes. Setima.- En el MORDAZA de lo establecido en el Numeral 20.2 del Articulo 20º del presente Reglamento, los administrados bajo el ambito de competencia del OEFA deberan remitir a esta entidad los programas o planes de mantenimiento de sus instalaciones correspondientes al ano en curso, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Reglamento.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Primera.- Este Reglamento puede ser aplicado de manera supletoria por las Entidades de Fiscalizacion Ambiental Nacional, Regional o Local (EFA) para el ejercicio de la funcion supervisora a su cargo, en el MORDAZA de sus competencias, en tanto no se apruebe el Reglamento de Fiscalizacion Ambiental modelo por parte del OEFA. Segunda.- La obligacion de contar con un Informe Tecnico Acusatorio para la emision de la resolucion de imputacion de cargos no sera exigible en los casos que los Informes de Supervision se encontraban en tramite de evaluacion ante la Autoridad de Instruccion de la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos para el inicio del procedimiento administrativo sancionador a la fecha de entrada de vigencia del MORDAZA Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del OEFA, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 012-2012-OEFA/CD.

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en la XVI Ronda de Negociaciones del TPP a realizarse en , Singapur
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 064-2013/SUNAT MORDAZA, 27 de febrero de 2013

906002-1

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