Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2013 (26/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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"Sexta.- Perdidas de capital no deducibles Para realizar la retencion a cuenta del impuesto a que se refiere el primer parrafo del articulo 73º-C de la Ley, la institucion de compensacion y liquidacion de valores o quien ejerza funciones similares, constituida en el MORDAZA, no debera considerar el incremento del costo establecido en el parrafo 21.4 del articulo 21º de la Ley. Asimismo, a efecto de la liquidacion de la retencion mensual prevista en el articulo 73º-C de la Ley, la referida institucion o quien ejerza funciones similares debera deducir la perdida de capital a que se refiere el tercer parrafo del articulo 36º de la Ley." DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA UNICA. Derogacion de normas Deroganse las siguientes normas: 1. El MORDAZA parrafo del articulo 159 del Texto Unico Ordenado de la Ley de MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo 0932002-EF; y Los numerales 1 y 7 del Apendice II del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo 055-99-EF y normas modificatorias.

El Peruano Miercoles 26 de junio de 2013

de Poro Poro, ubicado en el distrito de Catache, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Cajamarca. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los seis dias del mes de junio de dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA EGUREN NEUENSCHWANDER MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

2.

Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio de dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA EGUREN NEUENSCHWANDER MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

955140-2

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 075-2012-PCM que crea la Comision Multisectorial de naturaleza permanente de Seguimiento de las Acciones del Gobierno frente a la mineria ilegal y del desarrollo del MORDAZA de formalizacion
DECRETO SUPREMO Nº 076-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

955140-1

LEY Nº 30051
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 36° de la Ley N° 29158, las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente son creadas con fines especificos para cumplir funciones de seguimiento, fiscalizacion o emision de informes tecnicos. Se crean formalmente mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; Que, en el MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1105, se emitio el Decreto Supremo N° 075-2012-PCM, que crea la Comision Multisectorial de naturaleza permanente, que depende de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de realizar el seguimiento de las acciones del Gobierno frente a la Mineria Ilegal y el desarrollo del MORDAZA de formalizacion, asi como establecer la Estrategia Nacional para la interdiccion de la mineria ilegal que involucra a diferentes entidades de los niveles de gobierno; Que, resulta necesario incorporar funciones a la Comision Multisectorial de naturaleza permanente creada por Decreto Supremo N° 075-2012-PCM, asi como modificar la conformacion de la misma, con el fin de articular las acciones del Estado en la prevencion y lucha contra la mineria ilegal; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru,

LEY QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA LA RESTAURACION Y PUESTA EN VALOR DEL COMPLEJO ARQUEOLOGICO DE PORO PORO, EN EL DISTRITO DE CATACHE, PROVINCIA DE MORDAZA MORDAZA, DEPARTAMENTO DE MORDAZA
Articulo unico. Declaracion Declarase de interes nacional y necesidad publica la restauracion y puesta en valor del complejo arqueologico

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