Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2013 (24/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 24 de MORDAZA de 2013

499929 Aprueban transferencia de autorizacion otorgada mediante R.VM. Nº 1033-2007MTC/03 a favor de persona natural
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 325-2013-MTC/03 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2013 VISTO, el escrito de registro Nº 2012-070001, mediante el cual el senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA solicita la aprobacion de la transferencia de la autorizacion otorgada para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en la banda UHF, en la localidad de Ica, departamento de Ica, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MURGUIA CRUZ;
CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 10332007-MTC/03 del 11 de diciembre de 2007, se otorgo al senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA, la autorizacion y permiso por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion por television comercial en la banda UHF, en la localidad de Ica, departamento de Ica; cuyo plazo vence el 13 de diciembre de 2017; Que, con escrito de registro Nº 2012-070001 de fecha 18 de octubre de 2012, el senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA solicita la transferencia de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial Nº 1033-2007-MTC/03, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MURGUIA CRUZ; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestacion del servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial, conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular de la autorizacion. Asimismo, senala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, con Informe Nº 0889-2013-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que es procedente aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial Nº 1033-2007-MTC/03 a favor del senor MORDAZA MORDAZA MURGUIA MORDAZA, al haberse cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y el Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada al senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 10332007-MTC/03, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MURGUIA MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, relacionados a dicha autorizacion, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en la banda UHF, en la localidad de Ica, departamento de Ica. Articulo 2º.- Reconocer al senor MORDAZA MORDAZA MURGUIA MORDAZA como titular de la autorizacion senalada en el articulo precedente, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de

comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Tacna; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; Que, mediante Informe Nº 120-2012-MTC/29.02 del 20 de enero de 2012, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, da cuenta de la inspeccion tecnica realizada el 16 de enero de 2012, sustentada en Acta de Inspeccion Tecnica Nº 0043-2012, a la estacion de radiodifusion autorizada a la ASOCIACION DE RADIODIFUSION EVANGELICA MORDAZA EL SEMBRADOR, senalando que se encuentra operando con las caracteristicas tecnicas autorizadas y las normas tecnicas de radiodifusion, concluyendo que el resultado de la inspeccion tecnica es favorable; Asimismo mediante Informe Nº 5794-2012-MTC/29.02 la citada Direccion General verifico que la solicitante cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, mediante Informe Nº 1424-2013-MTC/28, MORDAZA con el Informe Nº 1433-2013-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera viable renovar a la ASOCIACION DE RADIODIFUSION EVANGELICA MORDAZA EL SEMBRADOR la autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03, al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que ni la titular ni sus miembros han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03 a favor de la ASOCIACION DE RADIODIFUSION EVANGELICA MORDAZA EL SEMBRADOR, por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 31 de MORDAZA de 2021, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Tacna, departamento de Tacna. Articulo 2º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 4º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38º del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

965716-1

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