Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2013 (03/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Miercoles 3 de MORDAZA de 2013

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2013 al 31 de octubre de 2013, aprobado en el Articulo 1° de la Resolucion OSINERGMIN N° 063-2013-OS/CD, de la siguiente forma: Empresa Edelnor Sistema MORDAZA Norte FBP MT FBP BT FBP 0,9293 0,9633

El Peruano el 27 de MORDAZA de 2013, se aprobo el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT del sistema de distribucion electrica MORDAZA Norte perteneciente a la empresa Edelnor para el periodo 01 de MORDAZA de 2013 al 31 de octubre de 2013 y aprobo asimismo el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT de los sistemas de distribucion electrica con demanda MORDAZA mayor a 12 MW para el periodo indicado; Que, de conformidad con los principios de neutralidad y no discriminacion contenidos en los Articulos 5 y 6 el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, OSINERGMIN se encuentra obligado a velar por la neutralidad de la operacion de las actividades que desarrollan las entidades sujetas a su regulacion y senala que las decisiones y acciones del Organismo Regulador deben orientarse a garantizar que las entidades no MORDAZA discriminadas, de manera que se coloque a unas, en ventaja competitiva e injustificada frente a otras; Que, de acuerdo con el MORDAZA de imparcialidad consagrado en el numeral 1.5 del Articulo IV de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las autoridades administrativas actuan sin ninguna clase de discriminacion entre los administrados, otorgandoles tutela y tratamiento igualitarios frente al procedimiento, resolviendo conforme al ordenamiento juridico y con atencion al interes general; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2013, la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronorte Medio S.A., presento Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion cuestionando la Tasa Anual de Crecimiento Poblacional utilizada en el calculo del Factor de Crecimiento Vegetativo (FCVV) para determinar el FBP. Al resolver dicho recurso, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 121-2013-OS/CD, OSINERGMIN concluyo que debia utilizarse como fuente, para el calculo de la Tasa de Crecimiento Poblacional, las proyecciones de poblacion publicadas por el INEI y con ello resulta un FBP distinto al fijado en la Resolucion, por los fundamentos expuestos en la misma y en sus informes sustentatorios; Que, como consecuencia del analisis del recurso impugnativo y de acuerdo con lo previsto en los principios de neutralidad, no discriminacion e imparcialidad, citados en los considerandos precedentes, el OSINERGMIN determino la necesidad de expedir la presente resolucion de oficio, con el objeto de extender el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) para las empresas para los cuales se aprobo dicho factor, toda vez que segun lo previsto en los principios indicados; corresponde calcular la Tasa Anual de Crecimiento Poblacional con la MORDAZA informacion disponible del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) a todas las empresas; Que, con relacion a la presente resolucion, se ha expedido, el Informe N° 306-2013-GART de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN, el mismo que contienen la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, Numeral 4, de la Ley 27444. Ley de Procedimiento Administrativo General1; y De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesion Nº 18-2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT del sistema de distribucion electrica MORDAZA Norte perteneciente a la empresa Edelnor S.A.A para el periodo 01 de MORDAZA de

Articulo 2°.- Modifiquese el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT de los sistemas de distribucion electrica con demanda MORDAZA mayor a 12 MW vigente desde el 01 de MORDAZA de 2013 hasta el 31 de octubre de 2013, de la siguiente forma: Empresa Edecanete Edelnor Canete Huaral-Chancay MORDAZA Supe-Barranca Electrocentro Electronorte Huancayo MORDAZA Chiclayo Chiclayo Baja Densidad MORDAZA Hidrandina Chimbote MORDAZA Caraz-Carhuaz-Huaraz MORDAZA Electronoroeste Tumbes Sullana Paita Electro Oriente Electro MORDAZA Electrosur Electro Sur Este Iquitos Tarapoto Juliaca Ilo Tacna MORDAZA Chincha Electro Dunas Ica MORDAZA Ica Baja Densidad Electro Ucayali Luz del Sur Seal Pucallpa MORDAZA Sur MORDAZA 0,9078 0,9446 0,8613 0,9053 0,8777 1,0152 0,8219 0,8672 0,9926 0,9159 0,8696 0,9348 0,9488 Sistema FBP 0,8933

Articulo 3°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con el informe N° 306-2013-GART, en la pagina web del OSINERGMIN. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN
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Articulo 3.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: ... 4. Motivacion.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporcion al contenido y conforme al ordenamiento juridico. ... 956881-2

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