Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2013 (03/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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El Peruano Miercoles 3 de MORDAZA de 2013

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Dan por concluida designacion y encargan funciones de Secretaria Tecnica de la Comision adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 134-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 24 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 103-2008-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de noviembre de 2008, el Consejo Directivo del Indecopi designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Secretario Tecnico de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Loreto; Que, por Acuerdo Nº 033-2013 adoptado por el Consejo Directivo en su sesion de fecha 27 de MORDAZA de 2013, dicho organo directriz decidio dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Secretario Tecnico de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de MORDAZA, aprobando la encargatura de las funciones de dicho cargo mientras dure el MORDAZA de contratacion de su MORDAZA titular; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Secretario Tecnico de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de MORDAZA, dandole las MORDAZA por los servicios prestados en el ejercicio de dicho cargo. Articulo 2º.- Encargar a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA las funciones de Secretaria Tecnica de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de MORDAZA, con efectividad anticipada al 13 de MORDAZA de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 956636-1

CONSIDERANDO: Que, el inciso j) del articulo 5° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, establece como funciones del Consejo Directivo del Indecopi, ademas de las expresamente establecidas en la referida Ley, aquellas otras que le MORDAZA encomendadas; Que, en esa linea, el inciso o) del articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, dispone que son funciones del Consejo Directivo del Indecopi, aquellas que le MORDAZA asignadas por normas sectoriales y reglamentarias; Que, el articulo 5° del Decreto Supremo N° 0312011-PCM, Reglamento que Establece Mecanismos para la Propuesta y Designacion de los Representantes de las Entidades y Gremios al Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, senala que corresponde al Consejo Directivo del Indecopi, dictar las directivas que resulten necesarias para la implementacion y funcionamiento del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor Que, mediante Informe N° 046-2013/DPC-INDECOPI, la Direccion de la Autoridad Nacional de Proteccion del Consumidor, presento ante el Consejo Directivo del Indecopi el proyecto de Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Indecopi; y, De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva N° 0042013/DIR-COD-INDECOPI denominada "Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA Nº 004-2013/DIR-COD-INDECOPI DIRECTIVA DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCION DEL CONSUMIDOR MORDAZA, 10 de junio de 2013 I. OBJETIVO Establecer las normas y procedimientos internos que deberan ser observados por el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, respecto de la convocatoria, celebracion de sesiones, quorum de instalacion y adopcion de acuerdos, en el MORDAZA de las funciones asignadas en el Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor, aprobado por Ley Nº 29571. II. ALCANCES El presente reglamento sera de aplicacion para los miembros del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor (titulares y alternos), designados por la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta de las entidades y gremios que conforman el referido Consejo, asi como para el personal que presta apoyo en el desarrollo de las acciones del citado colegiado. III. BASE LEGAL 1. Ley Nº 29571, Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor. 2. Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM, Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designacion de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor.

Aprueban Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 135-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 24 de junio de 2013

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