Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2013 (12/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

El Peruano Viernes 12 de MORDAZA de 2013

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Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar acordo, por unanimidad, rechazar la solicitud de vacancia presentada en contra del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez. La mencionada decision se formalizo mediante el Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDCHH/A, de fecha 30 de MORDAZA de 2013 (foja 70 a 75). Sobre el recurso de apelacion Con fecha 8 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpusieron recurso de apelacion (fojas 1 a 18) contra el mencionado Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDCHH/A, reafirmando, sustancialmente, los argumentos senalados en su solicitud de declaratoria de vacancia. CUESTIONES EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si en la Sesion Extraordinaria Nº 03, llevada a cabo el 26 de MORDAZA de 2013 (fojas 76 a 81), el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar cumplio con pronunciarse sobre los pedidos de ampliacion de la solicitud de vacancia, de fechas 7 y 8 de marzo de 2013, y con respecto a las imputaciones materia de la solicitud de vacancia, de fecha 29 de noviembre de 2012, si el Acuerdo de Concejo Nº 019-2013-MDCHH/ A, de fecha 30 de MORDAZA de 2013, respeto el derecho a la debida motivacion en los procedimientos de vacancia. CONSIDERANDOS El debido MORDAZA en los procedimientos de vacancia de autoridades municipales 1. El procedimiento de vacancia de alcaldes y regidores de los concejos municipales esta compuesto por una serie de actos encaminados a demostrar la existencia o no de la comision de alguna de las causales de vacancia previstas en el articulo 22 de la LOM, y su tramite se desenvuelve inicialmente en sede municipal. Por ello, el referido procedimiento debe estar revestido de las garantias propias de los procedimientos administrativos, mas aun si se trata de uno de MORDAZA sancionador, pues, de constatarse que se ha incurrido en alguna de las causales establecidas, se declarara la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor y se les retirara la credencial otorgada en su momento como consecuencia del MORDAZA electoral en el que fueron declarados ganadores. 2. Dichas garantias a las que se ha hecho mencion no son otras que las que integran el debido procedimiento, siendo este uno de los principios que rige la potestad sancionadora de la Administracion Publica, conforme lo estipula el articulo 230, numeral 2, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG). En este sentido, es necesario resaltar que, de acuerdo a lo establecido por nuestro Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaida en el Expedienten Nº 3741-2004-AA/TC, el debido procedimiento, en sede administrativa, supone una garantia generica que resguarda los derechos del administrado durante la actuacion del poder de sancion de la Administracion. Sobre el derecho a la debida motivacion en los procedimientos de vacancia y suspension 3. El deber de motivar las decisiones, garantia del debido MORDAZA, extensivo en sede administrativa, en virtud de la sentencia del Tribunal Constitucional MORDAZA mencionada, se halla consagrado en el articulo 139, inciso 5, de la Constitucion Politica del Peru, y tiene como finalidad principal permitir el acceso de los administrados al razonamiento logico juridico empleado por las instancias de merito para justificar sus decisiones y asi puedan ejercer adecuadamente su derecho de defensa, cuestionando, de ser el caso, el contenido y la decision asumida. 4. En efecto, la motivacion de las decisiones que resuelven los pedidos de vacancia y suspension constituye un deber para los concejos municipales, e implica que dichos colegiados ediles deban senalar, en forma expresa, los fundamentos facticos y juridicos que sustentan su decision, respetando los principios de jerarquia de normas y de congruencia procesal. En tal sentido, como lo ha

MORDAZA MORDAZA MORDAZA (hermano del alcalde), asi como MORDAZA simple de la ficha Reniec de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ii) el Informe Nº 001-2012-SGM/MLAG/OSVE, de fecha 9 de agosto de 2012, y iii) la MORDAZA de deuda pendiente de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emitida por la subgerencia de maestranza de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar (fojas 370 a 376). Del mismo modo, senalan los solicitantes que el referido MORDAZA habria contratado, mediante interposita persona, con la empresa Servicio en General de Mecanica Diesel Chavin S.A.C., por los montos de S/. 507 268,25 (quinientos siete mil doscientos sesenta y ocho con 25/100 nuevos soles), en el ano 2011, y S/. 155 622,20 (ciento cincuenta y cinco mil seiscientos veintidos con 20/100 nuevos soles) en el ano 2012, asi como con la empresa Lubrifiltros MORDAZA E.I.R.L., por las sumas de S/. 507 268,25 (quinientos siete mil doscientos sesenta y ocho con 25/100 nuevos soles), en el ano 2011, y S/. 179 778,92 (ciento setenta y nueve mil setecientos setenta y ocho y 92/100 nuevos soles), en el ano 2012, destacando que la verdadera propietaria de estas empresas seria su hija, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romero. Para acreditar tal imputacion adjuntan, entre otros documentos, i) la partida de nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hija del cuestionado MORDAZA, ii) una impresion del registro de proveedores de la referida entidad MORDAZA, durante los anos 2011 y 2012, extraida del MORDAZA de Transparencia economica del Ministerio de Economia y Finanzas, iii) las impresiones de las consultas RUC en la pagina web de la SUNAT, de las mencionadas empresas y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y iv) una impresion de las paginas MORDAZA del directorio telefonico (fojas 377 a 408). Sobre el pedido de ampliacion de la solicitud de vacancia Con fecha 7 de marzo de 2013 (fojas 53 a 54), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitaron la ampliacion de la solicitud de vacancia interpuesta en contra del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que en el respectivo procedimiento se considere tambien la causal de nepotismo, prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. En efecto, en la referida solicitud de ampliacion, los solicitantes alegan que el cuestionado MORDAZA habria ejercido injerencia en la contratacion de su sobrino MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de su suegra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes habrian trabajado en el "Proyecto de mantenimiento de caminos de herradura en el caserio de Yanacancha". Posteriormente, con fecha 8 de marzo de 2013 (fojas 55 a 56), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitaron una MORDAZA ampliacion del pedido de vacancia interpuesto en contra del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esta vez por las causales de nepotismo e infraccion de las restricciones a la contratacion, previstas en el articulo 22, numerales 8 y 9, concordante con el articulo 63, de la LOM, alegando para ello que el cuestionado burgomaestre habria supuestamente ejercido injerencia en la contratacion de su sobrina MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que, por otro lado, habria contratado al gerente municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como proveedor de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar (fojas 33 a 34). Descargos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El 23 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento su escrito de descargos (fojas 99 a 140) en el cual, con relacion al primer extremo de la solicitud de vacancia, senalo que no era el, en calidad de MORDAZA, la persona que suscribio el contrato de arrendamiento por parte de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar, de la maquinaria que se cuestiona (tractor sobre oruga y volquete), a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Espinoza. Asimismo, indico que, al tratarse del alquiler de maquinaria pesada a favor de un tercero, no hubo perjuicio para la entidad MORDAZA, por cuanto, al contrario, producto de dicho arrendamiento, la referida comuna se iba a beneficiar con el pago de la MORDAZA conductiva. Posicion del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar En la Sesion Extraordinaria Nº 03, llevada a cabo el 26 de MORDAZA de 2013 (fojas 76 a 81), el concejo municipal de la

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