Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2013 (16/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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mensual a favor del personal del sector salud que labore en forma efectiva en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales que se encuentren ubicados en zonas alejadas y de frontera; Que, por tanto, es necesario aprobar los montos correspondientes a la referida bonificacion y, asimismo, autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 25 435 200,00), que permita financiar por seis (06) meses, correspondientes a los meses de MORDAZA a diciembre del presente ano, el costo que representa la bonificacion mensual para el personal del Sector Salud que labore en los establecimientos de salud consignados en la Resolucion Ministerial Nº 190-2013/MINSA; Que, de otro lado, mediante Resolucion Suprema N° 030-2013-PCM, se ha conformado la Comision Multisectorial encargada de revisar el sistema remunerativo del sector salud, en el MORDAZA de la Decimo Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, razon por lo que resulta necesario establecer que la bonificacion por zonas alejadas y de frontera sea incluida en los alcances de la revision encargada a dicha Comision; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, en el articulo 21 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y en el articulo 45 y la Cuarta Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Apruebese los montos de la bonificacion mensual a favor del personal del sector salud que labora en forma efectiva en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, comprendidos en la Resolucion Ministerial N° 190-2013-MINSA, ubicados en zonas alejadas y de frontera, en el MORDAZA del articulo 21 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; conforme al siguiente detalle:
- Para los medicos cirujanos - Para los profesionales de la salud no medicos - Para los auxiliares asistenciales y personal administrativo De hasta S/. 1 480,00 De hasta S/. 1 100,00 De hasta S/. 740,00 A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

El Peruano Martes 16 de MORDAZA de 2013

(En Nuevos Soles) : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administracion Central

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestion Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 25 435 200,00 ------------------25 435 200,00 ===========

GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

Articulo 3º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 3.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 2 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota para Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 2 de la presente norma. Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 2 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5º.- Revision del sistema remunerativo del sector salud Precisese que la bonificacion por zonas alejadas y de frontera a que hace referencia el articulo 21 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, constituye uno de los conceptos a ser revisados por la Comision Multisectorial conformada mediante Resolucion Suprema N° 030-2013-PCM, en el MORDAZA de la Decimo Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, a efectos de aprobar la nueva politica integral de remuneraciones de los servidores medicos, profesionales de la salud y personal asistencial del sector salud. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

Articulo 2º.- Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 25 435 200,00), a favor del Pliego Ministerio de Salud, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinada al otorgamiento de la bonificacion mensual a favor del personal del sector salud a que se refiere articulo 21 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y conforme a los montos establecidos en el articulo 1 del presente Decreto Supremo, conforme al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA (En Nuevos Soles) : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 1 : Recursos Ordinarios 25 435 200,00 ------------------25 435 200,00 ===========

MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

962646-5

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