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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2013 (07/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Domingo 7 de julio de 2013 498861 De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; Decreto Legislativo N° 1140, que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior-ONAGI, Resolución Suprema N° 006-2013-IN, que designa a la Jefa de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2013-IN y el Decreto Supremo N° 003-2013- IN, que Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a partir de la fecha, a Aurelio Vargas Burga, en el cargo público de confi anza de Gobernador en el ámbito regional de Lambayeque. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el señor Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 958957-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban la renovación de vigencia de homologación de equipo para medición de emisiones vehiculares, a favor de empresa Igardi Herramientas S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 182-2013-MTC/16 Lima, 2 de mayo de 2013 Vista, la Carta GI-014/2013 con P/D N° 034562 presentada por la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. para que se renueve el plazo de vigencia de la homologación del equipo: Analizador de Gases, marca ALFATEST, modelo DISCOVERY G4; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fi n de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte; Que, el literal g) del artículo 76º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone que la Dirección de Gestión Ambiental, órgano de línea de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, tiene entre sus funciones homologar y autorizar la utilización de equipos para el control ofi cial de los Límites Máximos Permisibles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, se establecieron los Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes de vehículos automotores que circulen en la Red Vial, determinándose la obligación de homologar y autorizar los equipos a ser usados en el Control Ofi cial de estos límites por las autoridades competentes, a fi n de asegurar la calidad y confi abilidad de las mediciones para dicho control; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se estableció el procedimiento para la homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control ofi cial de límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores, cuyo artículo 12º prevé el procedimiento de renovación de la homologación, determinando los requisitos a seguir a fi n de que se les otorgue; Que, la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. obtuvo mediante Resolución Directoral Nº 008-2007-MTC/16 la homologación del equipo para medición de emisiones vehiculares: Analizador de Gases, marca ALFATEST, modelo DISCOVERY G4, con Código N° G-011-2007- DGASA-MTC, cuya vigencia se extendió por el plazo de dos (02) años contados a partir de su publicación; Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2009- MTC/16 se aprobó la renovación de la vigencia de homologación del equipo para medición de emisiones vehiculares: Analizador de Gases, marca ALFATEST, modelo DISCOVERY G4, con Código de Homologación G(R)-011- 2007-DGASA-MTC, a favor de la empresa en mención y cuyo plazo se extendió por el periodo de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, mediante Resolución Directoral N° 026- 2011-MTC/16, de fecha 03 de marzo de 2011 se aprobó la renovación de la vigencia de homologación del equipo para medición de emisiones vehiculares: Analizador de Gases, marca ALFATEST, modelo DISCOVERY G4, con Código de Homologación G(R)-011-2007-DGASA-MTC, a favor de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A., cuyo plazo se extendió por el periodo de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con el documento de vistos, la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. solicita la renovación de la vigencia de homologación del equipo detallado en el considerando precedente, por lo que de la evaluación efectuada se han emitido los Informes Nº 039-2013-MTC/16.01.odet y N° 080- 2013-MTC/16.CIM, en los que se desprende que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la declaración jurada exigida en la que consta que se mantiene la condición de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modifi cación de las características técnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; y, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la renovación de la vigencia de homologación del equipo para medición de emisiones vehiculares: Analizador de Gases, marca ALFATEST, modelo DISCOVERY G4, con Código de Homologación G(R)-011-2007-DGASA-MTC, a favor de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. Esta aprobación tendrá una vigencia de dos (02) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- El Certifi cado de Equipo Homologado para la medición de emisiones vehiculares correspondiente al Código de Homologación Nº G(R)-011-2007-DGASA- MTC, mantendrá su vigencia por un periodo de dos (02) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- El uso del equipo homologado para el control ofi cial de los límites máximos permisibles, requerirá de la previa autorización de uso, emitida por esta Dirección General, de conformidad con el artículo 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Artículo 4º.- El titular está obligado a comunicar los cambios o modifi caciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformación o funcionamiento, así como en la información presentada para esta aprobación, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuníquese, regístrese y publíquese. ITALO ANDRÉS DÍAZ HORNA Director General (e) Dirección General de Asuntos Socio Ambientales 958146-1