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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (07/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013 496675 Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, manifi esta que el trámite del presente viaje en comisión de servicios, se inició con anterioridad a la aprobación del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y siendo que no dispone de recursos adicionales, solicita se gestione la autorización correspondiente con la escala de viáticos prevista en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 031- 2008-AG y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Orlando Antonio Dolores Salas, Especialista en Exportaciones de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a la ciudad de San José, Costa Rica, del 9 al 13 de junio de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, de acuerdo al siguiente detalle: ORLANDO ANTONIO DOLORES SALAS Pasajes (incluye TUUA) US$ 1,953.47 Viáticos US$ 800.00 Total US$ 2,753.47 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado profesional deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura 947388-3 Designan integrantes de la Comisión Especial de Cautela RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0202-2013-AG Lima, 5 de junio de 2013 VISTO: La Resolución de Contraloría Nº 238-2013-CG de fecha 28 de mayo de 2013, el Ofi cio Nº 0234-2013-AG- OCI y la Nota de Envío Nº 68015-2013-SEGMA; y,