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El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498038 fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009- DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Raúl Alfredo ROBLES Manrique, CIP. 00804216, DNI. 43287821 y del Capitán de Navío SGC. Manuel Gilberto HINOJOSA López, CIP. 00803558, DNI. 07798085, para que participen en el 110º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 15 al 19 de julio de 2013; así como, autorizar su salida del país el 13 y su retorno el 20 de julio de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US$ 2,500.00 x 2 personas US$ 5,000.00 Viáticos: US$ 260.00 x 5 dias x 2 personas US$ 2,600.00 TOTAL A PAGAR: US$ 7,600.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- Los Ofi ciales Superiores comisionados, deberán dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5º.- El Ofi cial Superior más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 955139-2 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 305-2013-DE/MGP Lima, 25 de junio de 2013 Visto, el Ofi cio N.1000-868 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 13 de mayo de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, es el organismo técnico responsable de efectuar trabajos hidrográfi cos para plasmar y describir el perfi l costero y el área del dominio marítimo del territorio nacional en las cartas náuticas nacionales, con el objetivo de garantizar la seguridad de la vida humana en el mar para las Fuerzas Navales y navegantes en general; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Subalterno con Segunda Especialización Profesional Hidrografía y Navegación, para que participe en el Curso “Maestría en Ciencias Hidrográfi cas”, a realizarse en el Centro Espacial STENNIS, Estado de Mississippi, Estados Unidos de América, del 24 de julio del 2013 al 1 de agosto del 2014; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de incrementar el nivel de conocimientos y técnicas en la operación de los equipos hidrográfi cos con tecnología multihaz y el posterior procesamiento de los datos batimétricos recolectados mediante el empleo de softwares automatizados, que han sido adquiridos por la Dirección de Hidrografía y Navegación, con la fi nalidad de favorecer por todos los medios el mejoramiento continuo de la calidad y precisión de los datos batimétricos obtenidos en cada levantamiento hidrográfi co; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem 2, Anexo 2 (RDR), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Hugo Andrés TORRES Santa María, para que participe en el Curso “Maestría en Ciencias Hidrográfi cas”, a realizarse en el Centro Espacial STENNIS, Estado de Mississippi, Estados Unidos de América, del 24 de julio del 2013 al 1 de agosto del 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 24 de julio al 31 de diciembre de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero al 1 de agosto de 2014, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 y 2014 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23° de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo Artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008- DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y