Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2013 (26/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Viernes 26 de MORDAZA de 2013

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del MORDAZA titular de la autorizacion. Asimismo, senala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 74° y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, con Informe Nº 1095-2013-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que es procedente aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial N° 008-2009-MTC/03 a favor de la senora MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, al haberse cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y el Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 008-2009-MTC/03, a favor de la senora MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, relacionados a dicha autorizacion, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Puno­Juliaca­Huancane­Lampa­Moho­Azangaro­ Putina­Ilave-Ayaviri, departamento de Puno. Articulo 2º.- Reconocer a la senora MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA como titular de la autorizacion senalada en el articulo precedente, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion la titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

966803-1

Aprueban transferencia de autorizacion a favor de persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 331-2013-MTC/03
MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2013 VISTO, el escrito de registro N° 2012-074052, mediante el cual el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la aprobacion de la transferencia de la autorizacion otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Puno­ Juliaca­Huancane­Lampa­Moho­Azangaro­Putina­IlaveAyaviri, departamento de MORDAZA, a favor de la senora MORDAZA LUZ MORDAZA VARGAS; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 0082009-MTC/03 del 07 de enero de 2009, notificado el 10 de enero de 2009, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Puno­Juliaca­Huancane­Lampa­Moho­ Azangaro­Putina­Ilave-Ayaviri, departamento de Puno; Que, con escrito de registro N° 2012-074052 de fecha 06 de noviembre de 2012, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la transferencia de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial N° 008-2009-MTC/03, a favor de la senora MORDAZA LUZ MORDAZA VARGAS; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestacion del servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial, conteniendo ademas el reconocimiento

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Establecen cronograma especial de inspecciones tecnicas vehiculares para vehiculos de la categoria L5 y otras disposiciones para su realizacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2917-2013-MTC/15
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29237, se creo el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, con el objeto de certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos automotores, el cumplimiento de las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normatividad nacional y garantizar la seguridad del transporte y MORDAZA terrestre; Que, con el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares - en adelante Reglamento, a efectos de regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, estableciendo el procedimiento y las condiciones de

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