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El Peruano Sábado 15 de junio de 2013 497234 Que, mediante Informe Nº 225-2013-MML-GDU- SPHU-DCO, de fecha 06 de mayo de 2013 (fs. 106 al 112), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con Recepción de Obras de Lote único para Uso Industrial (Industria Liviana –I2), del predio de 1,528.86 m², ubicado en la Av. Guillermo Dansey Nº 1520- 1530, Lote 28, jurisdicción del Cercado, cumple con los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, por cuanto el predio materia de evaluación respeta la zonifi cación con la que se encuentra califi cada como Industria Liviana-I2 de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Nº 893- MML; a vías el predio no se encuentra afecto a ninguna vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, colindando con la Avenida Guillermo Dansey que constituye una Vía Local Principal, para lo cual propone una sección A-A de 19.15 m existente, por haber sido recientemente pavimentada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; sin perjuicio de ello, es preciso indicar que en la presente propuesta no se está respetando la sección vial aprobada en la Habilitación Urbana para uso Industrial Liviana – I2 que se ubica adyacente al predio del recurso, que cuenta con Resolución Nº 088-2000-MML-DMDU de fecha 29-03-2000 que resuelve declarar cumplidas la Ejecución de las Obras de Habilitación Urbana en Vía de Regularización, asimismo cuenta con Resolución Nº 174-2002-MML-DMDU de fecha 19-04-2002 que aprueba el Plano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 010-2002-MML-DMDU-DHU, donde se aprueba para la Av. Guillermo Dansey una Sección B-B de 19.90 m; advirtiendo que la zona se encuentra consolidada y que las edifi caciones existentes se encuentran alineadas; asimismo, se observa que la Av. Guillermo Dansey es una vía ejecutada y aportes reglamentarios, para el caso de la presente regularización se considera los aportes reglamentarios establecidos en la Ordenanza Nº 836- MML, siendo el área afecta a aportes 1,528.86 m2 (Área Bruta), califi cada con zonifi cación Industria Liviana - I2, asimismo, se acepta la rendición en dinero de los défi cits de aportes de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ordenanza Nº 836-MML; Que, mediante Informe Nº 151-2013-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 10 de mayo de 2013 (fs. 122 al 124), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la empresa INVERSIONES F & A S.A., del terreno de 1,528.86 m², el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 1731638 que continua en la Partida Electrónica Nº 49038543 del Registro de Predios de Lima - Zona Registral Nº IX (fs. 11 al 18); debidamente representados por el señor JORGE EUGENIO PAYET MOREY en calidad de Director Gerente General según Vigencia de Poder del Registro de Personas Jurídicas de Lima (fs.23 al 27), en virtud del cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; por lo que corresponde a esta Subgerencia, en arreglo a sus facultades y al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 29090, su modifi catorias Nº 29476 y Nº 29898, Nº 27444, los Decretos Supremos Nº 024- 2008-VIVIENDA, Nº 003-2010-VIVIENDA, el Reglamento Nacional de Edifi caciones-RNE y las Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 225 -2013-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 151-2013-MML-GDU-SPHU-AL, de fechas 06 y 10 de mayo de 2013; respectivamente, la presente Habilitación Urbana, cumple los requisitos establecidos en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 29090 y las Ordenanzas Nº 893-MML, Nº 341-MML y 836-MML, por lo que corresponde a esta Subgerencia declarar la Aprobación de la presente Habilitación por cumplir con los requisitos previsto en la normatividad vigente; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 29090, Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Edifi caciones- RNE, Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML, 341-MML y 836-MML. SE RESUELVE: Artículo 1º .- APROBAR la solicitud de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con Recepción de Obras de Lote único para Uso Industria Liviana- I2; del predio de 1,528.86 m², ubicado en la Av. Guillermo Dansey Nº 1520-1530, Lote 28, jurisdicción del Cercado, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano signado Nº 002-2013-MML-GDU-SPHU y su Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º .- DECLARAR cumplida por los propietarios empresa INVERSIONES F & A S.A., la ejecución de las obras de Habilitación Urbana, del terreno de 1,528.86 m², cuya Regularización se aprueba en el Artículo 1º; conforme al plano sellado y fi rmado, siendo el Cuadro General de Áreas de la Habilitación Urbana que se recepciona, como se detalla: CUADRO DE ÁREAS AREA BRUTA 1,528.86 m² AREA CEDIDA A VÍAS 0.00 m² AREA UTIL 1,528.86 m² Profesional Responsable: Arquitecta Susana Calmet Bernal, con Registro CAP 4016. Aportes Reglamentarios: El Cuadro de aportes aprobado es como se detalla a continuación: CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS APORTES (Área = 300.00 m²) ORD. Nº 836-MML PROYECTO (m²) DÉFICIT (m²) I2 m² Parques Zonales 5 % 76.44 ---------- 76.44 Renovación Urbana 3 % 45.87 ---------- 45.87 Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) 2% 30.57 ---------- 30.57 Nota.- Los défi cit de los aportes reglamentarios para Parques Zonales, Renovación Urbana y Servicios Públicos Complementarios) Municipalidad Distrital) serán redimidos en dinero; en aplicación a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML. Artículo 3º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa INVERSIONES F & A S.A., debidamente representado por el señor JORGE EUGENIO PAYET MOREY en calidad de Director Gerente General para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Artículo 5º.- PONER EN CONOCIMIENTO, la presente Resolución a la Gerencia de Fiscalización y Control para los fi nes pertinentes. Artículo 6º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral IX- Sede Lima, SERPAR, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes, acorde a sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YESENNIA SALAS TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 949814-1